Chihuahua, Chihuahua; trece de junio de dos mil veinticuatro.
Vista la constancia y cuenta remitida por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, mediante la cual se hace constar la presentación del informe circunstanciado con número de oficio IEE-SE-1289/2024 signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, respecto del escrito promovido por Celia Medina Cruz, Rosario Choya González, María Bustillos Cruz, Carolina Ramírez Ramírez, Juana Cruz Yañez, Monserrat Flores Ramos, Benjamin Ontiveros Bustillos, Maribel González Rubi, Jorge Alejandro Olaiz Meza, Isidora Chávez Crescencio, Jorge Guevara Bustillos, Celia Medina Cruz, Diana Cruz Castillo, Silverio Cruz Castillo, Ramiro Cruz Castillo, Marta Yadira Aguirre Moreno, Hermelinda Calderón González, Tirza Bustillos Payan, Elida Palma Muela, Martha Payan Pastrana, Juan Bustillos Bustillos y Juanita María Bustillos Bustillos, en su carácter de personas ciudadanas chihuahuenses indígenas integrantes del pueblo indígena Rarámuri, mediante el cual interponen una demanda de juicio para la protección de los derechos políticos y electorales de la ciudadanía, en contra de la Resolución del Consejo Estatal IEE/CE217/2024; con fundamento en el artículo 299, numeral 2) inciso u), 303 numeral 1 inciso d), y 330 numeral 1 inciso a) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26 fracciones XIV y XIX y 102 del Reglamento Interior de este Tribunal, se
ACUERDA:
PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave JDC-258/2024 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.
SEGUNDO. Turno. Por razón de orden alfabético se turna el expediente en que se actúa al Magistrado en funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Martínez, para la sustanciación y resolución del mismo.
NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.