---En la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, siendo las trece horas con cincuenta y cinco minutos del día cuatro de junio del año dos mil diez, el suscrito licenciado Erick Alejandro Muñoz Lozano, Secretario General de este Tribunal, hago del conocimiento público que en el expediente identificado con la clave RAP-07/2010 del índice de este Tribunal, formado con motivo del recurso de apelación interpuesto por el licenciado JESÚS LIMÓN ALONSO, representante propietario del Partido Acción Nacional Institucional, en contra de la "RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE LA DENUNCIA IEE/D/20/2010 Y SU ACUMULADA IEE/D/21/2010 INTERPUESTAS POR EL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL EN CONTRA DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL POR SUPUESTA VIOLACIÓN AL ARTÍCULO 41, NUMERAL 1, INCISO K) DE LA LEY ELECTORAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA" emitida en la Décimo Octava Sesión Extraordinaria del día veintiuno de mayo del año dos mil diez; se dictó el acuerdo siguiente:---------------------------
CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, A CUATRO DE JUNIO DE DOS MIL DIEZ. --------------------------------------------------------------------------------------
VISTO el estado que guarda el presente expediente, y con fundamento en los artículos: 1, numerales 1 y 2, incisos d) y e); 227, numeral 1, inciso a); 229, inciso m); y 327, numeral 6, de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 27, fracción I; y 112 del Reglamento Interior de este Tribunal Estatal Electoral, SE ACUERDA:------------------------------------------------------------------------------
ÚNICO. En vista de que no existe diligencia alguna por desahogar, ni requerimiento por formular, y dado que el presente expediente se encuentra debidamente sustanciado, SE DECLARA CERRADA LA INSTRUCCIÓN, por lo que en su oportunidad y dentro del plazo previsto en el artículo 357, numeral 2, de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, deberá dictarse la resolución que conforme a derecho corresponda. --------------------------------------
NOTIFÍQUESE el presente acuerdo por estrados, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 332, numeral 1, inciso b); y 335 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 132 del Reglamento Interior de este Tribunal.-----------------------------------------
Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor JOSÉ RODRÍGUEZ ANCHONDO, ante el Secretario General, licenciado ERICK ALEJANDRO MUÑOZ LOZANO, con quien actúa y da fe. DOY FE. Rúbricas.---------------------------------------------------------------------------------
---Lo que se hace del conocimiento público, en vía de notificación mediante la fijación en los estrados de la presente cédula y en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 332, numeral 1, inciso b) y 335 de la Ley Electoral del Estado y 132 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral. El Secretario General. Conste.-----------------






