---En la Ciudad de Chihuahua, Chihuahua, siendo las nueve horas con treinta minutos del día cinco de septiembre del año dos mil siete en el local que ocupa el Tribunal Estatal Electoral se reunieron en sesión pública de Pleno los C.C. magistrados, José Rodríguez Anchondo, Alma Rosa Martínez Manríquez y José Miguel Salcido Romero, sesionando bajo la Presidencia del primero de los nombrados ante la fe del Secretario General licenciado Ramiro Ortega Carbajal.----------------------------------------------------------------------------------------------- ---Quien preside solicitó al Secretario General verificar el quórum legal y hecho que fue lo anterior, se declaró legalmente instalada la sesión para efecto de tratar el asunto consignado en la convocatoria respectiva:------------------------------------
--- UNICO.- Análisis, discusión y en su caso resolver lo que corresponda en el expediente JI-60/2007 y sus acumulados JI-61/2007, JI-62/2007, JI-63/2007, formados con motivo de los juicios de inconformidad, interpuestos por los Partidos: del Trabajo, Acción Nacional, Revolucionario Institucional, así como las coaliciones: “Unidos por Chihuahua” y “Alianza por Chihuahua”, mediante el cual impugnan el acuerdo de asignación de Diputados por el principio de Representación Proporcional del Proceso Electoral dos mil siete, dictado por la Asamblea General del Instituto Estatal Electoral el día veintiuno de agosto del año en curso------------------------------------------------------------------------------------------
En este caso, el Magistrado Ponente licenciado José Miguel Salcido Romero presentó el proyecto respectivo y después de señalar las consideraciones jurídicas y los preceptos que lo fundan, propuso la siguiente determinación:----------------------
JUICIO DE INCONFORMIDAD ACTORES: PARTIDO DEL TRABAJO, PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, COALICIÓN UNIDOS POR CHIHUAHUA Y COALICIÓN ALIANZA POR CHIHUAHUA TERCEROS INTERESADOS: LOS MISMOS ACTORES RESPECTO DE LOS JUICIOS PROMOVIDOS POR EL RESTO DE ELLOS. EXPEDIENTE: JI-60/2007 Y SUS ACUMULADOS JI-61-/2007, JI-62/2007 Y JI-63/2007 MAGISTRADO PONENTE: JOSÉ MIGUEL SALCIDO ROMERO. CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, A CINCO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL SIETE. VISTOS los autos de los expedientes JI-60/2007 y sus acumulados JI- 61/2007, 62/2007 y JI-63/2007, para dictar sentencia definitiva en los diversos juicios de inconformidad que los originan, interpuestos por los representantes de: a) el Partido del Trabajo, b) el Partido Acción Nacional, c) la coalición “Unidos por Chihuahua” y d) la coalición “Alianza por Chihuahua” para impugnar el Acuerdo de Asignación de Diputados por el Principio de Representación Proporcional dictado por la Asamblea General del Instituto Estatal Electoral en su Décimo Novena Sesión Extraordinaria, celebrada el veintiuno de agosto de dos mil siete; R E S U L T A N D O I.-..II.- ...III.-...IV.-...V.-...VI.-...VII.-...VII.-....IX.-...X.-...XI.-...XII.-...XII.-...XIV.-... XV.- ...XVI.-...XVII.-...C O N S I D E R A N D O:PRIMERO.-...SEGUNDO.- .TERCERO.-...CUARTO.-...QUINTO.-... SEXTO.-...SEPTIMO.-...OCTAVO.- ..NOVENO.-...DECIMO.-... R E S U E L V E: PRIMERO. Por las razones expuestas en el Considerando SÉPTIMO de esta resolución, se MODIFICA la asignación de diputados electos por el principio de representación proporcional, realizada en la Décima Novena Sesión Extraordinaria por la Asamblea General del Instituto Estatal Electoral en el Estado de Chihuahua, el pasado veintiuno de agosto de dos mil siete, mediante la aprobación del “ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE REALIZA LA ASIGNACIÓN DE DIPUTADOS POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL,
DEL PROCESO ELECTORAL DE DOS MIL SIETE”, para quedar en los términos referidos en el Considerando DÉCIMO del presente fallo. SEGUNDO. Por las razones expuestas en el Considerando DÉCIMO de esta sentencia, SE CONFIRMA la expedición y el otorgamiento de las constancias de asignación, efectuada por la Asamblea General del Instituto Estatal Electoral en el Estado de Chihuahua, el pasado veintiuno de agosto de dos mil siete, a favor de las fórmulas siguientes: 1. Coalición “Alianza por Chihuahua– FERNANDO RODRÍGUEZ MORENO (Propietario)– NEIL MARTÍN PÉREZ CAMPOS (Suplente)– RICARDO YÁÑEZ HERRERA (Propietario) – JULIO CÉSAR ORTIZ VILLANUEVA (Suplente)– SILVIA SUSANA MURIEL ACOSTA (Propietaria)– MIGUEL RAMÍREZ SÁNCHEZ (Suplente)2. Partido Acción Nacional– MIGUEL JURADO CONTRERAS (Propietario)– MARÍA GUADALUPE ESPINOZA LARES– ANDRÉS DE ANDA MARTÍNEZ (Propietario) – ELIA DUÉÑEZ GUEVARA (Suplente)– FERNANDO ÁLVAREZ MONJE (Propietario)– ELSI PAZ QUINTANA (Suplente)– JOSÉ LUIS CISNEROS CARLOS (Propietario)– PATRICIA FLORES GONZÁLEZ (Suplente) 3. Coalición “Unidos por Chihuahua”– VÍCTOR MANUEL QUINTANA SILVEYRA (Propietario)– ANTONIO DE LA ROSA SAUCEDO (Suplente)4. Partido Verde Ecologista de México– MARÍA ÁVILA SERNA (Propietaria)– HÉCTOR ABRAHAM SANDOVAL QUESNEY (Suplente)5. Partido del Trabajo– NADIA HANOI AGUILAR GIL (Propietaria) – TANIA MATILDE AGUILAR GIL (Suplente)TERCERO. Por las razones expuestas en el Considerando DÉCIMO de esta sentencia, SE REVOCA la constancia de asignación expedida a favor de la fórmula de candidatos del Partido Acción Nacional, integrada por: ROSA MARÍA BARAY TRUJILLO, como Propietaria, y ALFONSO GÓMEZ SÁNCHEZ, como Suplente. CUARTO. Con apoyo en el Considerando DÉCIMO de esta resolución, se ORDENA a la Asamblea General del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, que dentro del plazo de veinticuatro horas contadas a partir de que le sea notificada la presente, EXPIDA Y ENTREGUE la constancia de asignación que corresponde a la fórmula de candidatos de la coalición “Alianza por Chihuahua”, integrada por: ADRIANA TERRAZAS PORRAS, como Propietaria, y CITALLI ALICIA MURILLO MARTÍNEZ, como Suplente, y de manera inmediata a su ejecución, haga llegar a este Tribunal la documentación con la que acredite haber dado cumplimiento a este punto resolutivo. QUINTO. Expídase copia certificada de los puntos resolutivos de esta sentencia a la fórmula de candidatos del Partido Revolucionario Institucional, integrada por: ADRIANA TERRAZAS PORRAS, como Propietario, y CITALLI ALICIA MURILLO MARTÍNEZ, Suplente; para que en caso de incumplirse con lo ordenado en el punto resolutivo anterior, dicha documental pública haga las veces de constancia de asignación, para todos los efectos legales a que haya lugar.SEXTO. En virtud de la acumulación de autos decretada en la secuela del procedimiento, agréguese copia certificada de esta resolución a los expedientes JI-61/2007, JI-62/2007 y JI-63/2007. NOTIFÍQUESE la presente resolución, personalmente a la Coalición “Alianza por Chihuahua”, al Partido Acción Nacional, a la Coalición “Unidos por Chihuahua”, al Partido del Trabajo, al Partido Revolucionario Institucional, y a la ciudadana Nadia Hanoi Aguilar Gil, en los domicilios que señalaron para tal efecto en sus escritos, respectivamente; por oficio, a la Asamblea General del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, adjuntando copia certificada de este fallo, en su domicilio ubicado en esta ciudad capital; y por estrados a cualquier interesado. Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 184, 185, párrafo 1, inciso d), 186 y 187 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua. En su oportunidad, ARCHÍVESE el presente expediente como asunto total y definitivamente concluido. Así lo resolvieron, por unanimidad de votos, los Magistrados que integran el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, ante el Secretario General, quien autoriza y da fe. Se agrega contenido de voto concurrente presentado por el C. Magistrado José Rodríguez Anchondo.-----------------------------------------------------------------------
A continuación los magistrados discutieron el proyecto sometido a la consideración del Pleno, aprobando la resolución por unanimidad de votos.---------
---No habiendo otro asunto que tratar se dio por concluida la sesión siendo las once horas con veinte minutos del día de su fecha, levantándose la presente para constancia, por el Presidente del Tribunal Estatal Electoral ante del Secretario General quien autoriza y da fe. Doy fe.-----------------------------------------------------





