|
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN ---En la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, siendo las catorce horas con treinta minutos del día treinta de marzo del año dos mil diez, el suscrito licenciado Erick Alejandro Muñoz Lozano, Secretario General de este Tribunal, hago del conocimiento público que en el expediente identificado con la clave RAP-03/2010 del índice de este Tribunal, formado con motivo del recurso de apelación interpuesto por la licenciada LAURA SANDOVAL BAYLON, representante suplente del Partido del Trabajo ante el Consejo General del Instituto Estatal Electoral en contra del “ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL, MEDIANTE EL CUAL SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS PARA LA POSTULACIÓN DE CANDIDATURAS COMUNES, PARA EL PROCESO ELECTORAL 2010”, aprobado por dicho órgano electoral en la Séptima Sesión Extraordinaria del día veinte de marzo del año dos mil diez, se dictó el acuerdo siguiente:--------------------------------------------------------------------- ---Chihuahua, Chihuahua a treinta de marzo del año dos mil diez.-----Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave RAP-03/2010, formado con motivo del recurso de apelación, interpuesto por la licenciada LAURA SANDOVAL BAYLON, representante suplente del Partido del Trabajo ante el Consejo General del Instituto Estatal Electoral en contra del “ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL, MEDIANTE EL CUAL SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS PARA LA POSTULACIÓN DE CANDIDATURAS COMUNES, PARA EL PROCESO ELECTORAL 2010”, aprobado por dicho órgano electoral en la Séptima Sesión Extraordinaria del día veinte de marzo del año dos mil diez; de conformidad con los artículos, 227 numerales 1, inciso a), y 3 inciso j), 330 de la Ley Electoral del Estado y 18 y 19, fracción I y 32 fracción XVIII del Reglamento Interior de este Tribunal se: -----------------------------------------------------------------------ACUERDA--------------------------------------- ---Lo que se hace del conocimiento público, en vía de notificación mediante la fijación en los estrados de la presente cédula y en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 332, numeral 1, inciso b) y 335 de la Ley Electoral del Estado y 132 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral. El Secretario General. Conste.-----------------
LIC. ERICK ALEJANDRO MUÑOZ LOZANO |






