---En la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, siendo las veintitres horas con treinta minutos del día nueve de junio del año dos mil diez, el suscrito licenciado Erick Alejandro Muñoz Lozano, Secretario General de este Tribunal, hago del conocimiento público que en el expediente identificado con la clave RAP-41/2010 del índice de este Tribunal, formado con motivo del recurso de apelación interpuesto por C. MIGUEL ALBERTO VALLEJO LOZANO, representante propietario del PARTIDO CONVERGENCIA en contra de la resolución del Consejo General del Instituto Estatal Electoral recaída al recurso de revisión IEE/RR/02/2010 y ACUMULADOS, motivado de la aprobación de solicitudes de registro de candidatos del PARTIDO ACCIÓN NACIONAL al Ayuntamiento de Cusihuiriachi emitida en la Vigésima Sesión Extraordinaria del día veintinueve de mayo del año dos mil diez; se dictó el acuerdo siguiente:---------------------------------------------
CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, A NUEVE DE JUNIO DE DOS MIL DIEZ.
VISTO el estado de los autos del expediente identificado con el número RAP-41/2010 y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 229, inciso m), y 327, numeral 1, en relación con los incisos b) y e) del artículo 324 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 27, fracción V, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral;--------------------------------------------------------------------- ---------------------------------------SE ACUERDA -----------------------------------
ÚNICO. Por considerarse necesario para la adecuada substanciación del presente recurso, REQUIÉRASE por oficio al Consejo General del Instituto Estatal Electoral por conducto de su Presidente, remita a este Tribunal la declaración de validez de la elección de candidatos de los cargos de regidor en las posiciones dos y cuatro del Ayuntamiento de CUSIHUIRIACHI, emitida por la Comisión Nacional de Elecciones del Partido Acción Nacional . Lo anterior toda vez que de la documentación que remitió mediante informe circunstanciado de tres de los corrientes, específicamente en el acuerdo de fecha veinte de abril del año en curso, suscrita por el Presidente y Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Elecciones del partido arriba citado, sólo se advierte la declaración de validez respecto de la planilla encabezada por el candidato a Presidente Municipal de dicho Ayuntamiento.-------------------------------------------------------------------------
NOTIFÍQUESE el presente proveído por oficio al Consejero Presidente del Instituto Estatal Electoral y por estrados a los demás interesados, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 332, numeral 1, incisos a), fracción IV y b), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua.--------------------------------------------
---Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor JOSÉ MIGUEL SALCIDO ROMERO, ante el Secretario General, licenciado ERICK ALEJANDRO MUÑOZ LOZANO con quien actúa y da fe. DOY FE. Rúbricas.---------------------------------------------------------------------------------
---Lo que se hace del conocimiento público, en vía de notificación mediante la fijación en los estrados de la presente cédula y en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 332, numeral 1, inciso b) y 335 de la Ley Electoral del Estado y 132 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral. El Secretario General. Conste.-----------------






