---En la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, siendo las quince horas con treinta minutos del día once de junio del año dos mil diez, el suscrito licenciado Erick Alejandro Muñoz Lozano, Secretario General de este Tribunal, hago del conocimiento público que en el expediente identificado con la clave RAP-45/2010 del índice de este Tribunal, formado con motivo del recurso de apelación interpuesto por C. MIGUEL ALBERTO VALLEJO LOZANO, representante propietario del PARTIDO CONVERGENCIA en contra de la resolución del Consejo General del Instituto Estatal Electoral recaída al recurso de revisión IEE/RR/02/2010 y ACUMULADOS, motivado de la aprobación de solicitudes de registro de candidatos del PARTIDO ACCIÓN NACIONAL al Ayuntamiento de Matamoros emitida en la Vigésima Sesión Extraordinaria del día veintinueve de mayo del año dos mil diez; se dictó el acuerdo siguiente:-----------------------------------------------
Chihuahua, Chihuahua, a once de junio de dos mil diez.---------------
---VISTO el estado que guarda el expediente RAP-45/2010, y con fundamento en los artículos 227, numeral 1, inciso a); 229, inciso m) y 327, numeral 6, de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 112 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se: ----
---------------------------------------- ACUERDA:-------------------------------------
ÚNICO.- En vista de que no existe diligencia alguna por desahogar, ni requerimiento por formular, y dado que el presente expediente se encuentra debidamente sustanciado, SE DECLARA CERRADA LA INSTRUCCIÓN, se toman los autos para su estudio y se procede a la elaboración del proyecto de sentencia.--------------
NOTIFÍQUESE el presente acuerdo mediante cédula que se publique en los estrados de este Tribunal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 332, numeral 1, inciso b) y 335 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, y 132 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral. ----------------------------------------
---Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor JOSÉ MIGUEL SALCIDO ROMERO, ante el Secretario General licenciado ERICK ALEJANDRO MUÑOZ LOZANO, con quien actúa y da fe. DOY FE.Rúbricas.--------------------------------------------------------------------
---Lo que se hace del conocimiento público, en vía de notificación mediante la fijación en los estrados de la presente cédula y en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 332, numeral 1, inciso b) y 335 de la Ley Electoral del Estado y 132 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral. El Secretario General. Conste.-----------------






