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Cedula de notificación cumplerequerimiento JIN 54-2010

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

 

---En la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, siendo las quince horas con cinco minutos del día veintitrés de julio del año dos mil diez, el suscrito licenciado Erick Alejandro Muñoz Lozano, Secretario General de este Tribunal, hago del conocimiento público que en el expediente identificado con la clave JIN-54/2010 del índice de este Tribunal, formado con motivo del Juicio de Inconformidad interpuesto por el ciudadano JOSÉ QUINTANA MÉNDEZ representante del PARTIDO ACCIÓN NACIONAL ante la Asamblea Municipal de Urique del Instituto Estatal Electoral en contra de la elección de Síndico del Ayuntamiento de URIQUE, Chihuahua, se dictó el acuerdo siguiente:--

Chihuahua, Chihuahua a veintitrés de julio del año dos mil diez.
Vista la documentación siguiente: oficio número IEE/S/160/10 presentado el veintiuno de julio del presente año por el licenciado SAÚL EDUARDO RODRÍGUEZ CAMACHO, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral, a este Tribunal Estatal Electoral, mediante el cual adjunta la documentación siguiente: a) constancia de mayoría y validez de la elección de Síndico del Municipio de Urique del Instituto Estatal Electoral, b) copia certificada del acta de la "PRIMERA SESIÓN ESPECIAL DE CÓMPUTOS MUNICIPALES Y DISTRITALES Y DE DECLARACIÓN DE VALIDEZ DE LAS ELECCIONES", de la Asamblea Municipal de Urique del Instituto Estatal Electoral, y c) copia certificada de la "ASIGNACIÓN DE FOLIO POR CASILLA PARA LA ELECCIÓN DE GOBERNADOR PROCESO ELECTORAL 2009- 2010 DEL MUNICIPIO DE URIQUE CHIHUAHUA"; así como escrito de la misma fecha presentado por el licenciado JESÚS LIMÓN ALONSO quien se ostenta como representante propietario del PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, al cual adjunta copia simple signada por GILBERTO OCTAVIO DOMINGUEZ TEPEYAC, Consejero Presidente de la Asamblea Municipal de Urique del Instituto Estatal Electoral, con fundamento en los artículos 227 numerales 1, inciso a); 229, inciso m), 327 numeral 1, de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 27, fracción I del Reglamento Interior de este Tribunal se; --------------------------------------------------------------------
ACUERDA-------------------------------------------------------------------------------
PRIMERO.- Téngase a la autoridad responsable dando cumplimiento en tiempo y forma, al requerimiento que se le hizo mediante acuerdo de fecha veinte de julio del presente año y anexando la documentación reseñada en los incisos a), b) y c) del proemio.----------------------------------------------------------------------------------
SEGUNDO.- Agreguese a los autos las documentales públicas de referencia y, dada su especial naturaleza se tienen por desahogadas, mismas que serán valoradas en el momento de dictar sentencia definitiva.---------------------------------------------------------
TERCERO.- Digasele al licenciado JESÚS LIMÓN ALONSO que no ha lugar a acordar de conformidad su solicitud en virtud de que en el presente juicio no tiene acreditado el carácter con que se ostenta, pues del escrito recursal solo se advierte su autorización para oír y recibir todo tipo de notificaciones.-------------------------------
NOTIFÍQUESE el presente proveído personalmente, a las partes con copia simple sellada y cotejada en el domicilio que tienen señalado en autos, por oficio con copia certificada a la Asamblea Municipal de Urique del Instituto Estatal Electoral en el domicilio que para el efecto señala en su informe circunstanciado, y por estrados a los demás interesados, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 332, numeral 1, incisos a) fracciones I y IV y b) y 335, de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua y artículos 127 y 132 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral.---------------------------------------------------------------------------------
Así lo acordó y firma la Magistrada Instructora licenciada SOCORRO ROXANA GARCÍA MORENO, ante el Secretario General licenciado ERICK ALEJANDRO MUÑOZ LOZANO, con quien actúa y da fe. Doy fe.Rúbricas.------------------------------------------

---Lo que se hace del conocimiento público, en vía de notificación mediante la fijación en los estrados de la presente cédula y en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 332, numeral 1, inciso b) y 335 de la Ley Electoral del Estado y 132 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral. El Secretario General. Conste.-----------------

LIC. ERICK ALEJANDRO MUÑOZ LOZANO
Secretario General

 

Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua

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