Chihuahua, Chihuahua; a veintiséis de octubre de dos mil veintiuno
Vista la constancia y cuenta que remite el Secretario General en Funciones al Magistrado Presidente de este Tribunal, de las cuales se advierte el oficio identificado con la clave IEE-DJ-473/2020 relativo al escrito de demanda promovido por Roxana Lara García, mediante el que promueve un juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales entre el Instituto Estatal Electoral y sus servidoras o servidores públicos; con fundamento en los artículos 295, numeral 1, inciso a), numeral 3, inciso b) y 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 31, 96 y 97 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se
ACUERDA:
PRIMERO. Fórmese expediente y regístrese con la clave JCL-488/2021en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.
SEGUNDO. Se turna el expediente en que se actúa al magistrado Jaques Adrián Jácquez Flores, para la sustanciación y resolución del mismo.
NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.
Así lo acordó y firma el magistrado presidente Julio César Merino Enríquez, ante el secretario general en funciones Luis Ramón Ramos Valenzuela, con quien actúa y da fe. DOY FE.
JUICIO PARA DIRIMIR LOS CONFLICTOS O DIFERENCIAS LABORALES ENTRE EL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL Y SUS SERVIDORAS O SERVIDORES
EXPEDIENTE: JCL-488/2021
ACTORA: ROXANA LARA GARCÍA
PARTE DEMANDADA: INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE CHIHUAHUA.
MAGISTRADO INSTRUCTOR: JACQUES ADRÍAN JÁCQUEZ FLORES
Chihuahua, Chihuahua; tres de noviembre de dos mil veintiuno.[1]
VISTOS: 1. La documentación descrita en la constancia de fecha veintiséis de octubre, emitida por el Secretario General, por medio de la cual hace constar la recepción del expediente en que se actúa; y 2. El acuerdo de fecha veintiséis de octubre, emitido por el Magistrado Presidente, por el que se forma, registra y turna a esta ponencia el expediente identificado con la clave JCL-488/2021 integrado con motivo del Juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales entre el Instituto Estatal Electoral de Chihuahua y sus servidoras y servidores, interpuesto por Roxana Lara García.
Con fundamento en el artículo 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 293, numerales 1 y 2; 295, numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso g); 297, numeral 1, inciso m); 303, numeral 1, inciso e), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, párrafo primero, fracciones I y V; y 134, numeral 3, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se
ACUERDA:
- RECEPCIÓN. Se tiene por recibido el expediente identificado con la clave JCL-488/2021.
- REQUERIMIENTOS. Previo a la admisión del presente asunto, se requiere al Instituto Estatal Electoral, para que en un término no mayor a tres días hábilescontados a partir de la notificación del presente proveído, indique si Mario Porras Yáñez laboraba en dicha institución, de ser así, informe lo siguiente:
- El concepto y monto de todas las percepciones, tales como sueldo compensación, aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, despensa, vales de gasolina y demás prestaciones y retribuciones que recibía.
- El monto económico y concepto de todas las percepciones, compensaciones y prestaciones señaladas en el inciso anterior que quedaron pendientes de pago con motivo de su fallecimiento.
- Las prestaciones de seguridad social, como lo son: seguros de vida o de algún otro tipo, fideicomisos, ahorros y fondo para retiro, fondo de vivienda, y demás prestaciones de tal carácter que tuviese y en su caso los montos económicos y sus conceptos con derecho a reclamación.
- Si obra en sus expedientes documento alguno respecto a declaración de beneficiarios.
NOTIFÍQUESE en términos de ley
Así lo acordó y firma el magistrado instructor Jacques Adrián Jácquez Flores, en presencia del secretario general en funciones, Luis Ramón Ramos Valenzuela. Con quien actúa y da fe. DOY FE.-
JAJF/cnmo
[1] Las fechas a las que se hace referencia en el presente fallo corresponden al año dos mil veintiuno, salvo que se especifique lo contrario.
Chihuahua, Chihuahua, a cuatro de enero de dos mil veintidós.
Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave JCL-488/2021, con fundamento en los artículos 297, numeral 1, incisos d) y m) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua y 18; 19, fracción I; 32, fracciones XVI y XVII; y 113 del Reglamento Interior de este Tribunal, se
ACUERDA:
PRIMERO. En virtud de que no existe diligencia alguna por desahogar, ni requerimiento por formular en relación a los beneficiarios de Mario Porras Yañez, remítase a la Secretaría General de este Tribunal la interlocutoria correspondiente para los efectos procesales y legales que haya lugar; asimismo, se ordena entregar copia de la misma a la magistrada y a los magistrados que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quién realiza la propuesta.
SEGUNDO. Se solicita al Magistrado Presidente que, en el término de ley, convoque al Pleno de este Tribunal a sesión privada para la resolución de la sentencia interlcutoria por la que se declaran los beneficiarios de Mario Porraas Yañez.
NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.
Así lo acordó y firma el magistrado instructor Jacques Adrián Jácquez Flores ante la presencia del secretario general en funciones, Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez Con quien actúa y da fe. DOY FE.-
Chihuahua, Chihuahua; cinco de enero de dos mil veintidós.
Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave JCL-488/2021, con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18, del Reglamento Interior de este Tribunal, se
ACUERDA:
PRIMERO. Se convoca a sesión privada de Pleno a través de videoconferencia, que para tal efecto dispone la Coordinación de Sistemas del Tribunal, que habrá de celebrarse a las catorce horas de los corrientes, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.
SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a los magistrados que integran este Tribunal.
NOTIFÍQUESE en términos de ley.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante en el Secretario General Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.
Chihuahua, Chihuahua; veinticuatro de enero de dos mil veintidós.
VISTO: La sentencia interlocutoria de cinco de enero de dos mil veintidós, y con fundamento en los artículos 295 numerales 1,2,3 inciso g) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, el artículo 134, numeral 1 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, así como lo dispuesto en los LINEAMIENTOS PARA LA TRAMITACIÓN DE LOS JUICIOS PARA DIRIMIR LOS CONFLICTOS O DIFERENCIAS ENTRE EL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL O EL TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL Y SUS SERVIDORES(en adelante Lineamientos), se
ACUERDA:
ÚNICO. Se señalan las DOCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA VEINTISIETE DE ENERO DE DOS MIL VEINTIDÓS, para que tenga verificativo la AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN, ADMISIÓN Y DESAHOGO DE PRUEBAS Y ALEGATOS.
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 13 de los Lineamientos, se señala que la audiencia se celebrará, independientemente de la comparecencia de las partes, quienes de común de acuerdo y sólo por una vez, podrán solicitar la suspensión de la audiencia, a fin de contar con mayor oportunidad de conciliarse.
En consecuencia, se ordena a la Secretaría General de este Tribunal, notifique de manera personal a las partes, a fin de que comparezcan a la audiencia anteriormente señalada.
Así lo acordó y firma el magistrado instructor Jacques Adrián Jácquez Flores, en presencia del secretario general Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez. Con quien actúa y da fe. DOY FE.-
JAJF/cnmo
JCL-488/2021
Chihuahua, Chihuahua; a veintiséis de enero del dos mil veintidós.
VISTOS: 1) El escrito promovido por el Licenciado Jorge Emilio Hernández Mata, apoderado y mandatario general para pleitos y cobranzas, para actos de administracion de la C. Roxana Lara García emitido el veintiséis de enero mediante el cual solicita se difiera la audiencia de conciliación, admisión y desahogo de pruebas y alegatos fijada el veintisiete de enero, por cuestiones del virus COVID-19. 2) El poder y mandato general para pleitos y cobranzas, para actos de administración que otorga la señora Roxana Lara García en favor del señor Jorge Emilio Hernández Mata de fecha veinticinco de enero. 3) La cuenta del veintiséis de enero, por el cual el Secretario General da cuenta al Magistrado Instructor de la documentación descrita en la constancia anterior.
Con fundamento en los artículos 297, numeral 1, inciso m), 303, numeral 1, inciso e) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y los artículos 134 al 141 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, así como en los dispuesto en los LINEAMIENTOS PARA LA TRAMITACIÓN DE LOS JUICIOS PARA DIRIMIR LOS CONFLICTOS O DIFERENCIAS ENTRE EL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL O EL TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL Y SUS SERVIDORES, se
ACUERDA:
PRIMERO. De conformidad con lo anterior, se difiere la audiencia fijada en fecha veintisiete de enero de dos mil veintidós a las doce horas con treinta minutos, señalando las DOCE HORAS DEL DÍA PRIMERO DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTIDÓS para que tenga verificativo la AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN, ADMISIÓN Y DESAHOGO DE PRUEBAS Y ALEGATOS.
Lo anterior de conformidad, con lo dispuesto en el numeral 13 de los Lineamientos, mismos que señalan que la audiencia se celebrará, independientemente de la comparecencia de las partes, quienes de común de acuerdo y sólo por una vez, podrán solicitar la suspensión de la audiencia, a fin de contar con mayor oportunidad de conciliarse.
SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General de este Tribunal agregue la documentación descrita a los autos del expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes.
En consecuencia, se ordena a la Secretaría General de este Tribunal, notifique de manera personal a las partes, a fin de que comparezcan a la audiencia anteriormente señalada.
Así lo acordó y firma el magistrado instructor Jacques Adrián Jácquez Flores, ante el Secretario General, Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.
JCL-488/2021
Chihuahua, Chihuahua; a treinta y uno de enero del dos mil veintidós.
VISTOS: 1) El escrito presentado por el Licenciado Jorge Emilio Hernández Mata en fecha veintisiete de febrero, mediante el cual señala nuevo domicilio procesal el Despacho ubicado en Periférico de la Juventud, número 5955, Edificio G3, Piso 1, Local 2 de esta ciudad. 2) Copia certificada de cédula profesional del suscrito, número 3868993, con efectos de patente para ejercer profesionalmente el nivel de licenciatura de Derecho, expedida por la Dirección General de Profesiones de las Secretaría de Educación Pública. 3) La cuenta del veintisiete de enero, por el cual el Secretario General da cuenta al Magistrado Instructor de la documentación descrita en la constancia anterior.
Con fundamento en los artículos 297, numeral 1, inciso m), 303, numeral 1, inciso e) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y los artículos 134 al 141 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, así como en los dispuesto en los LINEAMIENTOS PARA LA TRAMITACIÓN DE LOS JUICIOS PARA DIRIMIR LOS CONFLICTOS O DIFERENCIAS ENTRE EL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL O EL TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL Y SUS SERVIDORES, se
ACUERDA:
PRIMERO. Se le tiene señalando como nuevo domicilio para oír y recibir toda clase de documentos y notificaciones, en el Despacho ubicado en Periférico de la Juventud, número 5955, Edificio G3, Piso 1, Local 2 de esta ciudad.
SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General de este Tribunal agregue la documentación descrita a los autos del expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes.
Así lo acordó y firma el magistrado instructor Jacques Adrián Jácquez Flores, ante el Secretario General, Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.
Chihuahua, Chihuahua; primero de febrero de dos mil veintidós.
VISTOS: 1) El poder y mandato general para pleitos y cobranzas, el poder y mandato para actos de administración en materia laboral que otorga la C. Roxana Lara García en favor del C. Jorge Emilio Hernández Mata de fecha veinticinco de enero, bajo la fe del Licenciado José Antonio Chávez López, Notario Auxiliar de la Notaría Pública Número Nueve del Distrito Judicial Morelos del Estado de Chihuahua, así como la copia certificada de cédula profesional del suscrito, número 3868993, con efectos de patente para ejercer profesionalmente el nivel de licenciatura de Derecho, expedida por la Dirección General de Profesiones de las Secretaría de Educación Pública. 2) La copia certificada del poder notarial amplísimo para pleitos y cobranzas, otorgado por el licenciado Adrián Javier Contreras Sánchez, adscrito a la Notaría Pública número veintiuno, en funciones de Notario, por separación de su Titular, licenciada Mónica Esnayra Pereyra; a través del cual, se nombra como apoderados para que comparezcan al presente juicio, ya sea de forma conjunta o separada, a los licenciados en Derecho, Arturo Muñoz Aguirre, María del Carmen Ramírez Díaz, Helvia Pérez Albo y Mariselva Orozco Ibarra, otorgado por la Consejera Presidenta del Instituto Estatal Electoral, Yanko Durán Prieto, y con fundamento en los artículos 295 numerales 1,2,3 inciso g) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, el artículo 134, numeral 1 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, así como lo dispuesto en los LINEAMIENTOS PARA LA TRAMITACIÓN DE LOS JUICIOS PARA DIRIMIR LOS CONFLICTOS O DIFERENCIAS ENTRE EL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL O EL TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL Y SUS SERVIDORES y el artículo 692 de la Ley Federal del Trabajo, se
ACUERDA:
PRIMERO. Se le reconoce personalidad a Jorge Emilio Hernández Mata, en su cáracter de apoderado, para pleitos y cobranzas, así como de administración en materia laboral que otorga la C. Roxana Lara García a su favor.
SEGUNDO. Se les reconoce personalidad a Arturo Muñoz Aguirre, María del Carmen Ramírez Díaz, Helvia Pérez Albo y Mariselva Orozco Ibarra, todos en su cáracter de apoderados para pleitos y cobranzas del Instituto Estatal Electoral, en representación de la Consejera Presidenta de dicho Instituto.
Así lo acordó y firma el magistrado instructor Jacques Adrián Jácquez Flores, en presencia del secretario general Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez. Con quien actúa y da fe. DOY FE.-
JAJF/cnmo
Chihuahua, Chihuahua; dos de febrero de dos mil veintidós.
VISTOS: 1) El acta circunstanciada de la conciliación, admisión, desahogo de pruebas y alegatos de fecha de primero de febrero de dos mil veintidós y con fundamento en los artículos 295 numerales 1,2,3 inciso g) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, el artículo 134, numeral 1 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, así como lo dispuesto en los LINEAMIENTOS PARA LA TRAMITACIÓN DE LOS JUICIOS PARA DIRIMIR LOS CONFLICTOS O DIFERENCIAS ENTRE EL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL O EL TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL Y SUS SERVIDORES y el artículo 692 de la Ley Federal del Trabajo, se
ACUERDA:
ÚNICO. Se difiere la audiencia, señalando como nueva fecha el martes ocho de febrero de 2022, a las doce horas con treinta minutos, para que tenga verificativo la audiencia de conciliación, admisión y desahogo de alegatos de pruebas y alegatos.
En consecuencia, se ordena a la Secretaría General de este Tribunal, notifique de manera personal a las partes, a fin de que comparezcan a la audiencia anteriormente señalada.
Así lo acordó y firma el magistrado instructor Jacques Adrián Jácquez Flores, en presencia del secretario general Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez. Con quien actúa y da fe. DOY FE.
JAJF/cnmo
Chihuahua, Chihuahua; veintiuno de febrero de dos mil veintidós.
VISTO: La documentación descrita en la constancia emitida por el Secretario General de fecha dieciocho de febrero de dos mil veintidós, por medio de la cual se da cuenta del escrito presentado por Jorge Emilio Hernández Mata, en el cual solicita la devolución del Poder y Mandato General para Pleitos y Cobranzas y Actos de Administración bajo la fe del Licenciado José Antonio Chávez López, en su carácter de Notario Auxiliar de la Notaría Pública Número Nueve del Distrito Judicial Morelos, otorgado por la C. Roxana Lara García a favor del mismo, y con fundamento en los artículos 295 numerales 1,2,3 inciso g) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, el artículo 134, numeral 1 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, así como lo dispuesto en los LINEAMIENTOS PARA LA TRAMITACIÓN DE LOS JUICIOS PARA DIRIMIR LOS CONFLICTOS O DIFERENCIAS ENTRE EL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL O EL TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL Y SUS SERVIDORES y el artículo 692 de la Ley Federal del Trabajo, se
ACUERDA:
ÚNICO. Se ordena a la Secretaría General de este Tribunal, se devuelva el Poder y Mandato General anteriormente descrito, de igual manera, se solicita que se integren copias certificadas del mismo, en el lugar en donde originalmente se encontraban.
Así lo acordó y firma el magistrado instructor Jacques Adrián Jácquez Flores, en presencia del secretario general Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez. Con quien actúa y da fe. DOY FE.
JAJF/cnmo
JCL-488/2021
Chihuahua, Chihuahua; a veinticuatro de febrero del dos mil veintidós.
Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave JCL-488/2021, con fundamento en los artículos 297, numeral 1, incisos d) y m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 145 y 32 fracciones XVI y XVII del Reglamento Interior de este Tribunal, se
ACUERDA
PRIMERO. Cierre de instrucción. En virtud de que no existe diligencia alguna por desahogar, ni requerimiento por formular, se declara cerrada la etapa de instrucción.
SEGUNDO. Se remite proyecto. Remítase a Secretaría General de este Tribunal el proyecto de resolución elaborado; así como el expediente en que se actúa para los efectos legales a que haya lugar.
TERCERO. Entrega proyecto. Se instruye al Secretario General de este Tribunal, entregar copia del proyecto de resolución a la Magistrada y Magistrados que integran el Pleno de este enté público para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.
CUARTO. Solicitud de convocatoria. Se solicita a la Magistrada Presidenta que convoque al Pleno a sesión privada para la resolución del juicio en que se actúa.
NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.
Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor Jacques Adrián Jácquez Flores ante el Secretario General Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.
Chihuahua, Chihuahua; veintiocho de febrero de dos mil veintidós.
Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave JCL-488/2021, con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18, del Reglamento Interior de este Tribunal, se
ACUERDA:
PRIMERO. Se convoca a sesión privada de Pleno, en las instalaciones del Tribunal Estatal Electoral, que habrá de celebrarse a las doce horas del martes primero de marzo de dos mil veintidós, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.
SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a los magistrados que integran este Tribunal.
NOTIFÍQUESE en términos de ley.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante en el Secretario General Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.
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