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Cedula de notificación FECHAINCIDENTE JIN 56-2010

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

 

---En la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, siendo las once horas con cuarenta minutos del día dos de agosto del año dos mil diez, el suscrito licenciado Erick Alejandro Muñoz Lozano, Secretario General de este Tribunal, hago del conocimiento público que en el expediente identificado con la clave JIN-56/2010 del índice de este Tribunal, formado con motivo del Juicio de Inconformidad interpuesto por la ciudadana ROSA AMELIA RODRÍGUEZ MARTÍNEZ representante del PARTIDO ACCIÓN NACIONAL ante la Asamblea Municipal de Morelos del Instituto Estatal Electoral, en contra de la elección de Ayuntamiento del municipio de MORELOS Chihuahua, se dictó el acuerdo siguiente:---------------------------------------------------------------------

CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, A DOS DE AGOSTO DE DOS MIL DIEZ.
VISTA la constancia de esta fecha, mediante la cual el Secretario General de este Tribunal Estatal Electoral, da cuenta al suscrito magistrado instructor con el oficio que remite la ciudadana MARÍA DE LOURDES ALVARADO MARTÍNEZ, Consejera Presidenta de la Asamblea Municipal de Morelos del Instituto Estatal Electoral, de fecha treinta y uno de julio de dos mil diez, mediante el cual remite el paquete electoral relativo a la casilla 2326 básica, así como la documentación siguiente: 1) en una foja útil, original del acta circunstanciada levantada con motivo de apertura de bóveda; 2) en una foja útil, cédula de notificación de fecha treinta de julio de dos mil diez a las dieciocho horas; 3) en una foja útil, acuerdo de fecha treinta y julio de dos mil diez signado por la Consejera Presidenta y Secretario de la Asamblea Municipal de Morelos; 4) en siete fojas útiles, escritos de fecha treinta de julio de dos mil diez signado por MARÍA DE LOURDES ALVARADO MARTÍNEZ Consejera Presidenta de la Asamblea Municipal de Morelos y dirigido a: ERICKA EDITH GÓMEZ RODRÍGUEZ, DAVID ROSARIO CASTRO GONZÁLEZ, SANDRA RAMONA RODRÍGUEZ RAMOS, FREDY GÓMEZ SÁNCHEZ, ROSA AMELIA RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, JOSÉ ANTONIO SÁNCHEZ GONZÁLEZ y EDGAR CESAR VENEGAS; y la constancia del treinta y uno de julio de dos mil diez, en la cual el Secretario General de este órgano jurisdiccional, hace constar la recepción de la documentación referida con antelación, así como el depósito del paquete electoral recibido.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, numerales 1 y 2, incisos d) y e); 227, numerales 1, inciso a) y 3, inciso a), fracción I; 229, inciso m); 374, inciso a) y 375, de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, y 27, fracciones I, III y XX, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral y en cumplimiento al resolutivo CUARTO de la resolución de treinta y uno de julio del año en curso dictada en el incidente en que se actúa; SE ACUERDA:
PRIMERO. Se tiene a la Asamblea Municipal de Morelos del Instituto Estatal Electoral por conducto de su Consejera Presidenta, dando cumplimiento al requerimiento formulado por este organismo jurisdiccional mediante resolución de treinta y uno de julio del año en curso.
SEGUNDO. Se señalan las DOCE HORAS DEL CUATRO DE AGOSTO DE DOS MIL DIEZ para que tenga verificativo la diligencia de recuento de votos ordenada en la resolución precisada con antelación.
NOTIFÍQUESE el presente proveído: personalmente al Partido Acción Nacional en su calidad de parte actora, en el domicilio señalado en autos; personalmente a la coalición "Compromiso con Chihuahua", por conducto del representante de la misma, Partido Revolucionario Institucional, en el domicilio señalado en autos; por oficio a la autoridad responsable adjuntando copia del presente acuerdo, en el domicilio señalado para tal efecto; y por los estrados de este Tribunal, a los demás interesados. Lo anterior, con fundamento en los artículos 332; 333, numeral 1, inciso f); 334 y 335, de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 127, numeral 1 y 132, numeral 1 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral.
Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, ante el Secretario General, con quien actúa y da fe. DOY FE.Rúbricas.-------------------------------------------------

---Lo que se hace del conocimiento público, en vía de notificación mediante la fijación en los estrados de la presente cédula y en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 332, numeral 1, inciso b) y 335 de la Ley Electoral del Estado y 132 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral. El Secretario General. Conste.-----------------

LIC. ERICK ALEJANDRO MUÑOZ LOZANO
Secretario General

 

Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua

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