01_Forma registra JDC-441/2024

Chihuahua, Chihuahua; dieciséis de julio de dos mil veinticuatro.

 

Visto el acuerdo Plenario de fecha quince de julio de dos mil veinticuatro, mediante el cual, se acordó el reencauzamiento del medio de impugnación promovido por Carlos Anibal Garfio Pacheco en contra en contra del Acta de computo, declaración de válidez de la elección y entrega de la constancia de mayoría de válidez ante la Asamblea Municipal de Balleza Chihuahua; con fundamento en el artículo 299, numeral 2) inciso u), 303 numeral 1 inciso d),  y 330 numeral 1 inciso a) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 26 fracciones XIV y XIX  del Reglamento Interior de este Tribunal, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave JDC-441/2024 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

 

SEGUNDO. Remisión a ponencia instructora. Derivado del acuerdo de turno recaído al expediente JIN-314/2024, y toda vez que el Acuerdo Plenario únicamente determina el reencauzamiento de la vía, remítase el expediente al magistrado Hugo Molina Martínez, por haber sido quien conoció del asunto primigenio.

 

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

 

Así lo acordó y firma la magistrada presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la secretaria general provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Recepción circula JDC-441/2024

Chihuahua, Chihuahua; a dieciséis de julio de dos mil veinticuatro.

VISTO, el acuerdo de la fecha en la que se actúa, emitido por la Presidencia de este órgano jurisdiccional, mediante el cual remite a esta Ponencia el presente expediente.

Con fundamento en los artículos 297, numeral 1, inciso b), inciso d), inciso e), e inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 18 del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibido en la presente Ponencia el expediente de clave JDC-441/2024.

SEGUNDO. Circulación de proyecto de acuerdo plenario. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de sentencia que corresponde al presente asunto; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto a la Magistrada Presidenta y Magistrado, que son los demás integrantes del Pleno de este órgano jurisdiccional, para su estudio.

TERCERO. Convocatoria a sesión del Pleno. Se solicita a la Magistrada Presidenta que, en el término de ley, convoque al Pleno de este Tribunal a sesión pública para la resolución del proyecto de sentencia que será propuesto por esta ponencia.

NOTIFÍQUESE por estrados a las personas interesadas.

Así lo acordó y firma el Magistrado Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, quien da fe. DOY FE.

03_Convoca JDC-441/2024

Chihuahua, Chihuahua; veintidós de julio de dos mil veinticuatro.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave JDC-441/2024, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria Sesión Pública. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse a las diecinueve horas con cero minutos del veintitrés de julio del presente año, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la integración del Pleno de este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante en la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez. DOY FE.

formulado con motivo

Visto el acuerdo Plenario de fecha quince de julio de dos mil veinticuatro, mediante el cual, se acordó el reencauzamiento del medio de impugnación promovido por Carlos Anibal Garfio Pacheco en contra en contra del Acta de computo, declaración de válidez de la elección y entrega de la constancia de mayoría de válidez ante la Asamblea Municipal de Balleza Chihuahua; con fundamento en el artículo 299, numeral 2) inciso u), 303 numeral 1 inciso d),  y 330 numeral 1 inciso a) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 26 fracciones XIV y XIX  del Reglamento Interior de este Tribunal,