Chihuahua, Chihuahua; cuatro de octubre de dos mil veinticuatro.
Vista la constancia y cuenta que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de las cuales se advierte el informe circunstanciado remitido por Oscar Iván Díaz Saucedo, Secretario de Asuntos Legislativos y Jurídicos del Congreso del Estado de Chihuahua, relativo al Juicio Electoral promovido por Francisco Adrián Sánchez Villegas y Alma Yesenia Portillo Lerma en su carácter de integrantes de la fracción parlamentaria de Movimiento Ciudadano de la Sexagésima Octava Legislatura, en contra de diversos actos relacionados al desechamiento de la proposición con carácter de punto de acuerdo con la intención de que los poderes legislativo y Judicial presenten una Controversia Constitucional en contra del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de reforma del Poder Judicial; así como exhortar a la minoría parlamentaria de la oposición del Senado de la República y a las dirigencias nacionales de los partidos políticos con registro ante el Instituto Nacional Electoral, a que promueva una acción de inconstitucionalidad contra dicho decreto, emitido por la Presidenta de la mesa directiva del H. Congreso del Estado en la Séptima Sesión celebrada el veinticuatro de septiembre de dos mil veinticuatro; con fundamento en los artículos 295, numeral 1), inciso a), y 299, numeral 2), inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 97 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, así como lo establecido en los puntos de acuerdo PRIMERO, SEGUNDO y TERCERO del Acuerdo General identificado con la clave TEE-AG-01/2018, se
ACUERDA:
PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave JE-534/2024 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.
SEGUNDO. Turno. Por razón de orden alfabético se asume el expediente en que se actúa por la Magistrada Socorro Roxana García Moreno para la sustanciación y resolución del mismo.
TERCERO. Remitanse las constancias originales que obran en el cuadernillo de clave C-580/2024 al expediente en que se actúa, previa copia certificada que se deje en el cuadernillo de referencia.
NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.
Así lo acordó y firma la magistrada presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.