Chihuahua, Chihuahua; treinta de julio de dos mil veinticuatro.
Vista la cuenta y constancia que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de las que, se advierte el Informe Circunstanciado, signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua; formulado, con motivo del Procedimiento Especial Sancionador IEE-PES-226/2024, promovido por Jaime Lorenzo Trujillo Erives en su carácter de representante propietario del Partido Acción Nacional ante la Asamblea Municipal de Cuauhtémoc, en contra de Marcelo Alberto Ramírez Flores, en su carácter de candidato a presidente municipal de Cuauhtémoc y en contra de los partidos políticos del Trabajo y Morena por la presunta comisión de conductas que pudieran constituir violaciones a la nomatividad electoral derivado de la entrega de artículos promocionales utilitarios no textiles, entrega de materiales en las que se oferta un servicio que brinda un beneficio directo e inmediato y la difusión de propaganda politico electoral donde se desprende la aparición de personas menores de edad sin haberse cumplentado los requisitos para ello; con fundamento en los artículos 295 numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso c); 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción XIX, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; punto PRIMERO de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador; se
ACUERDA:
PRIMERO. Fórmese y Regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la
clave PES-476/2024 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.
SEGUNDO. Previo. Previo a asumir el expediente para la revisión y resolución del Procedimiento Especial Sancionador por parte de la Magistrada Socorro Roxana García Moreno, remítanse a la Secretaría General los autos del procedimiento especial sancionador en que se actúa, a fin de que se verifique la correcta integración e instrucción del mismo.
TERCERO. Informe. Una vez realizada la verificación, dese cuenta de la misma mediante informe a la presidencia de este Tribunal, para los efectos legales a que haya lugar.
NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.