---En la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, siendo las diecinueve horas con diez minutos del día seis de agosto del año dos mil diez, el suscrito licenciado Erick Alejandro Muñoz Lozano, Secretario General de este Tribunal, hago del conocimiento público que en el expediente identificado con la clave JIN-53/2010 del índice de este Tribunal, formado con motivo del Juicio de Inconformidad interpuesto por el ciudadano JOSÉ QUINTANA MÉNDEZ representante del PARTIDO ACCIÓN NACIONAL ante la Asamblea Municipal de Urique del Instituto Estatal Electoral en contra de la elección de Ayuntamiento de URIQUE, Chihuahua, el Pleno de este Tribunal dictó sentencia el seis de agosto del año en curso, de la que se transcriben los puntos resolutivos siguientes:---------------------------------------------------------------
JUICIO DE INCONFORMIDAD EXPEDIENTE: JIN-53/2010 ACTOR: PARTIDO ACCIÓN NACIONAL. TERCERO INTERESADO: PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONALAUTORIDAD RESPONSABLE: ASAMBLEA MUNICIPAL DE URIQUE DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL MAGISTRADO PONENTE: JOSÉ MIGUEL SALCIDO ROMERO SECRETARIOS: VICTOR YURI ZAPATA LEOS Y MANUEL ALEJANDRO RUIZ SOLIS Chihuahua, Chihuahua, a seis de agosto de dos mil diez.VISTOS los autos que integran el expediente JIN-53/2010, formado con motivo del juicio de inconformidad interpuesto por JOSÉ QUINTANA MÉNDEZ, en su carácter de representante del PARTIDO ACCIÓN NACIONAL ante la Asamblea Municipal de Urique del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, con el que impugna la validez de la votación recibida en varias casillas relativas a la elección de Ayuntamiento de Urique, celebrada el día el cuatro de julio del año en curso, así como el cómputo municipal, la declaración de validez de la elección y el otorgamiento de la constancia de mayoría y validez, y R E S U L T A N D O : I...II...III...IV...V...VI...VII...VIII...IX...X... C O N S I D E R A N D O...PRIMERO...SEGUNDO...TERCERO...CUARTO...QUINTO...SEXTO...R E S U E L V E...ÚNICO. Se CONFIRMAN los resultados consignados en el acta de cómputo municipal de la elección de Ayuntamiento de Urique, así como la declaración de validez de la elección, al igual que el otorgamiento de la constancia de mayoría y validez a la planilla que resulto triunfadora, en los términos expuestos en la parte considerativa de esta sentencia. NOTIFÍQUESE personalmente, con copia simple sellada y cotejada al actor PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, al tercero interesado coalición "COMPROMISO CON CHIHUAHUA", en los domicilios señalados para ese efecto; por oficio, con copia certificada de la resolución a la ASAMBLEA MUNICIPAL DE URIQUE DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL en el domicilio señalado en esta Ciudad; y, por estrados, a los demás interesados. Lo anterior con fundamento en los artículos 332, 333, 334 y 335, de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 127 numeral 1 y 132 numeral 1 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral.En su oportunidad, ARCHÍVESE el presente expediente como asunto total y definitivamente concluido. Así lo resolvieron, por UNANIMIDAD de votos, los Magistrados que integran el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, ante el Secretario General, con quien se actúa y da fe. Doy fe.Rúbricas.-------------------
---Lo que se hace del conocimiento público, en vía de notificación mediante la fijación en los estrados de la presente cédula y en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 332, numeral 1, inciso b) y 335 de la Ley Electoral del Estado y 132 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral. El Secretario General. Conste.-----------------






