Chihuahua, Chihuahua; cinco de noviembre de dos mil veinticuatro.
Vista la constancia y cuenta remitida por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, mediante la cual se hace constar la presentación del Informe Circunstanciado con número de oficio SJ-235/2024 signado por Laura Patricia Contreras Duarte, en su caracter de Coordinadora de Participación Ciudadana del Municipio de Chihuahua, quien remite medio de impugnación denominado Juicio para la Protección de los Derechos Político y Electorales de la Ciudadanía, demanda interpuesta por Juana Espino Caro, en su carácter de ciudadana perteneciente a la comunidad indígena Rarámuri, en contra de la convocatoria del mecanismo de Participación Ciudadana denominado “Presupuesto Participativo 2025”; con fundamento en el artículo 299, numeral 2) inciso u), 303 numeral 1 inciso d), y 330 numeral 1 inciso a) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26 fracciones XIV y XIX y 102 del Reglamento Interior de este Tribunal, se
ACUERDA:
PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave JDC-559/2024 en el
Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.
SEGUNDO. Turno. Por razón de orden alfabético se turna el expediente en que se actúa al Magistrado Hugo Molina Martínez para la sustanciación y resolución del mismo.
NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la
Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.