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12 marzo 2007

---En la Ciudad de Chihuahua, Chihuahua, a las doce horas del día doce de marzo del año dos mil siete en el local que ocupa el Tribunal Estatal Electoral se reunieron en sesión pública de Pleno los C.C. magistrados, José Rodríguez Anchondo, Alma Rosa Martínez Manríquez y José Miguel Salcido Romero, sesionando bajo la Presidencia del primero de los nombrados y ante la fe del Secretario General licenciado Ramiro Ortega Carbajal.----------------------------- ---Quien preside solicitó al Secretario General verificar el quórum legal y hecho que fue lo anterior, se declaró legalmente instalada la sesión para efecto de tratar el asunto consignado en la convocatoria respectiva:------------------------------------- --- ÚNICO.- Análisis, discusión y en su caso resolver lo que corresponda en el expediente 3/2007, formado con motivo del recurso de apelación presentado por el licenciado Jorge Neaves Chacon, como representante del Partido Revolucionario Institucional ante la Asamblea General del Instituto Estatal Electoral, en contra de “la resolución recaída en la denuncia identificada como IEE/D/3/2006”.------------------------------------------------------------------------------- ---En este caso, la Magistrada Ponente licenciada Alma Rosa Martínez Manríquez, presentó el proyecto y después de señalar las consideraciones jurídicas y los preceptos que lo fundan, propuso la siguiente determinación:--------------------------

Expediente: 3/2007 Recurrente: licenciado Jorge Neaves Chacon, representante del partido Revolucionario Institucional ante la Asamblea General del Instituo Estatal Electoral. Autoridad Responsable: Asamblea General del Instituto Estatal Electoral. Magistrado Ponente: Lic. Alma Rosa Martínez Manríquez. Chihuahua, Chihuahua, a doce de marzo de dos mil siete. VISTOS los autos del expediente 3/2007, para resolver el recurso de apelación interpuesto por el licenciado Jorge Neaves Chacón, en su carácter de Representante Propietario del Partido Revolucionario Institucional, en contra de la resolución dictada por la Asamblea General del Instituto Estatal Electoral en la Segunda Sesión Extraordinaria realizada el veinticuatro de febrero de dos mil siete, recaída en el expediente IEE/D/3/2006,formado con la denuncia de hechos presentada por el Partido Acción Nacional en contra de la C. Nora Elena Yu Hernández; y... R E S U L T A N D O I.-...II.-...III.-...IV.-...V.-...VI.-...C ONSIDERANDO PRIMERO.-...SEGUNDO.-...TERCERO...RESUEL V E: PRIMERO. Se desecha de plano el recurso de apelación interpuesto por el Representante Propietario del Partido Revolucionario Institucional ante la Asamblea General del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, mediante el cual se impugnó la resolución pronunciada el pasado veinticuatro de febrero de dos mil siete, en el expediente IEE/D/3/2006, en la que se determina que los hechos denunciados por el Partido Acción Nacional, no constituyen violaciones al artículo 78-BIS de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua. SEGUNDO. Se amonesta al Partido Revolucionario Institucional por conducto de su Representante Propietario, por las razones expuestas en el considerando tercero, con el apercibimiento de que en lo sucesivo, de incurrir de nueva cuenta en dichas conductas, se aplicará una medida correctiva más severa. NOTIFÍQUESE personalmente: al actor, en el domicilio señalado en el escrito recursal para ese efecto; por oficio, con copia certificada de la resolución, a la Asamblea General del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua y, por estrados, a los demás interesados. En su oportunidad, archívese el presente expediente como asunto definitivamente

concluido. ASÍ LO RESOLVIERON, POR UNANIMIDAD DE VOTOS, LOS MAGISTRADOS QUE INTEGRAN EL PLENO DEL TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE CHIHUAHUA, ANTE EL SECRETARIO GENERAL, QUE AUTORIZA Y DA FE. RÚBRICAS-------------------------------------------------

---No habiendo otro asunto que tratar se dio por concluida la sesión siendo las doce horas con diez minutos del día de su fecha, levantándose la presente para constancia, que autoriza el Presidente del Tribunal Estatal Electoral, ante la fe del Secretario General. Doy fe.------------------------------------------------------------------

 

 

Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua

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