---En la Ciudad de Chihuahua, Chihuahua, siendo las dieciocho horas del día siete de agosto del año dos mil siete en el local que ocupa el Tribunal Estatal Electoral se reunieron en sesión pública de Pleno los C.C. magistrados, José Rodríguez Anchondo, Alma Rosa Martínez Manríquez y José Miguel Salcido Romero, sesionando bajo la Presidencia del primero de los nombrados ante la fe del Secretario General licenciado Ramiro Ortega Carbajal.---------------------------------- ---Quien preside solicitó al Secretario General verificar el quórum legal y hecho que fue lo anterior, se declaró legalmente instalada la sesión para efecto de tratar los asuntos consignados en la convocatoria respectiva:------------------------------------- --- PRIMERO.- Análisis, discusión y en su caso resolver lo que corresponda en el expediente JI-53/2007 formado con motivo del juicio de inconformidad, interpuesto por el C. OSCAR ARTURO GALLEGOS GONZALEZ y LIC. LAURA SANDOVAL BAYLON, como representantes propietario y suplente, respectivamente del Partido del Trabajo, ante la Asamblea General del Instituto Estatal Electoral, mediante el cual impugnan la elección Diputado en el Distrito electoral III con cabecera en ciudad Juárez Chihuahua.--------------------------------------------------------------------------- En este caso, el Magistrado Ponente licenciado José Rodríguez Anchondo presentó el proyecto respectivo y después de señalar las consideraciones jurídicas y los preceptos que lo fundan, propuso la siguiente determinación:----------------------
JUICIO DE INCONFORMIDAD EXPEDIENTE: 53/2007 ACTOR: PARTIDO DEL TRABAJO AUTORIDAD RESPONSABLE: ASAMBLEA MUNICIPAL DE JUÁREZ DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE CHIHUAHUA PONENTE: MAGISTRADO JOSÉ RODRÍGUEZ ANCHONDO Ciudad de Chihuahua, Chihuahua, a siete de agosto de dos mil siete.VISTOS los autos del expediente al rubro citado, para resolver el Juicio de Inconformidad interpuesto por Oscar Gallegos González y Laura Sandoval Baylón, en su carácter de Representantes Propietario y Suplente respectivamente, del Partido del Trabajo ante la Asamblea General del Instituto Estatal Electoral, mediante el cual impugna, por nulidad de votación recibida en diversas casillas, la elección de Diputados por el Principio de Mayoría Relativa correspondiente al Distrito III en el Estado de Chihuahua y la consecuente declaratoria de validez de la misma; y R E S U L T A N D O: I.-.... II.-.... III.-.... IV.-... V.-... VI.-.... VII.-.... VIII.-... IX.-... .X.-.... XI.-.... XII.-... C O N S I D E R A N D O: PRIMERO.-..SEGUNDO.-..TERCERO.-...CUARTO.-...QUINTO.-... SEXTO.- SEPTIMO.-...OCTAVO.-... R E S U E L V E: PRIMERO. Se declara la nulidad de la votación recibida en la casilla 1672 Contigua 1, en cuanto a la elección de diputados por el principio de mayoría relativa del Distrito III Electoral, con cabecera en Juárez, Chihuahua; se modifican los resultados consignados en la respectiva acta de cómputo distrital, para quedar en los términos del considerando OCTAVO de la presente resolución, la cual sustituye a dicha acta de cómputo distrital.SEGUNDO. Se confirma el otorgamiento de la constancia de mayoría a favor de la fórmula de candidatos registrada por la Coalición “Alianza por Chihuahua” NOTIFÍQUESE la presente resolución: personalmente al actor y al tercero interesado, en el domicilio señalado en autos; por oficio, con copia certificada de la resolución, a la Asamblea General y municipal de Juárez del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua; y, por estrados, a los demás interesados, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 184 y 185, párrafo 1, inciso d), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua. En su oportunidad, ARCHIVESE el presente expediente como asunto total y definitivamente concluido. Así lo resolvieron, por UNANIMIDAD de votos, los Magistrados que integran el Pleno del Tribunal
Estatal Electoral de Chihuahua, ante el Secretario General, que autoriza y da fe. DOY FE.---------------------------------------------------------------------------------------------
--- SEGUNDO.- Análisis, discusión y en su caso resolver lo que corresponda en el expediente JI-57/2007 formado con motivo del juicio de inconformidad, interpuesto por el C. OSCAR ARTURO GALLEGOS GONZALEZ y LIC. LAURA SANDOVAL BAYLON, como representantes propietario y suplente, respectivamente del Partido del Trabajo, ante la Asamblea General del Instituto Estatal Electoral, mediante el cual impugnan la elección Diputado en el Distrito electoral VII con cabecera en ciudad Juárez Chihuahua.--------------------------------------------------------------------------- En este caso, el Magistrado Ponente licenciado José Rodríguez Anchondo presentó el proyecto respectivo y después de señalar las consideraciones jurídicas y los preceptos que lo fundan, propuso la siguiente determinación:----------------------
JUICIO DE INCONFORMIDAD EXPEDIENTE: 57/2007 ACTOR: PARTIDO DEL TRABAJO AUTORIDAD RESPONSABLE: ASAMBLEA MUNICIPAL DE JUÁREZ DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL PONENTE: MAGISTRADO JOSÉ RODRÍGUEZ ANCHONDO Ciudad de Chihuahua, Chihuahua, a siete de agosto de dos mil siete.VISTOS los autos del expediente al rubro citado, para resolver el Juicio de Inconformidad interpuesto por los C.C. Óscar Arturo Gallegos González y Laura Elena Sandoval Baylón, en su carácter de Representantes Propietario y Suplente del Partido del Trabajo ante la Asamblea General del Instituto Estatal Electoral, mediante el cual impugna, por nulidad de votación recibida en diversas casillas, la elección de Diputados por el Principio de Mayoría Relativa correspondiente al Distrito VII en el Estado de Chihuahua y la consecuente declaratoria de validez de la misma; y R E S U L T A N D O: I.- ...II.-...III.-. IV.-...V.-...VI.-...VII.-..VIII.-...IX.-...X.-...XI.-...XII.-...C O N S I D E R A N DO : PRIMERO.-....SEGUNDO.-...TERCERO.-...CUARTO.-...QUINTO.-...SEXTO.- ...SEPTIMO.-... R E S U E L V E : PRIMERO. Se declara la nulidad de la votación recibida en las seis casillas siguientes: 1766 Básica, 1766 Contigua 1, 2161 Contigua 1, 2177 Básica, 2185 Contigua 1 y 2794 Básica, en cuanto a la elección de diputados por el principio de mayoría relativa del VII Distrito Electoral, con cabecera en Juárez, Chihuahua; se modifican los resultados consignados en la respectiva acta de cómputo distrital, para quedar en los términos del considerando SÉPTIMO de la presente resolución, la cual sustituye a dicha acta de cómputo distrital. SEGUNDO. Se confirma el otorgamiento de la constancia de mayoría a favor de la fórmula de candidatos registrada por la Coalición “Alianza por Chihuahua”. NOTIFÍQUESE la presente resolución: personalmente al actor y al tercero interesado, en el domicilio señalado en autos; por oficio, con copia certificada de la resolución, a la Asamblea Municipal de Juárez del Instituto Estatal Electoral y a la Asamblea General del mismo Instituto; y, por estrados, a los demás interesados, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 184 y 185, párrafo 1, inciso d), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua. En su oportunidad, ARCHÍVESE el presente expediente como asunto total y definitivamente concluido.Así lo resolvieron, por UNANIMIDAD de votos, los Magistrados que integran el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, ante el Secretario General, que autoriza y da fe. DOY FE.--------
--- TERCERO.- Análisis, discusión y en su caso resolver lo que corresponda en el expediente JI-59/2007 formado con motivo del juicio de inconformidad, interpuesto por el C. LUIS AGUILAR GALLEGOS en su carácter de representante propietario de la coalición “Unidos por Chihuahua”, ante la Asamblea Municipal de Ciudad
Juárez, Chihuahua del Instituto Estatal Electoral, mediante el cual impugna la asignación de regidores por el principio de representación proporcional en el Ayuntamiento del Municipio de Ciudad Juárez Chihuahua:--------------------------------- En este caso, el Magistrado Ponente licenciado José Rodríguez Anchondo presentó el proyecto respectivo y después de señalar las consideraciones jurídicas y los preceptos que lo fundan, propuso la siguiente determinación:----------------------
EXPEDIENTE: JI-59/2007 ACTOR: COALICIÓN “UNIDOS POR CHIHUAHUA”. TERCERO INTERESADO: PARTIDO ACCIÓN NACIONAL. AUTORIDAD RESPONSABLE: ASAMBLEA MUNICIPAL DE JUÁREZ DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE CHIHUAHUA. PONENTE: MAGISTRADO JOSÉ RODRIGUEZ ANCHONDO. Ciudad de Chihuahua, Chihuahua, a siete de agosto de dos mil siete. VISTOS los autos del expediente al rubro citado, para resolver el Juicio de Inconformidad interpuesto por la Coalición “Unidos por Chihuahua”, mediante el cual se impugna la asignación de regidores por el principio de representación proporcional por el Ayuntamiento de Juárez, Chihuahua; y R E S U L T A N DO: I.-...II.-...III.-...IV.-...V.-... VI.-... VII.-... VIII.- ... IX.-... X.-... C O N S I D E R A N D O: PRIMERO.-...SEGUNDO.-... PRIMERO. Se declara improcedente el Juicio de inconformidad planteado por la Coalición “Unidos por Chihuahua”; SEGUNDO. Se desecha el juicio de inconformidad hecho valer por la Coalición “Unidos por Chihuahua” en contra de la asignación de regidores de representación proporcional por el Ayuntamiento de Juárez, Chihuahua, verificada mediante acuerdo de doce de julio de dos mil siete por parte de la Asamblea Municipal de Juárez del Instituto Estatal Electoral.NOTIFÍQUESE la presente resolución: personalmente al actor y al tercero interesado, en el domicilio señalado en autos; por oficio, con copia certificada de la resolución, a la Asamblea Municipal de Juárez del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua; y, por estrados, a los demás interesados, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 184 y 185, párrafo 1, inciso d), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua. En su oportunidad, ARCHIVESE el presente expediente como asunto total y definitivamente concluido. Así lo resolvieron, por unanimidad de votos, los Magistrados que integran el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, ante el Secretario General, que autoriza y da fe. DOY FE. -----------------------------------------------------------------------------
A continuación los magistrados discutieron los proyectos sometidos a la consideración del Pleno, aprobando las resoluciones por unanimidad de votos.-----
---CUARTO.-Análisis, discusión y en su caso resolver lo que corresponda en el expediente JI-52/2007 formado con motivo del juicio de inconformidad, interpuesto por el C. OSCAR ARTURO GALLEGOS GONZALEZ y LIC. LAURA SANDOVAL BAYLON, como representantes propietario y suplente, respectivamente del Partido del Trabajo, ante la Asamblea General del Instituto Estatal Electoral, mediante el cual impugna la elección Diputado en el Distrito XIX de la ciudad de Chihuahua.---- En este caso, la Magistrada Ponente licenciada Alma Rosa Martínez Manríquez presentó el proyecto respectivo y después de señalar las consideraciones jurídicas y los preceptos que lo fundan, propuso la siguiente determinación:----------------------
JUICIO DE INCONFORMIDAD EXPEDIENTE: JI-52/2007. ACTOR: PARTIDO DEL TRABAJO. AUTORIDAD RESPONSABLE: ASAMBLEA MUNICIPAL DE CHIHUAHUA DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE CHIHUAHUA. TERCERO INTERESADO: PARTIDO ACCIÓN NACIONAL. PONENTE: MAGISTRADA ALMA ROSA MARTÍNEZ MANRÍQUEZ. Chihuahua, Chihuahua, a
siete de agosto de dos mil siete.VISTOS los autos del expediente al rubro citado, para resolver el Juicio de Inconformidad promovido por OSCAR ARTURO GALLEGOS GONZÁLEZ y LAURA ELENA SANDOVAL BAYLÓN, Representantes Propietario y Suplente, respectivamente, del Partido del Trabajo, ante la Asamblea General del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, mediante el cual solicitan la nulidad de la votación recibida en seis casillas, y como consecuencia, la modificación del cómputo distrital de la elección de diputados de mayoría relativa realizada en el XIX Distrito Electoral correspondiente a Chihuahua, Chihuahua; y en consecuencia, la declaración de validez de dicha elección. R E S U L T A N D O : I.-...II.-. III.-...IV.-...V.-...VI.- ...VII.-...VIII.-...IX.-...X.-..XI.-..XI.-..XIII.-..C O N S I D E R A N D O: PRIMERO.-... SEGUNDO.-... TERCERO.-.. CUARTO.-... QUINTO.-... SEXTO.-... SEPTIMO: R E S U L E V E: PRIMERO. Por las razones expuestas en los Considerandos QUINTO y SEXTO de la presente resolución, se declara la nulidad de la votación recibida en las casillas: 414 Contigua 1, 419 Básica y 535 Básica, para la elección de diputados realizada en el XIX Distrito Electoral del Estado de Chihuahua. SEGUNDO. En consecuencia, se MODIFICA el Acta de Cómputo Distrital de la Elección de Diputados correspondiente al XIX Distrito Electoral del Estado de Chihuahua, para quedar en los términos expuestos en el Considerando SÉPTIMO de este fallo. Por lo tanto, esta resolución sustituye al acta de cómputo distrital impugnada. TERCERO. SE CONFIRMAN la declaración de validez de la elección de diputados por el principio de mayoría relativa realizada en el XIX Distrito Electoral, correspondiente a Chihuahua, Chihuahua; así como el otorgamiento de la constancia de mayoría y validez a la fórmula de candidatos postulados por el Partido Acción Nacional, integrada por: José Antonio López Sandoval, como Propietario, y Diana Haydee Legarda Saenz, como Suplente. NOTIFÍQUESE la presente resolución, personalmente al Partido del Trabajo y al Partido Acción Nacional, en los domicilios que señalan en sus escritos de inconformidad y comparecencia, respectivamente; por oficio, adjuntando copia certificada de este fallo, a la Asamblea Municipal de Chihuahua y a la Asamblea General, del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, en el domicilio que señalan en esta ciudad capital; y por estrados a cualquier interesado. Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 184, 185, párrafo 1, inciso d), 186 y 187 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua. En su oportunidad, ARCHÍVESE el presente expediente como asunto total y definitivamente concluido.Así lo resolvieron, por UNANIMIDAD de votos, los Magistrados que integran el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, ante el Secretario General, quien autoriza y da fe.-------------------------------------------------
---QUINTO.-Análisis, discusión y en su caso resolver lo que corresponda en el expediente JI-56/2007 formado con motivo del juicio de inconformidad, interpuesto por el C. OSCAR ARTURO GALLEGOS GONZALEZ y LIC. LAURA SANDOVAL BAYLON, como representantes propietario y suplente, respectivamente del Partido del Trabajo, ante la Asamblea General del Instituto Estatal Electoral, mediante el cual impugnan la elección Diputado en el Distrito electoral VI con cabecera en ciudad Juárez Chihuahua.-------------------------------------------------------------------------- En este caso, la Magistrada Ponente licenciada Alma Rosa Martínez Manríquez presentó el proyecto respectivo y después de señalar las consideraciones jurídicas y los preceptos que lo fundan, propuso la siguiente determinación:----------------------
JUICIO DE INCONFORMIDAD EXPEDIENTE: JI-56/2007 ACTOR: PARTIDO DEL TRABAJO. AUTORIDAD RESPONSABLE: ASAMBLEA MUNICIPAL DE JUÁREZ DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE CHIHUAHUA. TERCERO INTERESADO: PARTIDO ACCIÓN NACIONAL. PONENTE: MAGISTRADA ALMA ROSA MARTÍNEZ MANRÍQUEZ. Ciudad de Chihuahua, Chihuahua, a siete de
agosto de dos mil siete. VISTOS los autos del expediente al rubro citado, para resolver el Juicio de Inconformidad promovido por OSCAR GALLEGOS GONZÁLEZ Y LAURA SANDOVAL BAYLÓN, Representantes Propietario y Suplente, respectivamente, del Partido del Trabajo, ante la Asamblea General del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, mediante el cual impugnan, el Cómputo de la Elección de Diputados por el Principio de Mayoría Relativa correspondiente al VI Distrito Electoral de Ciudad Juárez, Chihuahua, y en consecuencia, la declaración de validez de dicha elección. R E S U L T A N D O : I.-...II.-...III.-...IV.-...V.-...VI.-...VII.-... VIII.-... IX.-.. X.-...XI.-...XII.-...XII.-...XIV.-... C O N S I D E R A N D O: PRIMERO.-...SEGUNDO.-... TERCERO.-..CUARTO.- ...QUINTO.-...SEXTO.-...SEPTIMO.-...R E S U E L V E: PRIMERO. Por las razones expuestas en los Considerandos QUINTO y SEXTO de la presente resolución, se declara la nulidad de la votación recibida en las casillas 1701 Básica, 2100 Básica, 2112 Básica y 2132 Básica, para la elección de diputados realizada en el VI Distrito Electoral del Estado de Chihuahua.SEGUNDO. En consecuencia, se MODIFICA el Acta de Cómputo Distrital de la Elección de Diputados correspondiente al el VI Distrito Electoral del Estado de Chihuahua, para quedar en los términos expuestos en el Considerando SÉPTIMO de este fallo. Por lo tanto, esta resolución sustituye al acta de cómputo distrital impugnada. TERCERO. SE CONFIRMAN la declaración de validez de la elección de diputados por el principio de mayoría relativa realizada en el VI Distrito Electoral, correspondiente a Juárez, Chihuahua; así como el otorgamiento de la constancia de mayoría y validez a la fórmula de candidatos postulados por la Coalición “Alianza por Chihuahua”, integrada por: Irma Patricia Alamillo Calvillo, como Propietaria, y Sergio Guillermo Armendáriz Díaz, como Suplente. NOTIFÍQUESE la presente resolución, personalmente al Partido del Trabajo y al Partido Acción Nacional, en los domicilios que señalan en sus escritos de inconformidad y comparecencia, respectivamente; por oficio, adjuntando copia certificada de este fallo, a la Asamblea Municipal de Juárez y a la Asamblea General, del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, en el domicilio que señalan en esta ciudad capital; y por estrados a cualquier interesado. Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 184, 185, párrafo 1, inciso d), 186 y 187 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua. En su oportunidad, ARCHÍVESE el presente expediente como asunto total y definitivamente concluido. Así lo resolvieron, por UNANIMIDAD de votos, los Magistrados que integran el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, ante el Secretario General, quien autoriza y da fe.-----------------------------------------------------------------------------
A continuación los magistrados discutieron los proyectos sometidos a la consideración del Pleno, aprobando las resoluciones por unanimidad de votos.-----
---SEXTO.- Análisis, discusión y en su caso resolver lo que corresponda en el expediente JI-45/2007 formado con motivo del juicio de inconformidad, presentado por el licenciado Jesús Manuel Payan Quinto representante propietario del Partido Acción Nacional ante la Asamblea Municipal de Chihuahua del Instituto Estatal Electoral, mediante el cual impugna la elección de Ayuntamiento del Municipio de Chihuahua.----------------------------------------------------------------------------------------------- En este caso, el Magistrado Ponente licenciado José Miguel Salcido Romero presentó el proyecto respectivo y después de señalar las consideraciones jurídicas y los preceptos que lo fundan, propuso la siguiente determinación:----------------------
JUICIO DE INCONFORMIDAD Expediente: JI-45/2007 Promovente: Partido Acción Nacional Autoridad Responsable: Asamblea Municipal de Chihuahua del Instituto Estatal Electoral.Magistrado Ponente: Lic. José Miguel Salcido Romero. Chihuahua, Chihuahua, a siete de agosto de dos mil siete. VISTOS
para resolver los autos del expediente al rubro citado, formado con motivo del JUICIO DE INCONFORMIDAD interpuesto por el C. Jesús Manuel Payán Quinto, en su calidad de Representante Propietario del PARTIDO ACCIÓN NACIONAL ante la Asamblea Municipal de Chihuahua del Instituto Estatal Electoral, en contra de los resultados consignados en el acta de cómputo municipal de la elección de ayuntamiento del Municipio de Chihuahua, la declaración de validez de la elección y la entrega de constancia de mayoría y validez, realizados por la asamblea Municipal referida del tres al cinco de julio del año en curso; y R E S U L T A N D O : I.-...II.-...III.-...IV.-....V.-...VI.- ...VII.-...VIII.-...IX.-...X.-....XI.-. XII.-... C O N S I D E R A N D O: PRIMERO.- ...SEGUNDO.-...TERCERO.-.... R E S U E L V E: ÚNICO.- Se SOBRESEE el presente juicio de inconformidad promovido por el C. Jesús Manuel Payán Quinto, en su calidad de Representante Propietario del PARTIDO ACCIÓN NACIONAL ante la Asamblea Municipal de Chihuahua del Instituto Estatal Electoral, en contra de los resultados consignados en el acta de cómputo municipal de la elección de ayuntamiento del Municipio de Chihuahua, la declaración de validez de la elección y la entrega de constancia de mayoría y validez, realizados del tres al cinco de julio del año en curso, por las razones expuestas en el considerando TERCERO. NOTIFÍQUESE personalmente: al actor y al tercero interesado, en el domicilio señalado para ese efecto en los escritos de inconformidad y de comparecencia, respectivamente; por oficio, con copia certificada de la resolución, a la autoridad responsable y, por estrados, a los demás interesados, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 184 y 185, numeral 1, inciso d), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua. En su oportunidad, ARCHIVESE el presente expediente como asunto total y definitivamente concluido.Así lo resolvieron, por unanimidad de votos, los Magistrados que integran el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, ante el Secretario General, que autoriza y da fe.--------------------
---SEPTIMO.- Análisis, discusión y en su caso resolver lo que corresponda en el expediente JI-46/2007 formado con motivo del juicio de inconformidad, presentado por el licenciado RUBÉN AGUILAR JIMÉNEZ, en su carácter de Coordinador de la Comisión Ejecutiva Estatal del Partido del Trabajo, mediante el cual la elección de Ayuntamiento del Municipio de Chihuahua, Chihuahua.------------------------------------ En este caso, el Magistrado Ponente licenciado José Miguel Salcido Romero presentó el proyecto respectivo y después de señalar las consideraciones jurídicas y los preceptos que lo fundan, propuso la siguiente determinación:----------------------
JUICIO DE INCONFORMIDAD Expediente: JI-46/2007 Actor: Partido del Trabajo representado por el Lic. Rubén Aguilar Jiménez Autoridad Responsable: Asamblea Municipal de Chihuahua del Instituto Estatal Electoral Tercero Interesado: Partido Acción Nacional Magistrado Ponente: Lic. José Miguel Salcido Romero. Ciudad de Chihuahua, Chihuahua, a siete de agosto de dos mil siete. VISTOS los autos del expediente JI-46/2007, para resolver el Juicio de Inconformidad promovido por el licenciado Rubén Aguilar Jiménez, en su carácter de Coordinador de la Comisión Ejecutiva Estatal del Partido del Trabajo, mediante el cual impugna los resultados consignados en el acta de cómputo municipal de la elección del ayuntamiento de Chihuahua, y la declaración de validez de la elección, realizados por la Asamblea Municipal del Instituto Estatal Electoral, del tres al cinco de julio de dos mil siete; y R E S U L T A N D O: I.-...II.-...III.-...IV.-...V.-...VI.-...VII.-...VIII.-...IX.-...X.-...XI.- ...XII.- XIII.-...XIV.-...XV.-...XVI.-... C O N S I D E R A N D O: PRIMERO.- SEGUNDO.-.. TERCERO.-...CUARTO.-...QUINTO.-...SEXTO.-... R E S U E L V E: PRIMERO.- Se MODIFICAN los resultados consignados en el Acta de Cómputo Municipal de la Elección de Ayuntamiento del Municipio de Chihuahua, Chihuahua, para quedar en los términos del considerando SEXTO, y en consecuencia, esta parte de la sentencia sustituye el acta de cómputo municipal impugnada, en la cual existía error aritmético.
SEGUNDO.- Se CONFIRMAN la declaración de validez de la Elección de Ayuntamiento del Municipio de Chihuahua y el otorgamiento de la constancia de mayoría y validez a favor de la Planilla registrada por el Partido Acción Nacional. NOTIFÍQUESE personalmente: al actor y al tercero interesado, en el domicilio señalado para ese efecto en los escritos de inconformidad y de comparecencia, respectivamente; por oficio, con copia certificada de la resolución, a la autoridad responsable y, por estrados, a los demás interesados, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 184 y 185, numeral 1, inciso d), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua. En su oportunidad ARCHÍVESE el presente expediente como asunto total y definitivamente concluido. Así lo resolvieron, por unanimidad de votos, los Magistrados que integran el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, ante el Secretario General, que autoriza y da fe.------------------------
A continuación los magistrados discutieron los proyectos sometidos a la consideración del Pleno, aprobando las resoluciones por unanimidad de votos.-----
---No habiendo otro asunto que tratar se dio por concluida la sesión siendo las diecinueve horas con cuarenta minutos del día de su fecha, levantándose la presente para constancia, por el Presidente del Tribunal Estatal Electoral ante del Secretario General quien autoriza y da fe. Doy fe.--------------------------------------------





