---En la Ciudad de Chihuahua, Chihuahua, siendo las dieciocho horas del día diez de agosto del año dos mil siete en el local que ocupa el Tribunal Estatal Electoral se reunieron en sesión pública de Pleno los C.C. magistrados, José Rodríguez Anchondo, Alma Rosa Martínez Manríquez y José Miguel Salcido Romero, sesionando bajo la Presidencia del primero de los nombrados ante la fe del Secretario General licenciado Ramiro Ortega Carbajal.---------------------------------- ---Quien preside solicitó al Secretario General verificar el quórum legal y hecho que fue lo anterior, se declaró legalmente instalada la sesión para efecto de tratar los asuntos consignados en la convocatoria respectiva:------------------------------------- --- PRIMERO.- Análisis, discusión y en su caso resolver lo que corresponda en el expediente JI-39/2007 formado con motivo del juicio de inconformidad, presentado por la C. MIRTA GÓMEZ CARRASCO, como representante propietaria de Partido Acción Nacional ante la Asamblea Municipal de Aquiles Serdán del Instituto Estatal Electoral, mediante el cual impugna la elección de Ayuntamiento en el Municipio de Aquiles Serdán. -------------------------------------------------------------------- En este caso, el Magistrado Ponente licenciado José Miguel Salcido Romero presentó el proyecto respectivo y después de señalar las consideraciones jurídicas y los preceptos que lo fundan, propuso la siguiente determinación:----------------------
JUICIO DE INCONFORMIDAD Expediente: JI-39/2007 Promovente: Partido Acción Nacional, representado por la C. Mirta Gómez Carrasco. Autoridad Responsable: Asamblea Municipal de Aquiles Serdán del Instituto Estatal Electoral. Magistrado Ponente: Lic. José Miguel Salcido Romero. Chihuahua, Chihuahua, a diez de agosto de dos mil siete. VISTOS los autos para dictar resolución en el expediente JI-39/2007, formado con motivo del JUICIO DE INCONFORMIDAD interpuesto por Mirta Gómez Carrasco en su calidad de Representante del PARTIDO ACCIÓN NACIONAL ante la Asamblea Municipal de Aquiles Serdán del Instituto Estatal Electoral, en contra del resultado consignado en el acta de cómputo municipal, la declaración de validez de la elección de Ayuntamiento y la entrega de constancia de mayoría y validez, delpasadotresdejuliodelañoencurso; yRESULTANDO:I.-...II.-...III.- ...IV.-...V.-...VI.-... VII.-...VIII.-...IX.-...X.-...XI.-... C O N S I D E R A N D O: PRIMERO.-...SEGUNDO.-... TERCERO.-...CUARTO.-... R E S U E L V E : PRIMERO. Se CONFIRMAN los resultados consignados en el Acta de Cómputo Municipal de la Elección de Ayuntamiento del Municipio de Aquiles Serdán, Chihuahua, así como la declaración de validez respectiva y el otorgamiento de la constancia de mayoría y validez expedida por la Asamblea Municipal de Aquiles Serdán del Instituto Estatal Electoral del Estado de Chihuahua, en favor de la planilla postulada por la Coalición “Alianza por Chihuahua”. SEGUNDO. NOTIFÍQUESE la presente resolución: personalmente al Partido Acción Nacional y a la coalición “Alianza por Chihuahua”, por oficio a la Asamblea Municipal de Aquiles Serdán del Instituto Estatal Electoral, en el domicilio señalado para tal efecto; y a los demás interesados por medio de estrados de este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 184 y 185, párrafo 1, de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua. En su oportunidad, ARCHIVESE el presente expediente como asunto total y definitivamente concluido. Así lo resolvieron, por unanimidad de votos, los Magistrados que integran el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, ante el Secretario General, que autoriza y da fe.---------------------------------------------------------------------------------------
--- SEGUNDO.- Análisis, discusión y en su caso resolver lo que corresponda en el expediente JI-51/2007 formado con motivo del juicio de inconformidad, interpuesto por el C. OSCAR ARTURO GALLEGOS GONZALEZ y LIC. LAURA SANDOVAL BAYLON, como representantes propietario y suplente, respectivamente del Partido del Trabajo, ante la Asamblea General del Instituto Estatal Electoral, mediante el cual impugna la elección Diputado en el Distrito XVI de la ciudad de Chihuahua.---- En este caso, el Magistrado Ponente licenciado José José Miguel Salcido Romero presentó el proyecto respectivo y después de señalar las consideraciones jurídicas y los preceptos que lo fundan, propuso la siguiente determinación:----------------------
JUICIO DE INCONFORMIDAD EXPEDIENTE: JI- 51 /2007ACTOR: PARTIDO DEL TRABAJO TERCERO INTERESADO: PARTIDO ACCION NACIONAL AUTORIDAD RESPONSABLE: ASAMBLEA MUNICIPAL DE CHIHUAHUA DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL PONENTE: MAGISTRADO JOSE MIGUEL SALCIDO ROMERO. Ciudad de Chihuahua, Chihuahua, a diez de agosto de dos mil siete.VISTOS los autos del expediente al rubro citado, para resolver el Juicio de Inconformidad interpuesto Oscar Gallegos González y Laura Sandoval Baylón, Representantes Propietario y Suplente, respectivamente, del Partido del Trabajo, ante la Asamblea General del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, mediante el cual impugna: por nulidad de votación recibida en diversas casillas, los resultados consignados en el acta de cómputo, distrital de la elección de Diputado por el principio de mayoría relativa, en el Distrito Electoral XVI (Dieciséis), en el Estado de Chihuahua, y la declaración de validez de la elección; y R E S U LTANDO:I.-...II.-...III.-... IV.-...V.-...VI.-...VII....VIII...IX.-... C O N S I D E R A N D O: PRIMERO.-...SEGUNDO.-...TERCERO.-...CUARTO.- ...QUINTO.-....SEXTO.-... SEPTIMO.-... R E S U E L V E: PRIMERO. Se DECLARA LA NULIDAD DE LA VOTACIÓN recibida en las tres casillas siguientes: 590 contigua1, 880 contigua 2, y 884 básica, en cuanto a la elección de diputados por el principio de mayoría relativa del Décimo Sexto Distrito Electoral, con cabecera en Chihuahua, Chihuahua, y en consecuencia se modifican los resultados consignados en la respectiva acta de cómputo distrital, para quedar en los términos del considerando Séptimo de la presente resolución, la cual sustituye a dicha acta de cómputo distrital. SEGUNDO. Se CONFIRMA el otorgamiento de la constancia de mayoría y validez de la elección de diputados del Distrito Décimo Sexto a favor de la fórmula de candidatos integrada por los ciudadanos Jorge Neaves Chacón, diputado propietario y María Lourdes Heredia Loya, diputada suplente, registrada por la coalición “Alianza por Chihuahua”.NOTIFÍQUESE personalmente: al actor y al tercero interesado, en el domicilio señalado para ese efecto en los escritos de inconformidad y de comparecencia, respectivamente; por oficio, con copia certificada de la resolución, a la Asamblea Municipal de Chihuahua, y a la Asamblea General ambas del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, y por estrados, a los demás interesados. En su oportunidad, ARCHIVESE el presente expediente como asunto total y definitivamente concluido. Así lo resolvieron, por unanimidad de votos, los Magistrados que integran el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, ante el Secretario General, que autoriza y da fe.-------------------
A continuación los magistrados discutieron los proyectos sometidos a la consideración del Pleno, aprobando las resoluciones por unanimidad de votos.-----
--- TERCERO.- Análisis, discusión y en su caso resolver lo que corresponda en el expediente JI-40/2007 formado con motivo del juicio de inconformidad, presentado
por la C. MAYRA AIDA ARRÓNIZ ÁVILA, como representante suplente del Partido Acción Nacional, ante la Asamblea General del Instituto Estatal Electoral, mediante el cual impugna la elección de Ayuntamiento del Municipio de Namiquipa.--------------------------------------------------------------------------------------------- En este caso, la Magistrada Ponente licenciada Alma Rosa Martínez Manríquez presentó el proyecto respectivo y después de señalar las consideraciones jurídicas y los preceptos que lo fundan, propuso la siguiente determinación:----------------------
JUICIO DE INCONFORMIDAD EXPEDIENTE: JI-40/2007 ACTOR: PARTIDO ACCIÓN NACIONAL. AUTORIDAD RESPONSABLE: ASAMBLEA MUNICIPAL DE NAMIQUIPA DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE CHIHUAHUA. TERCERO INTERESADO: COALICIÓN “ALIANZA POR CHIHUAHUA”. PONENTE: MAGISTRADA ALMA ROSA MARTÍNEZ MANRÍQUEZ. Ciudad de Chihuahua, Chihuahua, a diez de agosto de dos mil siete. VISTOS los autos del expediente al rubro citado, para resolver el Juicio de Inconformidad promovido por MAYRA AÍDA ARRÓNIZ ÁVILA, Representante Suplente del Partido Acción Nacional, ante la Asamblea General del Instituto Estatal Electoral, mediante el cual impugna, por nulidad de votación recibida en la totalidad de las casillas instaladas en el Municipio de Namiquipa, Chihuahua, los resultados consignados en el acta de cómputo municipal, el otorgamiento de la constancia de mayoría, así como la declaración de validez de la elección de Ayuntamiento de la localidad referida; y R E S U L T A N D O: I.-...II.-...III IV.- ...V.-...VI.-...VII.-...VIII.-...IX.-...X.-...XI.-...XII.-...XIII.-.... C O N S I D E R A N D O: PRIMERO.-...SEGUNDO.-..TERCERO.-...CUARTO.-..QUINTO.-...R E S U E L V E: ÚNICO. Se CONFIRMAN los resultados consignados en el acta de cómputo municipal de la elección del Ayuntamiento del Municipio de Namiquipa, Chihuahua; la declaración de validez de la elección, así como el otorgamiento de la constancia de mayoría y validez otorgada a la planilla de candidatos de la Coalición “Alianza por Chihuahua”.NOTIFÍQUESE la presente resolución, personalmente al Partido Acción Nacional y a la Coalición “Alianza por Chihuahua”, en los domicilios que señalan en sus escritos de inconformidad y comparecencia, respectivamente; por oficio, a la Asamblea Municipal de Namiquipa, del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, adjuntando copia certificada de este fallo, en el domicilio que señala en esta ciudad capital; y por estrados a cualquier interesado. Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 184, 185, párrafo 1, inciso d), 186 y 187 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua. En su oportunidad, ARCHÍVESE el presente expediente como asunto total y definitivamente concluido. Así lo resolvieron, por UNANIMIDAD de votos, los Magistrados que integran el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, ante el Secretario General, quien autoriza y da fe.-----------------------------------------------------------------------------
---CUARTO.- Análisis, discusión y en su caso resolver lo que corresponda en el expediente JI-41/2007 formado con motivo del juicio de inconformidad, presentado por la C. MAYRA AIDA ARRÓNIZ ÁVILA, como representante suplente del Partido Acción Nacional, ante la Asamblea General del Instituto Estatal Electoral, mediante el cual impugna la elección de Síndico del Municipio de Namiquipa:------ En este caso, la Magistrada Ponente licenciada Alma Rosa Martínez Manríquez presentó el proyecto respectivo y después de señalar las consideraciones jurídicas y los preceptos que lo fundan, propuso la siguiente determinación:----------------------
JUICIO DE INCONFORMIDAD EXPEDIENTE: JI-41/2007 ACTOR: PARTIDO ACCIÓN NACIONAL. AUTORIDAD RESPONSABLE: ASAMBLEA MUNICIPAL DE NAMIQUIPA DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE CHIHUAHUA. TERCERO INTERESADO: COALICIÓN “ALIANZA POR CHIHUAHUA”. PONENTE: MAGISTRADA ALMA ROSA MARTÍNEZ MANRÍQUEZ. Ciudad de Chihuahua, Chihuahua, a diez de agosto de dos mil siete.VISTOS los autos del expediente al rubro citado, para resolver el Juicio de Inconformidad promovido por MAYRA AÍDA ARRÓNIZ ÁVILA, Representante Suplente del Partido Acción Nacional, ante la Asamblea General del Instituto Estatal Electoral, mediante el cual impugna, por nulidad de votación recibida en la totalidad de las casillas instaladas en el Municipio de Namiquipa, Chihuahua, los resultados consignados en el acta de cómputo municipal, el otorgamiento de la constancia de mayoría, así como la declaración de validez de la elección de Síndico de la localidad referida; y R E S U L T A N D O: I.-...II.-...III.-...IV V.- ...VI.-...VII.-...VIII.-...IX.-...X.-...XI.-...XII.-...XIII.-... C O N S I D E R A N D O: PRIMERO.-..SEGUNDO.-...TERCERO.-...CUARTO.-...QUINTO.- R E S U E L V E : ÚNICO. Se CONFIRMAN los resultados consignados en el acta de cómputo municipal de la elección de Síndico del Municipio de Namiquipa, Chihuahua; la declaración de validez de la elección, así como el otorgamiento de la constancia de mayoría y validez otorgada a la fórmula de candidatos de la Coalición “Alianza por Chihuahua”, integrada por Rigoberto Estrada Cano, como Propietario, y Rafael Baeza Gutiérrez, como Suplente.NOTIFÍQUESE la presente resolución, personalmente al Partido Acción Nacional y a la Coalición “Alianza por Chihuahua”, en los domicilios que señalan en sus escritos de inconformidad y comparecencia, respectivamente; por oficio, a la Asamblea Municipal de Namiquipa, del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, adjuntando copia certificada de este fallo, en el domicilio que señala en esta ciudad capital; y por estrados a cualquier interesado. Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 184, 185, párrafo 1, inciso d), 186 y 187 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua. En su oportunidad, ARCHÍVESE el presente expediente como asunto total y definitivamente concluido. Así lo resolvieron, por UNANIMIDAD de votos, los Magistrados que integran el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, ante el Secretario General, quien autoriza y da fe.------------------------------------------
A continuación los magistrados discutieron los proyectos sometidos a la consideración del Pleno, aprobando las resoluciones por unanimidad de votos.-----
---No habiendo otro asunto que tratar se dio por concluida la sesión siendo las dieciocho horas con cuarenta minutos del día de su fecha, levantándose la presente para constancia, por el Presidente del Tribunal Estatal Electoral ante del Secretario General quien autoriza y da fe. Doy fe.--------------------------------------------





