01_Forma registra PES-392/2024

Chihuahua, Chihuahua; veintiocho de junio de dos mil veinticuatro.

Vista la constancia y cuenta que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de las cuales se advierte el informe circunstanciado signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, relativo al Procedimiento Especial Sancionador promovido por Hever Quezada Flores, en su carácter de representante del partido político Morena ante la Asamblea Municipal de Chihuahua, en contra del Partido Acción Nacional, el Gobierno del Municipio de Chihuahua, Marco Antonio Bonilla Mendoza, a dicho del denunciante en su calidad de presidente municipal, aspirante y/o precandidato a Presidencia Municipal de Chihuahua y/o quien resulte responsable; por conductas que pudieran constituir promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y/o actos anticipados de precampaña y campaña, conductas previstas en los artículos 134, párrafos séptimo y octavo de la Constitución federal, 197, párrafos primero y segundo de la Constitución local, 256, numeral 1), incisos a), c) y f), 259, incisos a) y g) y 263, numeral 1), incisos c), d) e i), de la Ley Electoral; con fundamento en los artículos 295, numeral 1), inciso a), y 299, numeral 2), inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, así como el punto PRIMERO de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

ACUERDA:

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave PES-392/2024 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

 

SEGUNDO. Previo a turnar el expediente para la revisión y resolución del mismo al Magistrado Hugo Molina Martínez, remítanse a la Secretaría General los autos del procedimiento especial sancionador en que se actúa, a fin de que se verifique la correcta integración e instrucción del mismo.

 

TERCERO. Informe. Una vez realizada la verificación, dese cuenta de la misma mediante informe a la presidencia de este Tribunal, para los efectos legales a qué haya lugar.

 

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Informe y turnoPES-392/2024

Chihuahua, Chihuahua; cinco de julio de dos mil veinticuatro. 

 

Visto el informe suscrito por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, en relación con la verificación realizada al expediente en que se actúa; con fundamento en los artículos 295, numeral 1, inciso d), 299, numeral 2, inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción II del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; y los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Informe. Téngase a la Secretaría General Provisional dando cumplimiento a lo dispuesto en acuerdo emitido en fecha de veintiocho de junio de la presente anualidad. Asimismo, anéxese el informe remitido a los autos del expediente en que se actúa.

SEGUNDO. Turno. Conforme a lo señalado en el proveído de fecha veintiocho de junio de dos mil veinticuatro, se remite el presente expediente al Magistrado Hugo Molina Martínez, para la sustanciación y resolución del mismo, para que en el momento procesal oportuno se determine lo que conforme a derecho corresponda.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

03_Recepción circula PES-392/2024

Chihuahua, Chihuahua, a ocho de julio de dos mil veinticuatro[1].

 

VISTO:

 

  1. El informe de fecha cinco de julio, rendido por la Secretaría General de este Tribunal, en el que comunica el resultado de la verificación en sentido positivo del presente expediente, que fue remitido por el Instituto Estatal Electoral.

 

  1. El acuerdo de misma fecha, emitido por la Magistrada Presidenta, en el que turna a esta ponencia el expediente identificado con la clave PES-392/2024; y

 

Con fundamento en los artículos 297, numeral 1, incisos b), d) y m) y 299, numeral 2), inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y, 18, 19, fracción I, 27, fracciones I, IX, X y XX y 3,2, fracciones XVI y XVII, del Reglamento Interior de este Tribunal; y numeral Quinto, inciso a); y numeral Décimo de los Lineamientos para el Trámite Interno del Procedimiento Especial Sancionador[2], se

ACUERDA

 

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibido en esta Ponencia, el expediente identificado con la clave PES-392/2024.

 

SEGUNDO. Estado de resolución. Conforme al resultado de la verificación realizada por la Secretaría General de este Tribunal, en virtud de que el expediente en que se actúa se encuentra en estado de resolución, se procede a elaborar el proyecto de sentencia correspondiente.

TERCERO. Circulación del proyecto. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa, para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto a la Magistrada y los Magistrados que, junto con el suscrito, integran el Pleno de este órgano jurisdiccional, para su estudio.

CUARTO. Convocatoria a sesión del pleno. Solicítese a la Magistrada Presidenta que, en el término de ley, se convoque a sesión del Pleno, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

NOTIFÍQUESE, en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor, Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Las fechas a las que se hace referencia en el presente acuerdo corresponden al año dos mil veinticuatro, salvo precisión en contrario.

[2] Aprobados por el Pleno del Tribunal Estatal Electoral, mediante Acuerdo General del veinticuatro de febrero de dos mil dieciséis.

04_convoca PES-392/2024

Chihuahua, Chihuahua; ocho de julio de dos mil veinticuatro.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave PES-392/2024, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

                                              ACUERDA:                                             

PRIMERO. Convocatoria Sesión Pública. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse a las dieiciocho horas del martes nueve de julio del presente año, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la integración del Pleno de este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante en la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez. DOY FE.

formulado con motivo
promovido por Hever Quezada Flores, en su carácter de representante del partido político Morena ante la Asamblea Municipal de Chihuahua, en contra del Partido Acción Nacional, el Gobierno del Municipio de Chihuahua,
Marco Antonio Bonilla Mendoza, a dicho del denunciante en su calidad de presidente municipal, aspirante y/o precandidato a Presidencia Municipal de Chihuahua y/o quien resulte responsable; por conductas que pudieran constituir promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y/o actos anticipados de precampaña y campaña, conductas previstas en los artículos 134, párrafos séptimo y octavo de la Constitución federal, 197, párrafos primero y segundo de la Constitución local, 256, numeral 1), incisos a), c) y f), 259, incisos a) y g) y 263, numeral 1), incisos c), d) e i), de la Ley Electoral