| CÉDULA DE NOTIFICACIÓN ---En la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, siendo las trece horas con treinta minutos del día quince de marzo del año dos mil diez, el suscrito licenciado Erick Alejandro Muñoz Lozano, Secretario General de este Tribunal, hago del conocimiento público que en el expediente identificado con la clave RAP-02/2010 del índice de este Tribunal, formado con motivo del recurso de apelación interpuesto por el ciudadano JESÚS ORDÓÑEZ VILLAGRÁN, en contra de la resolución recaída a la denuncia de hechos IEE/D/01/10, emitida por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral el día dieciséis de febrero del año dos mil diez, el Pleno de este Tribunal dictó resolución el día quince de marzo del año en curso, de la que se transcriben los puntos resolutivos siguientes:-----------------------------------------------------------------
RECURSO DE APELACIÓN EXPEDIENTE: RAP-02/2010.AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE CHIHUAHUA. DENUNCIANTE: JESÚS ORDÓÑEZ VILLAGRÁN.MAGISTRADA PONENTE:SOCORRO ROXANA GARCÍA MORENO.SECRETARIOS DE ESTUDIO Y CUENTA: GUILLERMO SIERRA FUENTES, LEO DAVID ALVARADO ROLDÁN.Chihuahua, Chihuahua, a quince de marzo de dos mil diez. VISTOS los autos del expediente RAP-02/2010, para resolver el recurso de apelación interpuesto por Jesús Ordóñez Villagrán, por medio del cual impugna la resolución del Consejo General del Instituto Estatal Electoral aprobada en la Tercera Sesión Extraordinaria celebrada el dieciséis de febrero del presente año, en el expediente IEE/D/01/2010, relativa a la denuncia de hechos formulada por el referido ciudadano en contra de Carlos Marcelino Borruel Baquera y el Partido Acción Nacional, por presuntas violaciones a la normatividad comicial local en materia de propaganda electoral. R E S U L T A N D O : I… II…III…IV…V…VI…VII… C O N S I D E R A N D O : PRIMERO… SEGUNDO… R E S U E L V E: ÚNICO.- Por los argumentos vertidos en el considerando segundo del presente fallo, resulta improcedente y se desecha de plano el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Jesús Ordóñez Villagrán. NOTIFÍQUESE personalmente, con copia simple sellada y cotejada al actor JESÚS ORDÓÑEZ VILLAGRÁN, en el domicilio señalado para ese efecto en su recurso de apelación; al PARTIDO ACCIÓN NACIONAL; y al ciudadano CARLOS MARCELINO BORRUEL BAQUERA; por oficio, con copia certificada de la resolución, al Instituto Estatal Electoral de Chihuahua y, por estrados, a los demás interesados. Lo anterior con fundamento en los artículos 332, y 333, numeral 1, inciso a) y 334, de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 127, numeral 1 y 132, numeral 1 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral.En su oportunidad, ARCHÍVESE el presente expediente como asunto total y definitivamente concluido. Así lo resolvieron, por unanimidad de votos, los magistrados que integran el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, ante el Secretario General, con quien se actúa y da fe. Doy fe. Rúbricas-------------------
----Lo que se hace del conocimiento público, en vía de notificación mediante la fijación en los estrados de la presente cédula y en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 332, numeral 1, inciso b) y 335 de la Ley Electoral del Estado y 132 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral. El Secretario General. Conste.-----------------
LIC. ERICK ALEJANDRO MUÑOZ LOZANO Secretario General |






