---En la Ciudad de Chihuahua, Chihuahua, a las dieciocho horas del día veintinueve de mayo del año dos mil siete en el local que ocupa el Tribunal Estatal Electoral se reunieron en sesión pública de Pleno los C.C. magistrados, José Rodríguez Anchondo, Alma Rosa Martínez Manríquez y José Miguel Salcido Romero, sesionando bajo la Presidencia del primero de los nombrados y ante la fe del Secretario General licenciado Ramiro Ortega Carbajal.-------------- ---Quien preside solicitó al Secretario General verificar el quórum legal y hecho que fue lo anterior, se declaró legalmente instalada la sesión para efecto de tratar el asunto consignado en la convocatoria respectiva:----------------------------------------- --- PRIMERO.- Análisis, discusión y en su caso resolver lo que corresponda en el expediente 12/2007 formado con motivo del recurso de apelación presentado por el licenciado Luís Villegas Montes, en su carácter de representante propietario del Partido Acción Nacional ante la Asamblea General del Instituto Estatal Electoral, en contra de el acuerdo emitido el día 16 de mayo de 2007 por la Asamblea Municipal de Chihuahua del Instituto Estatal Electoral, mediante el cual se aprueba el registro de la candidatura del C.P. Alejandro Cano Ricaud candidato a la Presidencia Municipal de Chihuahua por la coalición denominada “Alianza por Chihuahua”.---------------------------------------------------------------------------------------------- ---En este caso, el Magistrado Ponente licenciado Magistrado José Miguel Salcido Romero, presentó el proyecto y después de señalar las consideraciones jurídicas y los preceptos que lo fundan, propuso la siguiente determinación:------------------------
Expediente: 12/2007 Recurrente: licenciado Luis Villegas Montes, como representante propietario del Partido Acción Nacional ante la Asamblea General del Instituto Estatal Electoral. Autoridad Responsable: Asamblea Municipal de Chihuahua del Instituto Estatal Electoral. Magistrado Ponente: Lic. José Miguel Salcido Romero. Chihuahua, Chihuahua, a veintinueve de mayo de dos mil siete. VISTOS los autos del expediente al rubro señalado, para resolver acerca de la admisión del recurso de apelación interpuesto el veinte de mayo del año en curso, por el licenciado Luis Villegas Montes, en su carácter de Representante Propietario del Partido Acción Nacional, en contra del acuerdo de dieciséis de mayo del presente año, emitido por la Asamblea Municipal de Chihuahua del Instituto Estatal Electoral, y: R E S U L T A N D O: I.-...II.-...III.-... IV.-... C O N S I D E R A N D O: PRIMERO.- ...SEGUNDO.-... R E S U E L V E: ÚNICO.- Se ordena remitir a la Asamblea General del Instituto Estatal Electoral, el expediente IEE/RA/11/2007, para que dicte la resolución que corresponda conforme a derecho, reencauzando el medio de impugnación materia de este pronunciamiento por la vía del recurso de revisión, por las razones expuestas en el considerado Segundo de la presente resolución, previa copia certificada que del mismo quede en autos. Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 185 numeral 1, inciso d) de la Ley Electoral del Estado, notifíquese esta resolución personalmente al Partido Acción Nacional, en el domicilio que tiene señalado en autos; a la coalición “Alianza por Chihuahua” en el domicilio que señalo para tales efectos, mediante oficio con copia certificada de la resolución a la Asamblea General del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, y por estrados a el ciudadano Alejandro Cano Ricaud, toda vez que no señaló domicilio procesal, asi como a los demás interesados. En su oportunidad, archívese el presente expediente como asunto definitivamente concluido. Así lo resolvió el pleno del Tribunal Estatal Electoral, por unanimidad de votos de los Magistrados presentes, Alma Rosa Martínez Manríquez, José Rodríguez Anchondo y José Miguel Salcido Romero, quienes suscriben a los
veintinueve días del mes de mayo de dos mil siete, ante el Secretario General, licenciado Ramiro Ortega Carbajal, quien autoriza y da fe. DOY FE.-
---A continuación los magistrados discutieron el proyecto y sometido a la consideración del Pleno, se aprobó la resolución por unanimidad de votos.----------
---SEGUNDO Análisis, discusión y en su caso resolver lo que corresponda en los expedientes 13/2007, formado con de la remisión que hace la Asamblea General del Instituto Estatal Electoral, con motivo de la impugnación interpuesta por el Partido Acción Nacional en contra del acuerdo emitido el día 16 de mayo de 2007 por la Asamblea Municipal de Ciudad Juárez del Instituto Estatal Electoral, mediante el cual se aprueba el registro de la planilla de miembros del Ayuntamiento presentada por la coalición denominada “Alianza por Chihuahua”.---
---En este caso, la Magistrada Ponente licenciada Alma Rosa Martínez Manríquez, presentó el proyecto y después de señalar las consideraciones jurídicas y los preceptos que lo fundan, propuso la siguiente determinación:----------
Expediente: 13/2007 Recurrente: licenciado Luis Villegas Montes, como representante propietario del Partido Acción Nacional ante la Asamblea General del Instituto Estatal Electoral. Autoridad Responsable: Asamblea Municipal de Ciudad Juárez. Magistrada Ponente: Lic. Alma Rosa Martínez Manríquez. Chihuahua, Chihuahua, a veintinueve de mayo de dos mil siete. VISTO para resolver lo conducente sobre la devolución al Instituto Estatal Electoral del expediente IEE/RR/6/2007, formado con motivo del Recurso de Revisión interpuesto por Javier Rafael Palacios Reyes y Maura del Carmen González Barrios, representantes propietario y suplente respectivamente del Partido Acción Nacional, en contra del acuerdo tomado por la Asamblea Municipal Electoral de Juárez, Chihuahua, en la sesión celebrada el día dieciséis del presente mes y año, mediante la cual dicha autoridad aprobó la solicitud de registro de la planilla presentada por la Coalición Alianza por Chihuahua, integrada por los partidos Revolucionario Institucional y Nueva Alianza; y: R E S U L T A N D O: I.-..II.-...III.-...IV.—C O N S I D E R A N D O: PRIMERO.-...SEGUNDO.-...R E S U E L V E: ÚNICO. Por las razones expuestas en el Considerando SEGUNDO del presente fallo, REMÍTASE a la Asamblea General del Instituto Estatal Electoral, el expediente identificado con la clave IEE/RR/6/2007, previa copia certificada del mismo quede en autos, para que en cumplimiento a lo previsto en los artículos 54, numeral 1, inciso k), 83, numeral 3, 177, inciso a), y 178, numeral 1, inciso a), emita la resolución que conforme a derecho corresponda. NOTIFÍQUESE la presente resolución: personalmente al Partido Acción Nacional y a la Coalición “Alianza por Chihuahua”, en el domicilio señalado en sus escritos de impugnación y comparecencia; por oficio, a la Asamblea General del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, adjuntando copia certificada de este fallo; y a los demás interesados, por medio de estrados, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 184 y 185, numeral 1, inciso d), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua. Así lo resolvieron, por unanimidad de votos, los Magistrados que integran el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, ante el Secretario General, que autoriza y da fe. DOY FE. ------------ -
---A continuación los magistrados discutieron el proyecto y sometido a la consideración del Pleno, se aprobó la resolución por unanimidad de votos.-----------
---No habiendo otro asunto que tratar se dio por concluida la sesión siendo las dieciocho horas con veinte minutos del día de su fecha, levantándose la presente para constancia, que autoriza el Presidente del Tribunal Estatal Electoral, ante la fe del Secretario General. Doy fe.------------------------------------------------------





