01_Forma y registra PES-014/2022

Chihuahua, Chihuahua; diecinueve de mayo de dos mil veintidós.

Vista la constancia y cuenta que remite el Secretario General a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de las que se advierte el informe circunstanciado formulado con motivo del procedimiento especial sancionador incoado mediante denuncia presentada por Ivonne De La Hoya Venzor, en su doble carácter como ciudadana mexicana y Presidenta Municipal del Ayuntamiento de Ascensión, en contra de Maurilio Ramírez Gutiérrez, en su carácter de Regidor del Ayuntamiento de Ascensión, así como de Luis Carlos Madrid García y Jorge Antonio Hernández Chaparro, por la probable comisión de conductas que, según el dicho de la denunciante,  podrían ser constitutivos de violencia política contra la mujer en razón de género; con fundamento en los artículos 295 numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso c); 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción XIX y 32 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave PES-014/2022 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

SEGUNDOVerificación. Previo a turnar el expediente para la revisión y resolución del procedimiento especial sancionador al Magistrado Hugo Molina Martínez, remítanse a la Secretaría General los autos del procedimiento especial sancionador en que se actúa, a fin de que se verifique la correcta integración e instrucción del mismo.

TERCERO. Informe. Una vez realizada la verificación, dese cuenta de la misma mediante informe a la presidencia de este Tribunal, para los efectos legales a que haya lugar.

CUARTO. Apertura tomo. Derivado del volumen de las constancias del expediente en que se actúa, se solicita a la Secretaría General realice la apertura del Tomo II.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante el Secretario General Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Verificación y turno PES-014/2022

Chihuahua, Chihuahua; veinticuatro de junio de dos mil veintidós.

 

Visto el informe suscrito por el Secretario General de este Tribunal, en relación con la verificación realizada al expediente en que se actúa; con fundamento en los artículos 292, 295, numeral 1, inciso a) y 3, inciso c); 299, numeral 2, inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 25, 26, fracción II del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; y los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Informe. Téngase a la Secretaría General dando cumplimiento a lo ordenado en el proveído de diecinueve de mayo de la presente anualidad. Asimismo, anéxese el informe remitido a los autos del expediente en que se actúa.

SEGUNDO. Turno. Conforme a lo señalado en el proveído de fecha diecinueve de mayo del presente año, se turna el presente expediente al Magistrado Hugo Molina Martínez, a quien por razón de orden alfabético corresponde la sustanciación y resolución del mismo, para que en el momento procesal oportuno se determina lo que conforme a derecho corresponda.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante el Secretario General Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

03_Recepción, circula y convoque sesión privada PES-014/2022

Chihuahua, Chihuahua, a veinticuatro de junio de dos mil veintidos.[1]

VISTO:

  1. El informe rendido por el Secretario General de este Tribunal, en esta misma fecha, mediante el que comunica a la Presidencia la necesidad en la realización de diligencias para mejor proveer, en virtud de que existen elementos probatorios que requieren ser robustecidos por la autoridad instructora; y
  1. El acuerdo de misma data, dictado por la Magistrada Presidenta de este Tribunal, por el que se turna el presente expediente a esta Ponencia.

Con fundamento en los artículos 36, párrafos tercero y cuarto; así como el 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 293, numerales 1 y 2; 295, numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso b); 297, numeral 1, incisos d) y m); 299, numeral 2, inciso u); 303, numeral 1, inciso c); 308, numeral 1, incisos a) al h); 317; 325, numeral 1; 330, numeral 1, inciso b); 331, numeral 5; 375, numeral 1y 376, numeral 1, de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 26; 27, párrafo primero, fracción I, y 103, numeral 1 y 109, numeral 1, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Se tiene por recibido en esta Ponencia, el expediente identificado con la clave PES-14/2022.

SEGUNDO. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de acuerdo plenario, formulado con relación al presente asunto, así como el expediente, para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le instruye al referido funcionario, entregar copia del citado proyecto a la Magistrada y Magistrados que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional, para su estudio, con excepción de quién realiza la propuesta.

TERCERO. Se solicita a la Magistrada Presidenta que, en el término de ley, convoque al Pleno de este Tribunal, a sesión privada para efectos de que se pronuncie sobre el proyecto de acuerdo plenario presentado.

NOTIFÍQUESE, en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado, Hugo Molina Martínez, ante el Secretario General de Acuerdos, Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, quien da fe. DOY FE.

[1] Las fechas a las que se hace referencia en el presente acuerdo corresponden al año dos mil veintidos, salvo se especifique lo contrario.

04_Convoca Sesión Privada PES-014/2022

Chihuahua, Chihuahua; veintisiete de junio de dos mil veintidós.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave PES-014/2022, con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 18 del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria. Se convoca a sesión privada de Pleno que habrá de celebrarse a las trece horas del martes veintiocho de junio para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a los magistrados que integran este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante en el Secretario General Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

06_Segunda recepción y verificación PES-014/2022

Chihuahua, Chihuahua, a cuatro de agosto de dos mil veintidós[1].

 

Vistos:

  1. Que, mediante acuerdo del Pleno dictado el trece de julio en el cuadernillo 21/2022, abierto con motivo de la devolución del expediente en que se actúa al Instituto Estatal Electoral[2], devolución que fue ordenada con diverso acuerdo del Pleno de fecha veintiocho de junio, con el objetivo de que realizará la regularización de las medidas cautelares y diversas diligencias en cuanto la sustanciación, se instruyó a la Secretaría General de este Tribunal para que agregara al principal los originales de los autos que albergara dicho cuadernillo, al momento de que el Instituto remitiera de nueva cuenta el expediente, después de que diera cumplimiento a lo que le fue ordenado;
  1. De las constancias agregadas al expediente con arreglo a lo anterior, se desprende la cuenta dada por la Secretaría General, del oficio IEE-P-268/2022, presentado a las 20:07 horas del viernes quince de julio, con el cual el Instituto presenta el informe que le fue requerido mediante el mencionado acuerdo del Pleno dictado el trece de julio;
  1. Que, del lunes dieciocho al viernes veintinueve de julio, transcurrió el primer periodo vacacional de este Tribunal, que corresponde al año en curso, en términos de lo aprobado por el Pleno en sesión privada de fecha veintiuno de enero; y
  1. La cuenta dada por la Secretaría General, de los oficios:
  1. IEE-DJ-OA-347/2022, recibido a las 16:55 horas del dos de agosto, a través del cual, el Instituto hace la devolución de constancias que integran el expediente, después de lo ordenado con acuerdo del Pleno de fecha veintiocho de junio, con relación a la sustanciación, así como a la regularización de las medidas cautelares; constancias de las que se desprende el informe del análisis de riesgo relacionado con éstas últimas.
  2. IEE-DJ-OA-344/2022 recibido a las 17:20 horas del dos de agosto, con el que el Instituto notifica a este Tribunal el acuerdo de fecha primero de agosto, dictado por el Secretario Ejecutivo del Instituto, dentro del expediente del que se hace la devolución.
  3. IEE-DJ-OA-348/2022, recibido a las 11:35 horas del tres de agosto, que el Instituto remite en alcance al diverso oficio IEE-DJ-OA-347/2022, para la devolución de constancias que faltaron de integrar en el envío del expediente, entre las que se encuentra el acuerdo de fecha primero de agosto, dictado por la Consejera presidenta de dicho Instituto, con relación a la regularización de las medidas cautelares, en cuanto a las medidas de protección.
  4. IEE-DJ-OA-353/2022, recibido a las recibido a las 13:36 horas del tres de agosto, que el Instituto remite de igual forma en alcance, para la devolución de constancias que también faltaron de integrar en la devolución del expediente.

Por lo que, con fundamento en los artículos 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 292; 295, numeral 3, incisos a) y c); 297, numeral 1, inciso m); de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, párrafo primero, fracción I, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; así como con los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

ACUERDA:

PRIMERO. Glosa. Agréguense a los autos las constancias de la cuenta.

SEGUNDO. Informe. Con relación a la regularización de las medidas cautelares ordenada, respecto de la elaboración del análisis de riesgo, así como, a las medidas de protección, téngase al Instituto informando las diligencias llevadas a cabo para su cumplimiento, en términos de lo que, con relación a ello, se desprende de los oficios IEE-P-268/2022, IEE-DJ-OA-347/2022 e IEE-DJ-OA-348/2022.

 

TERCERO. Verificación. Toda vez que, en términos de lo ordenado en el acuerdo del Pleno, de fecha veintiocho de junio, se llevaron nuevas diligencias que no formaron parte de la verificación realizada en la primera remisión del expediente a este Tribunal, remítanse los autos a la Secretaría General de este Tribunal, con el fin de que efectúe la verificación del expediente, para efectos de que se constate su debida integración y que el mismo efectivamente se encuentra completo y, por ello, en estado de resolución, conforme lo señalan los artículos 291, numeral 1); y, 292, de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua. Lo anterior, para efectos de estar en posibilidad de emitir la resolución que en derecho proceda.

CUARTO. Apertura segundo tomo. Con motivo del volumen de constancias que integran el expediente, para el mejor manejo de las actuaciones, se instruye a la Secretaría General de este Tribunal, que proceda a abrir un segundo tomo donde se integren las constancias que correspondan.

QUINTO. Copia certificada. Se instruye a la Secretaría General, para que agregue al cuadernillo 21/2022, del índice de este Tribunal, copia certificada del presente acuerdo.

NOTIFÍQUESE conforme a derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el Magistrado, Hugo Molina Martínez, ante el Secretario General de Acuerdos, Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, quien da fe. DOY FE.

 

[1] Las fechas que a continuación se mencionen corresponden al año dos mil veintiuno, salvo mención en contrario.

[2] En adelante el Instituto.

07_Circula PES-014/2022

Chihuahua, Chihuahua, a nueve de agosto de dos mil veintidós[1].

Visto el informe de verificación emitido por el Secretario General de este Tribunal, de esta fecha, del cual se desprende que no se advierte la necesidad de realizar alguna otra diligencia en el presente asunto; por lo que se

ACUERDA:

PRIMERO. Estado de resolución. Con arreglo al informe rendido por la Secretaría General, así como del estudio de los autos, al no advertirse la necesidad de realizar alguna otra diligencia, se declara que el presente expediente se encuentra en estado de resolución.

 

SEGUNDO. Circulación del proyecto de resolución. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal el proyecto de resolución elaborado en el expediente en que se actúa, para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le instruye entregar copia del proyecto de resolución a la Magistrada y los Magistrados que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional, para su estudio, con excepción del suscrito, quién realiza la propuesta.

 

TERCERO. Convocatoria a sesión del Pleno. Solicítese a la Magistrada Presidenta que, en el término de ley, se convoque a sesión del Pleno para analizar, discutir y, en su caso, resolver lo que corresponda en el presente asunto.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor, Hugo Molina Martínez, ante el Secretario General, Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] En adelante todas las fechas que se mencionan se refieren al año dos mil veintidós, salvo precisión en contrario.

08_Convoca PES-014/2022

Chihuahua, Chihuahua; nueve de agosto de dos mil veintidós.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave PES-014/2022, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, así como el acuerdo de veintiuno de abril, en donde se aprobó la implementación de videoconferencias para la resolución de los medios de impugnación, con motivo de la contingencia sanitaria por el virus del COVID-19, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria Sesión Pública. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse a las catorce horas del miércoles diez de agosto del presente año, a través del sistema de videoconferencia, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la Magistrada y Magistrados que integran este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante en el Secretario General Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez. DOY FE.

11_Causa estado PES-014/2022

Chihuahua, Chihuahua; a diecinueve de agosto de dos mil veintidós.

Vistos: 1. La sentencia dictada por este Tribunal el diez de agosto de dos mil veintidós, en la cual se declaró sobreseimiento por lo que hace a Luis Carlos Madrid García y Jorge Antonio Hernández Chaparro, y existente la infracción de violencia política contra las mujeres en razón de género cometida por Maurilio Ramírez Gutiérrez; 2. La cuenta que remite la Secretaría General a la suscrita Magistrada Presidenta, de la que se advierte la Notificación por oficio suscrita por Jesús Armando Hernández Gameros, Funcionario Habilitado con fe pública del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, mediante la cual notifica a este Tribunal, el acuerdo de dieciséis de agosto del presente año, dictado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo de dicha institución dentro del expediente de clave IEE-PES-002/2022, vinculado con el expediente PES-14/2022 del índice de este órgano jurisdiccional; con fundamento en los artículos 297, inciso m) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracciones XIV y XIX, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Recepción de documentos. Se tiene por recibida la documentación a la que se hace referencia, por tanto se ordena agregar la misma y su anexo al expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes.

SEGUNDO. Toda vez que la Sentencia dictada por este Tribunal en el expediente PES-14/2022 emitida el diez de agosto de la presente anualidad, no fue controvertida en el plazo legal, entonces se actualizó la figura procesal de cosa juzgada, por lo que la aludida resolución ha quedado firme.

TERCERO. Se instruye a la Secretaría General notificar el presente acuerdo al Instituto Nacional Electoral, por conducto del Vocal Ejecutivo de la Junta Local Ejecutiva en Chihuahua; así como al Instituto Estatal Electoral, por conducto de su Consejera Presidenta, para que de conformidad con los efectos ordenados en la sentencia dictada en el expediente PES-14/2021, como medida de reparación, procedan a llevar a cabo el registro ordenado en sus respectivas listas de infractores de Violencia Política en Razón de Género, por un plazo de ciento sesenta días.

 

CUARTO. Se solicita al Instituto Nacional Electoral y al Instituto Estatal Electoral de Chihuahua que, en un plazo no mayor a cuarenta y ocho horas contadas a partir de la notificación del presente acuerdo, informe a este Tribunal y remita las constancias correspondientes sobre el cumplimiento de lo ordenado en la citada sentencia.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorrro Roxana García Moreno, ante el Secretario General Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

GHSR/nlfb

12_Causa estado Congreso del Estado PES-014/2022

Chihuahua, Chihuahua; a veintitrés de agosto de dos mil veintidós.

Visto: El estado procesal que guardan los autos y toda vez que en la sentencia dictada por este Tribunal el diez de agosto de dos mil veintidós, se declaró sobreseimiento por lo que hace a Luis Carlos Madrid García y Jorge Antonio Hernández Chaparro, y existente la infracción de violencia política contra las mujeres en razón de género cometida por Maurilio Ramírez Gutiérrez; con fundamento en los artículos 297, inciso m) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracciones XIV y XIX, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Con el propósito que inicie el procedimiento ordenado en la sentencia aludida, en específico en el considerando IX, apartado A, inciso 2, respecto a la fracción XII del artículo 57 del Código Municipal para el Estado de Chihuahua, infórmese al Congreso del Estado de Chihuahua que la sentencia dictada por este Tribunal en el expediente PES-14/2022 emitida el diez de agosto de la presente anualidad, no fue controvertida en el plazo legal, por lo que se actualizó la figura procesal de cosa juzgada, en consecuencia la aludida resolución ha quedado firme.

 

SEGUNDO. Se solicita al Congreso el Estado de Chihuahua, que una vez que haya dado cumplimiento a lo ordenado en dicha sentencia, lo informe a este Tribunal y remita las constancias correspondientes.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorrro Roxana García Moreno, ante el Secretario General Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

 

 

GHSR/nlfb

13_Cumplimiento Requerimiento IEE PES-014/2022

Chihuahua, Chihuahua; a veintitrés de agosto de dos mil veintidós.

VISTO. La cuenta de fecha veintitrés de agosto de la presente anualidad, emitida por la Secretaría General a través de la cual se hace constar la recepción de la documentación remitida por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de fecha veintidós de agosto del presente año; con fundamento en los artículos 297, numeral 1, incisos m) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 27, fracciones I, III, V, y XX; 32 fracciones III y XXIX del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Recepción de documentos. Se tiene por recibida la diversa documentación a la que se hace referencia, por tanto, se ordena agregar la misma al expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes.

 

SEGUNDO. Cumplimiento. Se tiene al Instituto Estatal Electoral dando cumplimiento al requerimiento ordenado el diecinueve de agosto del año que transcurre.

 

NOTIFÍQUESE conforme a derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante el Secretario General Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quién actúa y da fe.

14_Recepción y cumplimiento INE PES-014/2022

Chihuahua, Chihuahua; a veinticuatro de agosto de dos mil veintidós.

VISTOS. La certificación de la documentación recibida por correo electrónico a la cuenta del Secretario General, así como la cuenta la misma, por medio de las cuales se hace constar la recepción del oficio signado por Carlos Alberto Ferrer Silva, Titular de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral; con fundamento en los artículos 297, numeral 1, incisos m) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, fracción XX y 32 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Recepción de documentos. Se tiene por recibida la diversa documentación a la que se hace referencia, por tanto, se ordena agregar la misma al expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes.

 

SEGUNDO. Cumplimiento. Se tiene al Instituto Nacional Electoral dando cumplimiento al requerimiento ordenado el diecinueve de agosto del año que transcurre.

 

NOTIFÍQUESE conforme a derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante el Secretario General Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

15_Recepción documentación PES-014/2022

Chihuahua, Chihuahua; a treinta de agosto de dos mil veintidós.

VISTA. La cuenta que remite el Secretario General a la Magistrada Presidenta por medio de la cual hace constar la recepción de la documentación original del oficio identificado con la clave INE-UT/07240/2022 signado por Carlos Alberto Ferrer Silva, Titular de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral; con fundamento en los artículos 297, numeral 1, incisos m) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, fracción XX y 32 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Recepción de documentos. Se tiene por recibida la diversa documentación a la que se hace referencia, por tanto, se ordena agregar la misma al expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes.

 

SEGUNDO. Previo acuerdo. Toda vez en fecha veinticuatro de agosto de la presente anualidad se acordó de conformidad la certificación del correo recibido de cuyo contenido se desprendía el oficio de cuenta, mediante el cual, a su vez, se tuvo dando cumplimiento al Instituto Nacional Electoral, estese a lo acordado en el proveído antes señalado.

 

NOTIFÍQUESE conforme a derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante el Secretario General Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

16_Agréguese documentación PES-014/2022

 

 

Chihuahua, Chihuahua, a nueve de septiembre de dos mil veintidós.

 

VISTA: La cuenta emitida por la Secretaría General de este Tribunal, de nueve de septiembre, por medio de la cual hace llegar a esta Presidencia, el oficio identificado con la clave IEE-DJ-OA-407/2022, signado por Omar Eduardo López Villalobos, Funcionario Habilitado con Fe Pública del Instituto Estatal Electoral.

Con fundamento en los artículos 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, así como 27, fracciones I, III y XX del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

 

ACUERDA:

UNICO. Agréguese. Agréguese la documentación descrita en el presente proveído al expediente PES-014/2022, de este órgano jurisdiccional.

NOTIFÍQUESE conforme a derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la magistrada presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante el secretario general Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez con quien actúa y da fe. DOY FE.

17_Agréguese documentación PES-014/2022

 

 

Chihuahua, Chihuahua, a trece de octubre de dos mil veintidós.

 

VISTA: La cuenta emitida por la Secretaría General de este Tribunal, de trece de octubre, por medio de la cual hace llegar a esta Presidencia, diversas constancias a nombre de Maurilio Ramírez Gutiérrez, expedidas por la Presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Con fundamento en los artículos 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, así como 27, fracciones I, III y XX del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

 

ACUERDA:

UNICO. Agréguese. Agréguese la documentación descrita en el presente proveído al expediente PES-14/2022, de este órgano jurisdiccional.

NOTIFÍQUESE conforme a derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la magistrada Socorro Roxana García Moreno, ante el secretario general Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

18_Agréguese Fiscalía PES-014/2022

 

 

Chihuahua, Chihuahua, a catorce de octubre de dos mil veintidós.

 

VISTA: La cuenta emitida por la Secretaría General de este Tribunal, de catorce de octubre del presente año, por medio de la cual hace llegar a esta Presidencia, oficio número UEIPDE-102/2022, signado por Rocío Aleida Velasco Amarillas, Agente del Ministerio Publico, Encargada de la Unidad Especializada en Investigación y Persecución en Materia de Delitos Electorales de la Fiscalía General del Estado de Chihuahua, por medio del cual remite diversa documentación, que fueron entregados por Maurilio Ramírez Gutiérrez, los cuales guardan relación con el expediente de clave PES-014/2022

Con fundamento en los artículos 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, así como 27, fracciones I, III y XX del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

 

ACUERDA:

UNICO. Agréguese. Agréguese la documentación descrita en el presente proveído al expediente PES-014/2022, de este órgano jurisdiccional.

NOTIFÍQUESE conforme a derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la magistrada Socorro Roxana García Moreno, ante el secretario general Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

19_ Remitase PES-014/2022

Chihuahua, Chihuahua; a dieciocho de octubre de dos mil veintidós[1].

VISTOS. 1. El acuerdo de nueve de septiembre, por medio del cual se recibe documentación remitida por Omar Eduardo López Villalobos, Funcionario Habilitado con fe pública del Instituto Estatal Electoral; 2. Los acuerdos de veintisiete de septiembre y trece de octubre, por medio de los cuales se recibe documentación remitida por Maurilio Ramírez Gutiérrez; 3. El acuerdo de catorce de octubre, por medio del cual se recibe documentación remitida por Rocío Aleida Velasco Amarillas, Agente del Ministerio Publico, Encargada de la Unidad Especializada en Investigación y Persecución en Materia de Delitos Electorales de la Fiscalía General del Estado de Chihuahua; con fundamento en los artículos 297, numeral 1, incisos m) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, fracción XX y 32 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

 

ÚNICO. Se remite el presente expediente al magistrado instructor Hugo Molina Martínez, para los efectos legales que haya lugar.

 

NOTIFÍQUESE conforme a derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la magistrada presidenta Socorro Roxana García Moreno ante el secretario general Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Las fechas citadas en delante, corresponden a dos mil veintidós salvo mención en contrario.

20_Cumplimiento PES-014/2022

Chihuahua, Chihuahua, a treinta y uno de octubre de dos mil veintidós[1].

VISTOS:

 

  1. El acuerdo de fecha dieciocho de octubre, emitido por la Magistrada Presidenta de este Tribunal, con el cual hace el reenvío a esta Ponencia del expediente en el que se actúa, con motivo de la recepción de diversas documentales relacionadas con el cumplimiento a lo ordenado en la resolución aprobada por este Tribunal en Pleno, el pasado diez de agosto. Documentales que oportunamente fueron agregadas a los autos, a través de los acuerdos de la presidencia de este Tribunal, de fecha veintitrés y treinta de agosto; nueve y veintisiete de septiembre; así como, trece y catorce de octubre, y que corresponden con los documentos que se describen a continuación, de acuerdo con el orden en que se acordó su recepción a través de los autos antes señalados:

a) Oficio de clave IEE-SE-373/2022, del Instituto Estatal Electoral, recibido el veintitrés de agosto, a través del cual se informó a este Tribunal, que dicha autoridad procedió a realizar la inscripción correspondiente de la persona sancionada con la resolución emitida en el expediente en que se actúa, dentro del Registro Estatal de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política de las Mujeres en Razón de Género.

b) Oficio de clave INE-UT-07240/2022, del Instituto Nacional Electoral, recibido el veintinueve de agosto, a través del cual se informó a este Tribunal, que dicha autoridad procedió a realizar la inscripción correspondiente de la persona sancionada con la resolución emitida en el expediente en que se actúa, dentro del Registro Nacional de Personas Sancionadas.

c) Oficio de clave IEE-DJ-OA-407/2022, del Instituto Estatal Electoral, recibido el nueve de septiembre, a través del cual se notificó a este Tribunal el acuerdo de fecha nueve de septiembre, emitido por el Secretario Ejecutivo de esa autoridad, con el cual, entre otros, el referido funcionario acordó “determinar el levantamiento de la medida de protección dictada en este procedimiento el primero de agosto”, con base en lo que le fue informado por el Instituto Chihuahuense de las Mujeres.

d) A través de constancia de recepción levantada por el Secretario General de este Tribunal, en fecha veintiséis de septiembre: (i) Copia del Orden del Día, de la segunda Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de Ascensión, Chihuahua, de veintinueve agosto, donde, en el punto número cuatro, se puntualiza la intervención del Regidor Maurilio Ramírez Gutiérrez, para la disculpa pública en atención a la sentencia emitida por este Tribunal, en el presente expediente; (ii) Disco compacto que contiene un video y dos imágenes; y, (iii) Copia de un escrito, del cual se desprende el texto con la redacción de la disculpa pública ofrecida, en la referida sesión del Ayuntamiento de Ascensión, Chihuahua.

e) A través de certificación del Secretario General de este Tribunal, de fecha trece de octubre, documentación recibida por medio del correo institucional del referido funcionario, que consiste en los programas y constancias de acreditación emitidas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, a favor de Maurilio Ramírez Gutiérrez, de los cursos ordenados a través del fallo que corresponde al presente asunto.

f) Oficio de la Unidad Especializada en Investigación y Persecución en materia de Delitos Electorales de la Fiscalía General del Estado, con clave UEIPDE-102/2022, y de fecha trece de octubre, con el cuál esa autoridad remitió a este documentación que equivocadamente fue presentada ante esa representación social, misma que corresponde con un escrito signado por Maurilio Ramírez Gutiérrez; así como, los programas y constancias de acreditación emitidas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, a favor de Maurilio Ramírez Gutiérrez, de los cursos ordenados en la resolución del presente asunto.

  1. La cuenta del Secretario General de este Tribunal, emitida el diecinueve de octubre, respecto de la recepción del oficio de clave IEE-DJ-OA-431/2022, del Instituto Estatal Electoral, a través del cual se notificó a este Tribunal el acuerdo de fecha diecisiete de octubre, emitido por la Consejera Presidenta de esa autoridad, con el cual se ordenó informar a este órgano jurisdiccional, de la vista que el referido Instituto, por medio de dicho acuerdo, dio a la Fiscalía General del Estado, con motivo de una posible comisión de falsedad de hechos y obstrucción de la justicia, en la sustanciación del procedimiento que correspondió a este asunto.
  1. La cuenta del Secretario General de este Tribunal, emitida el veintiocho de octubre, respecto de la recepción del oficio de la Unidad Especializada en Investigación y Persecución en materia de Delitos Electorales de la Fiscalía General del Estado, con clave UEIPDE-103/2022, recibido el veintisiete de octubre; con el cuál, en ejercicio de sus atribuciones, esa autoridad solicita copia certificada de todos los autos que integran el expediente.

 

ACUERDA:

PRIMERO. Glosa de documentos. Agréguense a los autos las constancias de la cuenta, cuya recepción y agregado no se hubiera realizado previamente al expediente.

 

SEGUNDO. Requerimiento al Instituto Estatal Electoral. Toda vez que, con relación al acuerdo del Secretario Ejecutivo de esa autoridad, de fecha nueve de septiembre, que fue comunicado mediante oficio de clave IEE-DJ-OA-407/2022, no se acompañó copia certificada del oficio de clave DG/1376/2022, del Instituto Chihuahuense de las Mujeres, mismo que se estima relevante para el análisis de la determinación que, en su caso, adopte el Pleno de este Tribunal, con arreglo a lo que este mismo resolvió en el último párrafo, del apartado D, del considerando IX del fallo emitido en el presente asunto; se requiere al referido Instituto para que un plazo no mayor a dos días hábiles, contados a partir de que surta efectos la notificación que se le realice del presente proveído, proporcione:

a) Copia certificada del oficio de clave DG/1376/2022, del Instituto Chihuahuense de las Mujeres.

Lo anterior, bajo apercibimiento de que, en caso de no cumplir con el requerimiento, le será impuesto alguno de los medios de apremio previstos en el artículo 346 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua.

TERCERO. Diligencias para mejor proveer. Respecto del Disco compacto al que se refiere la constancia de recepción levantada por el Secretario General de este Tribunal, en fecha veintiséis de septiembre, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 255 y 324 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, para los efectos de su justa apreciación, se ordena a la Secretaria General de este Tribunal que levante constancia con la descripción del contenido de los archivos que contiene, para que, mediante el acta correspondiente, dé fe de dicho contenido.

CUARTO. Requerimiento al Ayuntamiento de Ascensión, Chihuahua. En virtud que las constancias que obran en autos no son originales, ni tampoco cuentan con certificación de autoridad competente que dé certeza del ofrecimiento de la disculpa pública ordenada en la sentencia emitida por este Tribunal, a MAURILIO RAMÍREZ GUTIÉRREZ, en favor de IVONNE DE LA HOYA VENZOR; se requiere al referido Ayuntamiento, por conducto de la persona titular de la Secretaría del Ayuntamiento, para que en un plazo no mayor a tres días hábiles, contados a partir de que surta efectos la notificación que se le realice del presente proveído:

a) Informe si durante la segunda Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de Ascensión, Chihuahua, de veintinueve agosto; dentro del punto número cuatro, se realizó la intervención del Regidor Maurilio Ramírez Gutiérrez, para ofrecer disculpa, pública en atención a la sentencia emitida por este Tribunal.

b) Proporcione copias certificadas del acta, orden del día y del diario de debates, de la segunda Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de Ascensión, Chihuahua, de veintinueve agosto.

c) Además, se le requeriere que proporcione cualquier otro testimonio que obre en su poder, no importando el formato, en el que se consignen las circunstancias de modo, tiempo y lugar, del desarrollo de tal reunión en cabildo, con relación al punto señalado respecto a la disculpa pública que se menciona.

Lo anterior, bajo apercibimiento de que, en caso de no cumplir con el requerimiento, le será impuesto alguno de los medios de apremio previstos en el artículo 346 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua.

QUINTO. Autorización de copias certificadas. Expídase la copia certificada de todos los autos que integran el expediente, incluyendo el presente acuerdo, misma que es solicitada por la Unidad Especializada en Investigación y Persecución en materia de Delitos Electorales de la Fiscalía General del Estado, para el ejercicio de sus atribuciones.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado, Hugo Molina Martínez, ante el Secretario General de Acuerdos, Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, quien da fe. DOY FE.

[1] En adelante todas las fechas que se mencionan se refieren al año dos mil veintidós, salvo precisión en contrario.

21_Circula y convoca a privada PES-014/2022

 

Chihuahua, Chihuahua, a nueve de febrero de dos mil veintitrés.[1]

Visto:

 

a)La cuenta emitida el veintisiete de enero, por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, por medio de la cual informa la recepción del oficio IEE-DJ-OA-061/2023 y anexo que lo acompaña, con el cual el Instituto Estatal Electoral informa que, al haberse cumplido el periodo por el que se le ordenó la inscripcióncorrespondiente de la persona sancionada dentro del Registro Estatal de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política de las Mujeres en Razón de Género, dicho Instituto ha procedido a la eliminación de los datos que corresponden a tal inscripción, en el referido registro; y

b)El estado procesal que guardan los autos.

ACUERDO:

PRIMERO. Glosa. Agréguese a los autos la documentación mencionada en la cuenta.

SEGUNDO. Proyecto de acuerdo del Pleno. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de acuerdo plenario formulado con relación al estatus del cumplimiento de la resolución dictada en el presente asunto, junto con el expediente, para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le instruye entregar copia del citado proyecto a las magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de la que realiza la propuesta.

TERCERO. Convocatoria a sesión privada del Pleno. Se solicita a la Magistrada Presidenta que, en el término de ley, convoque al Pleno a sesión privada para efectos de que éste se pronuncie sobre el proyecto de acuerdo de Pleno presentado.

NOTIFÍQUESE, en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado, Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, quien da fe. DOY FE.

[1] Las fechas a las que se hace referencia en el presente acuerdo corresponden al año dos mil veintitrés, salvo se especifique lo contrario.

22_Convoca privada PES-014/2022

Chihuahua, Chihuahua; quince de febrero de dos mil veintitrés.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave PES-014/2022, con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 18 del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria. Se convoca a sesión privada de Pleno que habrá de celebrarse a las catorce horas con treinta minutos del jueves dieciséis de febrero para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la integración del Pleno de este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el magistrada presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la secretaria general provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

24_Turno a ponencia PES-14/2022

Chihuahua, Chihuahua; veintidós de febrero de dos mil veintitrés[1].

Vista la cuenta remitida por la Secretaria General en Funciones de este Tribunal, con relación al escrito de fecha veintiuno de febrero de dos mil veintitrés, signado por Yanko Durán Prieto en su carácter de Consejera Presidenta del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, por el cual, realiza la solicitud de aclaración respecto del acuerdo plenario dictado dentro del dentro del procedimiento especial sancionador PES-14/2022, el pasado dieciséis de febrero, mediante el cual, se ordenaron por el pleno de este Tribunal Electoral diversos aspectos al citado Instituto.

Con fundamento en el artículo 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracciones XIV y XIX, así como 27, fracción III, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Téngase por recibida la documentación de cuenta y anexo, la cual se ordena agregar a los autos del expediente PES-014/2022, para los efectos legales conducentes.

SEGUNDO. En virtud que, el Magistrado Hugo Molina Martínez, fungió como ponente en el presente asunto, remítanse a su ponencia el escrito de cuenta, así como los autos del expediente del procedimiento especial sancionador PES-014/2022, para que realice lo que a derecho corresponda.

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General en Funciones Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] En lo sucesivo se entenderán todas las fechas del dos mil veintitrés salvo precisión en contrario.

25_Circula PES-014/2022

Chihuahua, Chihuahua, a veintitrés de febrero de dos mil veintitrés.[1]

Visto el acuerdo de la presidencia de este Tribunal, de fecha veintidós de febrero, por medio del cual se remite a esta ponencia el expediente en que se actúa, con motivo del escrito aclaratorio formulado por el Instituto Estatal Electoral, respecto del acuerdo del Pleno de fecha dieciséis de febrero, lo anterior, por tratarse de un asunto cuyo turno en el trámite recayó en esta ponencia.

ACUERDO:

PRIMERO. Recepción. Téngase por recibido el expediente en esta ponencia, para el desahogo del trámite que corresponde.

SEGUNDO. Proyecto de acuerdo del Pleno. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, junto con el expediente, el proyecto de acuerdo plenario formulado con relación al escrito aclaratorio del que se hace relación en la cuenta, a efecto de que sea circulado entre las demás ponencias.

TERCERO. Convocatoria a sesión privada del Pleno. Se solicita a la Magistrada Presidenta que, en el término de ley, convoque al Pleno a sesión privada para efectos de que éste se pronuncie sobre el proyecto de acuerdo de Pleno presentado.

NOTIFÍQUESE, en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado, Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, quien da fe. DOY FE.

[1] Las fechas a las que se hace referencia en el presente acuerdo corresponden al año dos mil veintitrés, salvo se especifique lo contrario.

26_Convoca privada PES-014/2022

Chihuahua, Chihuahua; veintitrés de febrero de dos mil veintitrés.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave PES-014/2022, con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 18 del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria. Se convoca a sesión privada de Pleno que habrá de celebrarse a las doce horas del viernes veinticuatro de febrero para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la integración del Pleno de este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el magistrada presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la secretaria general provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

28_Agréguese documentación PES-014/2022

Chihuahua, Chihuahua; veinticuatro de febrero de dos mil veintitrés[1].

Vista la cuenta remitida por la Secretaria General en Funciones de este Tribunal, con relación a la documentación relacionada con lo ordenado en la sentencia de fecha diez de agosto, así como el acuerdo plenario de fecha dieciséis de febrero ambos del presente año, dictados dentro del procedimiento especial sancionador PES-014/2022, consistente en lo siguiente:

  1. a) Oficio sin número y anexo, signado por el Secretario de Asuntos Legislativos y Jurídicos del Congreso del Estado de Chihuahua, de fecha veinticuatro de febrero de dos mil veintitrés, y;
  2. b) Oficio número IEE-DJ-OA-095/2023 y anexo, signado por el Funcionario Habilitado con fe pública del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, de misma fecha.

Con fundamento en el artículo 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracciones XIV y XIX, así como 27, fracción III, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Téngase por recibida la documentación de cuenta, misma que se ordena agregar a los autos del expediente PES-014/2022, para los efectos legales conducentes.

SEGUNDO. En virtud que, el Magistrado Hugo Molina Martínez, fungió como ponente en el presente asunto, remítanse a su ponencia la documentación de cuenta, así como los autos del expediente del procedimiento especial sancionador PES-014/2022, para que realice lo que a derecho corresponda.

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General en Funciones Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] En lo sucesivo se entenderán todas las fechas del dos mil veintitrés salvo precisión en contrario.

29_Cumplimiento PES-014/2022

Chihuahua, Chihuahua, a tres de marzo de dos mil veintitrés[1].

VISTO:

 

  1. El oficio sin número y anexos que lo integran, presentado ante este Tribunal el veinticuatro de febrero, emitido por el Secretario de Asuntos Legislativos y Jurídicos del Congreso del Estado, a través del cual informa a este órgano jurisdiccional el estado que guarda el procedimiento seguido, en desahogo a la vista dada a tal autoridad, a través de la resolución aprobada por este Tribunal en Pleno, el pasado diez de agosto.
  1. El oficio de clave IEE-DJ-OA-095/2023, del Instituto Estatal Electoral, recibido el veinticuatro de febrero, a través del cual, tal autoridad, notifica a este Tribunal el acuerdo de fecha veintiuno de febrero, emitido por el Secretario Ejecutivo de dicha autoridad, con el cual:

a). Provee gestiones, en vía de cumplimiento, a efecto de que se realice la diligencia ordenada en el punto resolutivo Cuarto, del acuerdo del Pleno de fecha dieciséis de febrero.

b). Ordena abrir Procedimiento Sancionador Ordinario, en cumplimiento a lo señalado en el punto resolutivo Quinto, del acuerdo de Pleno antes mencionado.

  1. El oficio con clave 0001/23 y anexos que lo acompañan, de la Autoridad Resolutora del OIC Ascensión Chihuahua, recibido el veintiocho de febrero, con el cual se informa a este Tribunal la determinación adoptada en desahogo a la vista dada al Órgano Interno de Control del municipio de Ascensión Chihuahua, a través de la resolución aprobada por este Tribunal en Pleno, el pasado diez de agosto.
  1. El oficio de clave IEE-SE-071/2023 y anexo que lo acompaña, del Instituto Estatal Electoral, recibido el veintiocho de febrero, a través del cual, el Secretario Ejecutivo de dicha autoridad, informa el cumplimiento del punto resolutivo Cuarto, del acuerdo del Pleno de fecha dieciséis de febrero, a través de la realización de la diligencia ahí ordenada.

 

ACUERDA:

PRIMERO. Glosa de documentos. Agréguense a los autos las constancias de la cuenta.

 

SEGUNDO. Análisis de cumplimiento. Procédase al análisis de tales comunicaciones recibidas, a efecto  de verificar el estatus del cumplimiento de la resolución dictada en el presente asunto, con la consecuente elaboración del proyecto de acuerdo Pleno, en el sentido que corresponda, conforme a dicho análisis.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado, Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, quien da fe. DOY FE.

[1] En adelante todas las fechas que se mencionan se refieren al año dos mil veintitrés, salvo precisión en contrario.

30_Circula PES-014/2022

Chihuahua, Chihuahua, a veintitrés de marzo de dos mil veintitrés[1].

VISTA, la cuenta que da la Secretaría General de este Tribunal, con:

 

  1. El oficio número DG/445/2023 y anexos que lo acompañan, de fecha tres de marzo, presentado ante este Tribunal el nueve de marzo, emitido por la Directora General del Instituto Chihuahuense de las Mujeres, a través del cual informa a este órgano jurisdiccional, sobre el cumplimiento del requerimiento que le fue formulado mediante acuerdo de Pleno de fecha dieciséis de febrero del año en curso.
  1. El oficio de clave IEE-DJ-OA-129/2023, de fecha diez de marzo, a través del cual, el Instituto Estatal Electoral notifica el acuerdo de fecha ocho de marzo, emitido por el Secretario Ejecutivo de dicha autoridad, con el que informa la apertura del Procedimiento Sancionador Ordinario, en cumplimiento a lo ordenado en el punto resolutivo Quinto, del acuerdo de Pleno de fecha dieciséis de febrero.
  1. El oficio de clave IEE-DJ-OA-138/2023, de fecha quince de marzo, mediante el cual, el Instituto Estatal Electoral, remite copia certificada del oficio de clave DG/484/2023, presentado ante esa autoridad por la Directora General del Instituto Chihuahuense de las Mujeres, con relación al cumplimiento del requerimiento que le fue formulado por acuerdo de Pleno de fecha dieciséis de febrero.

 

ACUERDA:

PRIMERO. Glosa de documentos. Agréguense a los autos las constancias de la cuenta, para efectos de que, conforme al análisis de cumplimiento que se instruyó por acuerdo de fecha tres de marzo, sean tomadas en cuenta en el estudio correspondiente.

 

SEGUNDO. Proyecto de acuerdo del Pleno. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, junto con el expediente, el proyecto de acuerdo plenario formulado con relación al estatus de cumplimiento del acuerdo del Pleno de fecha dieciséis de febrero y, por ende, del fallo dictado en el presente asunto; lo anterior, a efecto de que el mismo se circule entre las ponencias.

TERCERO. Convocatoria a sesion privada del Pleno. Se solicita a la Magistrada Presidentaque, en el término de ley, convoque al Pleno a sesión privada para efectos de que éste se pronuncie sobre el proyecto de acuerdo de Pleno presentado.                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                    

NOTIFÍQUESE, en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado, Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, quien da fe. DOY FE.

[1] En adelante todas las fechas que se mencionan se refieren al año dos mil veintitrés, salvo precisión en contrario.

31_Convoca Sesión Privada PES-014/2022

Chihuahua, Chihuahua; veintitrés de marzo de dos mil veintitrés.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave PES-014/2022, con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 18 del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria. Se convoca a sesión privada de Pleno que habrá de celebrarse a las catorce horas con treinta minutos del viernes veinticuatro de marzo para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la integración del Pleno de este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el magistrada presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la secretaria general provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

33_Agréguese documentación PES-014/2022

Chihuahua, Chihuahua; quince de junio de dos mil veintitrés

 

Vista la cuenta de fecha catorce de junio remitida por la Secretaria General Provisional de este Tribunal a la suscrita Magistrada Presidenta, mediante la cual se hace constar la presentación del oficio identificado con la clave IEE-DJ-OA-262/2023, signado por Jesús Armando Hernández Gameros, Funcionario Habilitado con Fe Pública del Instituto Estatal Electoral, mediante el cual remite acuerdo de nueve de junio del presente año, dictado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo de dicho Organismo, dentro del expediente de clave IEE-PSO-008/2023; con fundamento en el artículo 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua y 27, fracción III, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se:

ACUERDA:

 

PRIMERO. Recibido. Se tiene por recibido el oficio y la demás documentación descrita en este acuerdo.

SEGUNDO. Agréguese. Agréguese la documentación de cuenta a los autos del expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes.

 

NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

 

formulado con motivo
formulado con motivo del procedimiento especial sancionador incoado mediante denuncia presentada por Ivonne De La Hoya Venzor, en su doble carácter como ciudadana mexicana y Presidenta Municipal del Ayuntamiento de Ascensión, en contra de Maurilio Ramírez Gutiérrez, en su carácter de Regidor del Ayuntamiento de Ascensión, así como de Luis Carlos Madrid García y Jorge Antonio Hernández Chaparro, por la probable comisión de conductas que, según el dicho de la denunciante,  podrían ser constitutivos de violencia política contra la mujer en razón de género.
32_Acuerdo Plenario PES-014/2022