01_Forma registra y turno JIN-365/2024

Chihuahua, Chihuahua; veintiún de junio de dos mil veinticuatro.

Vista la constancia y cuenta que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de las cuales se advierte el informe circunstanciado relativo al Juicio Inconformidad promovido por Enrique Moreno Mendoza, representante del Partido Acción Nacional, ante la Asamblea Municipal de Juárez, quien interpone una demanda de Juicio de Inconformidad, en contra del Acta de cómputo municipal de la elección de Diputación Distrito 03; con fundamento en el artículo 295, numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso b) y 299, numeral 2, inciso u), 303 numeral 1, inciso c), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 96, numeral 1, fracción II, 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese expediente con la clave JIN-365/2024 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

SEGUNDO. Turno. En virtud del acta de sesión privada del Pleno de este órgano jurisdiccional, mediante el cual se determinaron las reglas para turnar juicios de inconformidad, recursos de apelación, recursos de revisión y demás medios de impugnación que tengan relación con los primeros, que sean avisados por el Instituto Estatal Electoral relacionados con los resultados de la jornada electoral local 2023-2024; se turna el expediente en que se actúa al Magistrado Hugo Molina Martínez.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Recepción requerimiento JIN-365/2024

Chihuahua, Chihuahua, a veinticuatro de junio de dos mil veinticuatro.

VISTOS: a) La constancia de recepción de documentos levantada el veintiuno de junio; y b) el acuerdo de la misma fecha, emitido por la Magistrada Presidenta de este Tribunal, por el que turna el expediente en el que se actúa a esta ponencia.

Con fundamento en los artículos 330, numeral 1, y 331 de la Ley Electoral del Estado, y 27, párrafo primero, fracción I, y 103, numeral 5, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibido en esta ponencia, el expediente de clave JIN-365-2024, para los efectos legales conducentes.

SEGUNDO. Domicilio procesal del actor. Se tiene al actor, Partido Acción Nacional, señalado como domicilio para recibir notificaciones, el que indica en su escrito de demanda.

TERCERO. Domicilio procesal y autorizaciones del tercero interesado. Se tiene al partido Morena, quien se ostenta como tercero interesado en el presente juicio, señalando como como domicilio para recibir notificaciones, el que indica en su escrito de comparecencia, y como autorizado a la persona mencionada en el mismo.

CUARTO. Requerimiento a la Asamblea Municipal de Juárez del Instituto Estatal Electoral. De conformidad con lo establecido en el artículo 328, numeral 1, inciso b), de la Ley Electoral del Estado, el Instituto deberá enviar junto con el informe circunstanciado, entre otros, la copia del documento en que conste el acto o resolución impugnada.

 

Por su parte, el artículo 331, numeral 1, del mismo ordenamiento, estatuye que, en caso de que la autoridad responsable omitiera enviar cualesquiera de los documentos a que se refiere el artículo 328, el Magistrado Instructor, requerirá de inmediato su cumplimiento o remisión fijando un plazo perentorio.

 

Ahora bien, con vista en el escrito de demanda, se obtiene que, el actor impugna el cómputo municipal de la elección de diputación local del distrito electoral 03.

Por su parte, de la documentación remitida en el informe circunstanciado, rendido por la Asamblea Municipal de Juárez, se observa que remitió, entre otras, el “Acta de Cómputo Municipal en el Distrito de la Elección de Diputaciones Locales de Mayoría Relativa” correspondiente al Distrito Electoral 03, emitida por la “ASAMBLEA DISTRITAL AUXILIAR MUNICIPAL 02 DE JUÁREZ” (sic) del Instituto Estatal Electoral en Chihuahua.

Sin embargo, no se remitió junto con el citado Informe, el Acta del Cómputo Distrital de la Elección de Diputaciones de Mayoría Relativa correspondiente al Distrito Electoral 03;misma que se menciona en el apartado 1.11 de la “Declaratoria de Validez de la Elección de Diputaciones Locales de Mayoría Relativa del Distrito Electoral Local 03 del Estado de Chihuahua”, que Emite la Asamblea Municipal de Juárez del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, en el Proceso Electoral Local 2023-2024.

En función de lo anterior, se requiere a la Asamblea Municipal de Juárez, por conducto de su Presidenta, para el efecto de que, dentro del plazo de veinticuatro horas, contadas a partir de la notificación del presente, remita a este Tribunal Estatal Electoral, lo siguiente:

  1. Copia certificada del Acta del Cómputo Distrital de la Elección de Diputaciones de Mayoría Relativa correspondiente al Distrito Electoral 03, a que hace referencia el artículo 181, numeral 5, de la ley comicial local; y
  2. Acta circunstanciada de la sesión de Cómputo Distrital de la Elección de Diputaciones de Mayoría Relativa correspondiente al Distrito Electoral 03.

 

Lo anterior, bajo el apercibimiento, en el sentido de que, de no cumplir con lo solicitado, en tiempo y forma, se hará acreedora a alguno de los medios de apremio que establece el artículo 346 de la ley comicial local.

QUINTO. Solicitud de apoyo. Se solicita al Instituto Estatal Electoral, en su sede central que, en auxilio a las labores de este Tribunal, notifique el presente acuerdo a la Asamblea Municipal de Juárez; asimismo, para que informe a este Tribunal sobre la realización de la notificación solicitada, dentro de las veinticuatro horas siguientes a que ello suceda, acompañando las constancias respectivas.

NOTIFÍQUESE, por oficio al Instituto Estatal Electoral, y por estrados a las demás personas interesadas.

Así lo acordó y firma, el magistrado Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

03_Glosa admisión cierre y circúlese JIN-365/2024

Chihuahua, Chihuahua, a veintidós de julio de dos mil veinticuatro.

Vista la constancia signada por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, por la que da cuenta de la documentación remitida como anexo al oficio IEE-AM037-255/2024, mediante el cual la Asamblea Municipal de Juárez del Instituto Estatal Electoral da cumplimiento al requerimiento formulado en fecha veinticuatro de junio, respecto al Acta de Cómputo Municipal en el Distrito de la Elección de Diputaciones Locales de Mayoría Relativa y el Acta Circunstanciada de la Sesión de Cómputo Distrital de la Elección de Diputaciones de Mayoría Relativa correspondiente al Distrito Electoral 03.

Con fundamento en los artículos 297, numeral 1, incisos d) y m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 19, fracción I, 27, fracción IX, 32, fracciones XVI y XVII, y 113 del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA

PRIMERO. GlosaAgréguese a los autos del expediente en que se actúa, la documentación descrita en el presente proveído.  

SEGUNDO. Admisión. Toda vez que el escrito de impugnación cumple con los requisitos generales que establece la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, se admite a trámite e instrucción el juicio de inconformidad.

TERCERO. Instrucción. En vista de lo anterior, se declara abierto el periodo de instrucción para los efectos legales a que haya lugar.

CUARTO. Pruebas. Téngase por ofrecidas y admitidas las pruebas ofrecidas por el actor en su escrito de demanda, relativas a documentales públicas consistentes en las actas de escrutinio y cómputo, actas de la jornada electoral, el listado nominal y el Encarte de las casillas referidas en su demanda, mismas que serán valoradas en su momento procesal oportuno.

QUINTO. Cierre de instrucción. En virtud de que no existen diligencias por desahogar, y dado que el expediente se encuentra debidamente sustanciado, se declara cerrada la instrucción.

SEXTO. Circulación del proyecto. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de resolución elaborado por esta ponencia sobre el presente asunto; asimismo, se solicita entregar copia del mismo a la Magistrada y al Magistrado que, junto con el suscrito, integran el Pleno de este órgano jurisdiccional.

SÉPTIMO. Convocatoria a sesión del Pleno. Se solicita a la Magistrada Presidenta, convoque al Pleno de este Tribunal a sesión pública para la resolución del presente medio de impugnación.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado instructorHugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

04_Convoca JIN-365/2024

Chihuahua, Chihuahua; veintidós de julio de dos mil veinticuatro.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave JIN-365/2024, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria Sesión Pública. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse a las diecinueve horas con cero minutos del veintitrés de julio del presente año, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la integración del Pleno de este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante en la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez. DOY FE.

formulado con motivo

promovido por Enrique Moreno Mendoza, representante del Partido Acción Nacional, ante la Asamblea Municipal de Juárez, quieninterpone una demanda de Juicio de Inconformidad, en contra del Acta de cómputo municipal de la elección de Diputación Distrito 03