Chihuahua, Chihuahua; trece de junio de dos mil veinticuatro.
Vista la constancia y cuenta que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de las cuales se advierte el informe circunstanciado relativo al juicio inconformidad promovido por Marco Antonio Meraz Murillo, en su carácter de Representante del Partido del Trabajo ante la Asamblea Municipal de Ocampo, quien solicita se anule el proceso de elección llevado a cabo en el municipio de Ocampo, el pasado dos de junio de dos mil veinticuatro; con fundamento en el artículo 295, numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso b) y 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 96, numeral 1, fracción II, 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se
ACUERDA:
PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese expediente con la clave JIN-254/2024 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.
NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.