---En la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, siendo las trece horas del día doce de mayo del año dos mil diez, en domicilio que ocupa el Tribunal Estatal Electoral, sito en calle treinta y tres número mil quinientos diez, de la colonia Santo Niño de esta Ciudad, atendiendo a la convocatoria previa de fecha once de mayo del año en curso, se reunieron en sesión pública de Pleno los magistrados, JOSÉ MIGUEL SALCIDO ROMERO, SOCORRO ROXANA GARCÍA MORENO y JOSÉ RODRÍGUEZ ANCHONDO, quienes sesionaron bajo la Presidencia del primero de los nombrados ante la fe del Secretario General licenciado ERICK ALEJANDRO MUÑOZ LOZANO.------------------------------------------------------------------------------------
---Quien preside solicitó al Secretario General verificar el quórum legal y hecho que fue lo anterior y encontrándose presentes la totalidad de magistrados que integran el Pleno del Tribunal, se declaró legalmente instalada la sesión y validos los acuerdos que en ella se tomen, por tanto, se procede a tratar y resolver el único asunto consignado en la convocatoria respectiva y que corresponde al siguiente:------------------------------------------------------------------------------------------------
---ÚNICO.- Análisis, discusión y en su caso resolver lo que corresponda en el expediente RAP-05/2010, formado con motivo del recurso de apelación promovido por licenciado RUBÉN AGUILAR JIMÉNEZ, quien se ostenta como representante propietario del Partido del Trabajo en contra del “ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL MEDIANTE EL CUAL SE DA RESPUESTA A LA SOLICITUD DE DESISTIMIENTO DE LA CANDIDATURA A GOBERNADOR PRESENTADA POR EL SECRETARIO TÉCNICO DE LA COMISIÓN EJECUTIVA NACIONAL DEL PARTIDO DEL TRABAJO” aprobado por el Consejo General de dicho órgano electoral en la Décima Segunda Sesión Extraordinaria de fecha treinta de abril de dos mil diez .-----------------------------------------------------------------
En este caso, el Magistrado José Miguel Salcido Romero quien previamente presentó el proyecto respectivo a los dos magistrados y después de señalar las consideraciones jurídicas y los preceptos que lo fundan, propuso la determinación siguiente:-------------------------------------------------------------------------------------------------
RECURSO DE APELACIÓN EXPEDIENTE: RAP-05/2010 Impugnante: PARTIDO DEL TRABAJO AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL MAGISTRADO PONENTE: JOSÉ MIGUEL SALCIDO ROMERO SECRETARIOS DE ESTUDIO Y CUENTA: GUILLERMO SIERRA FUENTES Y VÍCTOR YURI ZAPATA LEOS. Chihuahua, Chihuahua, a doce de mayo de dos mil diez.VISTOS los autos que integran el expediente RAP-05/2010, formado con motivo del recurso de apelación promovido por el PARTIDO DEL TRABAJO quien se ostenta como su representante propietario ante el Consejo General del Instituto Estatal Electoral ciudadano Rubén Aguilar Jiménez, en contra del “ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO Estatal Electoral mediante El cual se da respuesta a la solicitud de desistimiento de la candidatura a gobernador presentada por el secretario técnico de la comisión ejecutiva nacional del partido del trabajo” dictado en la Décimo Segunda Sesión Extraordinaria de fecha treinta de abril del dos mil diez, y R E S U L T A N D O: I… II… III… IV… C O N S I D E R A N D O: PRIMERO….SEGUNDO… R E S U E L V E ÚNICO. Se DESECHA DE PLANO el recurso de apelación identificado bajo la clave RAP-05/2010, interpuesto en contra de la resolución dictada por la responsable dentro de la Décimo Segunda Sesión Extraordinaria relativo al “Acuerdo del consejo general del Instituto estatal electoral mediante el cual se da respuesta a la solicitud de desistimiento de la candidatura a gobernador presentada por el secretario técnico de la comisión Ejecutiva Nacional del partido del trabajo”, de fecha treinta de abril de dos mil diez, por las razones expuestas en el Considerando SEGUNDO de esta resolución.NOTIFÍQUESE personalmente al PARTIDO DEL TRABAJO, en el domicilio señalado para ese efecto en su recurso de apelación; por oficio, con copia certificada de la resolución, al Instituto Estatal Electoral de Chihuahua y, por estrados, a los demás interesados. Lo anterior con fundamento en los artículos 332, 333 y 334 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua.comuníquese los puntos resolutivos del presente falló vía fax y por oficio acompañado de copia certificada de la sentencia, que se envíe por paquetería, a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, toda vez que la autoridad administrativa electoral dentro del informe circunstanciado advirtió sobre la presentación de un Juicio de Revisión Constitucional en contra del acuerdo impugnado en el recurso que nos ocupa. En su oportunidad, ARCHÍVESE el presente expediente como asunto total y definitivamente concluido. Así lo resolvieron, por unanimidad de votos los Magistrados que integran el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, con el voto concurrente presentado por el Magistrado José Rodriguez Anchondo, ante el Secretario General, con quien se actua y da fe. DOY FE.--------------------------------------------------------------------------------------------------
---Analizado y discutido que fue el asunto que se trata por UNANIMIDAD DE VOTOS de los magistrados que integran el Pleno, se aprueba la resolución recaída en el expediente identificado con la clave RAP-05/2010 del índice de este Tribunal, en los términos en que fue presentado.-------------------------------------------
---No habiendo otro asunto que tratar se dio por concluida la sesión siendo las catorce horas con veinte minutos del día de su fecha, levantándose la presente para constancia, por el Presidente del Tribunal Estatal Electoral ante del Secretario General con quien actúa y da fe. Doy fe.-----------------------------------------
Lic. José Miguel Salcido Romero Lic. Erick Alejandro Muñoz Lozano
Magistrado Presidente Secretario General





