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Cedula de notificaciónSENTENCIA JIN 59-2010

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

 

---En la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, siendo las dieciseis horas del día veintidos de julio del año dos mil diez, el suscrito licenciado Erick Alejandro Muñoz Lozano, Secretario General de este Tribunal, hago del conocimiento público que en el expediente identificado con la clave JIN-59/2010 del índice de este Tribunal, formado con motivo del Juicio de Inconformidad interpuesto por el ciudadano JOSUÉ ALVARADO RODRÍGUEZ quien se ostenta como representante propietario del PARTIDO ACCIÓN NACIONAL ante la mencionada Asamblea Municipal en contra de la elección de Síndico de Ayuntamiento de ROSALES, Chihuahua, el Pleno de este Tribunal dictó sentencia el veintidós de julio del año en curso, de la que se transcriben los puntos resolutivos siguientes:-----------------------------------

JUICIO DE INCONFORMIDAD. EXPEDIENTE: JIN-59/2010. ACTOR: PARTIDO ACCIÓN NACIONAL. TERCERO INTERESADO: PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL AUTORIDAD RESPONSABLE: ASAMBLEA MUNICIPAL DE ROSALES DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL. MAGISTRADO PONENTE: JOSÉ MIGUEL SALCIDO ROMERO. SECRETARIOS: VÍCTOR YURI ZAPATA LEOS Y MANUEL ALEJANDRO RUIZ SOLÍS Chihuahua, Chihuahua, a veintidós de julio de dos mil diez. VISTOS los autos que integran el expediente JIN-59/2010, formado con motivo del juicio de inconformidad interpuesto por JOSUÉ ALVARADO RODRÍGUEZ, en su carácter de representante del PARTIDO ACCIÓN NACIONAL ante la Asamblea Municipal de Rosales, Chihuahua del Instituto Estatal Electoral, en contra de la votación recibida en varias casillas relativas a la elección de Síndico del Municipio de Rosales, celebrada el día el cuatro de julio del año en curso, tramitado ante este Tribunal Estatal Electoral, y R E S U L T A N D O : I. ... II. ... III. ... IV. ... V. ... VI. ... VI. ... VIII. ... C O N S I D E R A N D O: PRIMERO. ... SEGUNDO. ... R E S U E L V E : ÚNICO. Se desecha de plano el juicio de inconformidad interpuesto por JOSÚE ALVARADO RODRÍGUEZ, quien se ostenta como Representante Propietario del PARTIDO ACCIÓN NACIONAL ante la Asamblea Municipal de Rosales del Instituto Estatal Electoral del Estado en contra de la votación recibida en las casillas a que se refiere en su demanda, correspondientes a la elección de Síndico para ese municipio, por las razones expuestas en el Considerando SEGUNDO de esta resolución. NOTIFÍQUESE personalmente, con copia simple sellada y cotejada al actor PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, al tercero interesado Coalición "COMPROMISO CON CHIHUAHUA", en los domicilios señalados para ese efecto; por oficio, con copia certificada de la resolución a la ASAMBLEA MUNICIPAL DE ROSALES DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL en el domicilio señalado en esta Ciudad; y, por estrados, a los demás interesados. Lo anterior con fundamento en los artículos 332, 333, 334 y 335, de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 127 numeral 1 y 132 numeral 1 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral. En su oportunidad, ARCHÍVESE el presente expediente como asunto total y definitivamente concluido. Así lo resolvieron, por UNANIMIDAD DE VOTOS, los Magistrados que integran el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, ante el Secretario General, con quien se actúa y da fe. Doy fe. Rúbricas.-----------------

---Lo que se hace del conocimiento público, en vía de notificación mediante la fijación en los estrados de la presente cédula y en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 332, numeral 1, inciso b) y 335 de la Ley Electoral del Estado y 132 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral. El Secretario General. Conste.-----------------

LIC. ERICK ALEJANDRO MUÑOZ LOZANO
Secretario General

 

Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua

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