01_Forma registra y turno JDC-080/2023

Chihuahua, Chihuahua; diecisiete  de noviembre de dos mil veintitrés.

Vista la constancia y cuenta que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de las cuales se advierte la notificación por oficio signada por Alexis Mellín Rebolledo, Actuario Regional de Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por medio del cual  notifica a este Tribunal el acuerdo .plenario de catorce de noviembre de dos mil veintitrés dentro del expediente de clave SG-JDC-95/2023, a través del cual se determinó reencauzar el juicio ciudadano para que sea competencia de este Tribunal; con fundamento en los artículos 295, numeral 1), inciso a), y 299, numeral 2), inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave JDC-080/2023 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

 

SEGUNDO. Turno. Por razón de orden alfabético se turna el expediente en que se actúa al Magistrado en Funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez para la sustanciación y resolución del mismo.

 

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_ Recepción JDC-080/2023

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICOS Y ELECTORALES DE LA CIUDADANÍA

EXPEDIENTE: JDC-080/2023

ACTORA: ADRIANA TERRAZAS PORRAS

AUTORIDAD RESPONSABLE: COMISIÓN NACIONAL DE HONESTIDAD Y JUSTICIA DE MORENA

MAGISTRADO INSTRUCTOR: GABRIEL HUMBERTO SEPÚLVEDA RAMÍREZ

Chihuahua, Chihuahua, a veintidós de noviembre de dos mil veintitrés.[1]

VISTOS:

 

  1. El acuerdo de fecha diecisiete de noviembre, mediante el cual la Magistrada Presidenta del Tribunal Estatal Electoral[2], ordenó formar, registrar y turnar el expediente.
  1. La cuenta levantada por la Secretaria General Provisional de fecha veintiuno de noviembre, por la cual hace llegar a esta Ponencia lo siguiente:

a).En dos fojas útiles, oficio CNHJ-SP-283/2023 signado por Aylin Guadalupe Placido Arreguin Auxiliar técnico jurídico de la Ponencia 4 de la CNHJ-MORENA a través del cual da cumplimiento al acuerdo de fecha catorce de noviembre emitido por la Sala Regional Guadalajara.

b).En siete fojas útiles, informe circunstanciado signado por Aylin Guadalupe Placido Arreguin Auxiliar técnico jurídico de la Ponencia 4 de la CNHJ-MORENA.

c).En dos fojas útiles, copia certificada signada por Aylin Guadalupe Placido Arreguin Auxiliar técnico jurídico de la Ponencia 4 de la CNHJ-MORENA del acuerdo de trámite de medio impugnación.

d).En una foja por anverso original, cédula de publicación por estrados signada por Aylin Guadalupe Placido Arreguin Auxiliar técnico jurídico de la Ponencia 4 de la CNHJ-MORENA.

e).En una foja por anverso original, cédula de retiro de estrados signada por Aylin Guadalupe Placido Arreguin Auxiliar técnico jurídico de la Ponencia 4 de la CNHJ-MORENA.

f).En una foja por anverso en original, constancia de recepción de documentos donde se hace constar que no compareció tercero interesado alguno, signada por Aylin Guadalupe Placido Arreguin Auxiliar técnico jurídico de la Ponencia 4 de la CNHJ-MORENA.

g).En una foja útil, copia certificada signada por Aylin Guadalupe Placido Arreguin Auxiliar técnico jurídico de la Ponencia 4 de la CNHJ-MORENA, de la notificación de fecha treinta de octubre dentro del expediente CNHJ-CHIH-176/2023 realizada por Miriam Alejandra Herrera Solís Secretaría de la Ponencia 4 de la CNHJ-MORENA a la actora.

h).En ocho fojas útiles, copia certificada signada por Aylin Guadalupe Placido Arreguin Auxiliar técnico jurídico de la Ponencia 4 de la CNHJ-MORENA del acto impugnado resuelto por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de MORENA.

Con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero; 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 293, numerales 1 y 2; 295, numerales 1, inciso a) y 3, inciso f); 297, numeral 1, inciso m); 303, numeral 1, inciso d); 365; 366; 367; 370, de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua[3]; 27, fracciones I y XX; 32 fracción III; del Reglamento Interior del Tribunal, se

ACUERDA:

  1. Recepción. Se tiene recibido en la ponencia del Magistrado Instructor, el expediente de clave JDC-080/2023 para los efectos legales a los que haya lugar.
  1. Agregar constancias. Agréguese la documentación de la cuenta a los autos del expediente en que se actúa.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado en Funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez,ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

                                                             

[1] Todas las fechas del presente proveído corresponden al año dos mil veintitrés, salvo mención expresa en contrario.

[2] En adelante, Tribunal.

[3] En adelante, Ley.

formulado con motivo

se advierte la notificación por oficio signada por Alexis Mellín Rebolledo, Actuario Regional de Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por medio del cual  notifica a este Tribunal el acuerdo .plenario de catorce de noviembre de dos mil veintitrés dentro del expediente de clave

SG-JDC-95/2023

, a través del cual se determinó reencauzar el juicio ciudadano para que sea competencia de este Tribunal