---En la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, siendo las trece horas con treinta minutos del día veintisiete de agosto del año dos mil diez, en domicilio que ocupa el Tribunal Estatal Electoral, sito en calle treinta y tres número mil quinientos diez, de la colonia Santo Niño de esta Ciudad, atendiendo a la convocatoria previa de fecha dieciocho de agosto del año en curso, se reunieron en sesión pública de Pleno los magistrados, JOSÉ MIGUEL SALCIDO ROMERO y SOCORRO ROXANA GARCÍA MORENO, quienes sesionaron bajo la Presidencia del primero de los nombrados ante la fe del Secretario General licenciado ERICK ALEJANDRO MUÑOZ LOZANO.-----------
---Quien preside solicitó a la Secretaría General verificar la existencia del quórum legal y hecho que fue y con la ausencia por licencia de incapacidad medica del Magistrado JOSÉ RODRÍGUEZ ANCHONDO, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 226 numeral 1 de la Ley Electoral del Estado, se declaró legalmente instalada la sesión y válidos los acuerdos que en ella se tomen y se procedió a tratar el asunto siguiente:----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
---ÚNICO.- Análisis, discusión y en su caso resolver lo que corresponda en el expediente JIN-63/2010, formado con motivo del Juicio de Inconformidad interpuesto por el licenciado JESÚS LIMÓN ALONSO, representante propietario del PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, ante el Consejo General del Instituto Estatal Electoral, en contra del “acuerdo del Consejo General del Instituto Estatal Electoral mediante EL CUAL SE realiza la asignación de diputados por el principio de representación proporcional, del proceso electoral 2009-2010”, .---------------------------------------------------------------------------------------------------
En este caso, el Magistrado José Miguel Salcido Romero quien previamente presentó el proyecto respectivo a los dos magistrados y después de señalar las consideraciones jurídicas y los preceptos que lo fundan, propuso la determinación siguiente:-------------------------------------------------------------------------------------------------
JUICIO DE INCONFORMIDAD EXPEDIENTE: JIN-63/2010 ACTOR: PARTIDO ACCIÓN NACIONAL TERCEROS INTERESADOS: PARTIDOS REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL CON LA REPRESENTACIÓN DE LA COALICIÓN “COMPROMISO CON CHIHUAHUA”, NUEVA ALIANZA Y VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL MAGISTRADO PONENTE: JOSÉ MIGUEL SALCIDO ROMERO SECRETARIOS DE ESTUDIO Y CUENTA: LEO DAVID ALVARADO ROLDÁN VICTOR YURI ZAPATA LEOS Chihuahua, Chihuahua, a veintisiete de agosto de dos mil diez. V I S T A S las constancias que integran el expediente identificado al rubro, formado con motivo del Juicio de Inconformidad interpuesto por el licenciado JESÚS LIMÓN ALONSO, en su carácter de representante propietario del Partido Acción Nacional ante el Consejo General del Instituto Estatal Electoral, en contra del “ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL MEDIANTE EL CUAL SE REALIZA LA ASIGNACIÓN DE DIPUTADOS POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL DEL PROCESO ELECTORAL 2009-2010”, emitido por la referida autoridad en la Trigésima Sesión extraordinaria, celebrada el día diez de agosto del año en curso, y R E S U L T A N D O… I…II…III…IV…V…VI…VII…VIII…IX…C O N S I D E R A N D O…PRIMERO…SEGUNDO…TERCERO…CUARTO…QUINTO…SEXTO…SÉPTIMO…R E S U E L V E…PRIMERO. Ha procedido la vía del juicio de inconformidad intentado por el PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, a través de su representante propietario ante el Consejo General del Instituto Estatal Electoral, ciudadano JESÚS LIMÓN ALONSO. SEGUNDO. Se confirma el “ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL MEDIANTE EL CUAL SE REALIZA LA ASIGNACIÓN DE DIPUTADOS POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL DEL PROCESO ELECTORAL 2009-2010”, emitido en la Trigésima Sesión Extraordinaria celebrada el diez de agosto de dos mil diez y, en consecuencia, el otorgamiento de las constancias de asignación respectivas, por las razones expuestas en la parte considerativa de esta resolución. NOTIFÍQUESE personalmente, con copia simple sellada y cotejada, al actor PARTIDO ACCIÓN NACIONAL; a los terceros interesados: partido Revolucionario Institucional, en lo particular y con la representación de la coalición “Compromiso con chihuahua”, partido Verde ECOLOGISTA DE MÉXICO Y partido NUEVA ALIANZA, en los domicilios señalados para ese efecto; por oficio, con copia certificada de la resolución al CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL en su domicilio en esta Ciudad; y, por estrados, a los demás interesados. Lo anterior con fundamento en los artículos 332, 333, 334 y 335, de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 127 numeral 1 y 132 numeral 1 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral. En su oportunidad, ARCHÍVESE el presente expediente como asunto total y definitivamente concluido.-------------------------------------------------------------------------------------------------
Analizado y discutido que fue el asunto que se trata por UNANIMIDAD DE VOTOS de los magistrados que integran el Pleno, se aprueba la sentencia recaída en el expediente identificado con la clave JIN-63/2010.--------------------------
---No habiendo otro asunto que tratar se dio por concluida la sesión siendo las catorce horas con diez minutos del día de su fecha, levantándose la presente para constancia, por el Presidente del Tribunal Estatal Electoral ante el Secretario General con quien actúa y da fe. Doy fe.--------------------------------------------------------
Lic. José Miguel Salcido Romero Lic. Erick Alejandro Muñoz Lozano
Magistrado Presidente Secretario General





