Chihuahua, Chihuahua; cuatro de julio de dos mil veintitrés.
Vista la constancia y cuenta que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de las cuales se advierte el informe circunstanciado remitido por Yanko Durán Prieto en su carácter de Consejera Presidenta del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, relativo al Recurso de Apelación promovido por José Luis Olivas Salgado, en su carácter de representante común de las personas promoventes del del Instrumento de Participación Ciudadana IEE-IPC-03/2023, en contra de la resolución del Consejo Estatal IEE/CE79/2023, por la que se declaró improcedente la solicitud de desistimiento del proceso de revocación de mandato del cargo de presidente municipal del ayuntamiento de Juárez; con fundamento en los artículos 295, numeral 1, inciso a), y 299, numeral 2), inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 96, 97 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se
ACUERDA:
PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave RAP-039/2023 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.
SEGUNDO. Turno. Por razón de orden alfabético se turna el expediente en que se actúa al Magistrado Hugo Molina Martínez para la sustanciación y resolución del mismo.
NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.