---En la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, siendo las once horas con treinta minutos del día catorce de agosto del año dos mil diez, el suscrito licenciado Erick Alejandro Muñoz Lozano, Secretario General de este Tribunal, hago del conocimiento público que en el expediente identificado con la clave JIN-52/2010 del índice de este Tribunal, formado con motivo del Juicio de Inconformidad interpuesto por la ciudadana BEATRIZ BRUNA SÁNCHEZ TARANGO representante del PARTIDO ACCIÓN NACIONAL ante la Asamblea Municipal de Guadalupe del Instituto Estatal Electoral, en contra de la elección de Ayuntamiento del municipio de GUADALUPE, Chihuahua, se dictó el acuerdo siguiente:---------------------------------------------------------------------
---Chihuahua, Chihuahua, a trece de agosto de dos mil diez.---------
---Vista la documentación descrita en la cuenta que antecede y que remite en esta fecha el Secretario General de este Tribunal al suscrito Magistrado Presidente, con fundamento en los artículos 232, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua y 26 fracción XIX del Reglamento Interior de este Tribunal, se---------------------------------------------------------------------------- ------------------------------------ACUERDA:-------------------------------------------
---ÚNICO.- Vista la solicitud que realiza la ciudadana BEATRIZ BRUNA SÁNCHEZ TARANGO representante del PARTIDO ACCIÓN NACIONAL expídasele por duplicado las copias certificadas que solicita.-----------------------------------------------------------
---NOTIFÍQUESE este acuerdo mediante cédula que se publique en los estrados de este Tribunal, de conformidad con los artículos 332, numeral 1, inciso b), 335, de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua y 132 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral.--------------------------------------------------------------------------------
---Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente licenciado JOSÉ MIGUEL SALCIDO ROMERO, ante el Secretario General licenciado ERICK ALEJANDRO MUÑOZ LOZANO, con quien actúa y da fe. DOY FE.Rúbricas.---------------------------------------------------------------------
---Lo que se hace del conocimiento público, en vía de notificación mediante la fijación en los estrados de la presente cédula y en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 332, numeral 1, inciso b) y 335 de la Ley Electoral del Estado y 132 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral. El Secretario General. Conste.-----------------






