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Expediente JDC-294/2021

01_Forma registra y turno JDC-294/2021

Chihuahua, Chihuahua; veintiuno de junio de dos mil veintiuno.

Vista la constancia y cuenta que remite el Secretario General al Magistrado Presidente de este Tribunal, de las cuales se advierte el medio de impugnación promovido por Emigdio Gutiérrez Armendáriz, candidato a Síndico Municipal de Huejotitan por el Partido Acción Nacional, en contra de la declaración de validez de la elección de  sindicatura; con fundamento en los artículos 295, numeral 1, inciso a), numeral 3, inciso b) y 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 96 y 97 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave JDC-294/2021 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

 

SEGUNDO. Turno. Se turna el expediente en que se actúa al Magistrado César Lorenzo Wong Meraz, para la sustanciación y resolución de este.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez, ante el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Recepción y requerimiento JDC-294/2021

Chihuahua, Chihuahua, a veintidós de junio de dos mil veintiuno.

VISTOS: 1. La documentación descrita por la Secretaría General en la constancia de fecha veinte de junio de dos mil veintiuno; 2. El documento de veintiuno de junio del presente año, por medio del cual se da cuenta de la recepción del expediente en que se actúa; y 3. El acuerdo emitido por el Magistrado Presidente de este Tribunal en la misma fecha, por el que se forma, registra y se turna a esta ponencia el expediente identificado con la clave JDC-294/2021, integrado con motivo del juicio para la protección de los derechos políticos y electorales de la ciudadanía interpuesto por Emigdio Gutiérrez Armendáriz en contra de la declaración de validez de la elección de sindicatura en el municipio de Huejotitán, emitida el nueve de junio de dos mil veintiuno por la Asamblea Municipal de Huejotitán del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua. Con fundamento en los artículos 36, párrafos tercero y cuarto; así como el 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso b); 293, numerales 1 y 2; 295, numeral 1, inciso a) y numeral 3, incisos b); 297, numeral 1, incisos d) y m); 303, numeral 1, inciso d); 308, numeral 1, incisos a) al h); 317, numeral 1, inciso d); 325; 330, numeral 1, inciso b); 365, numeral 1) inciso a); 366 numeral 1) inciso g) y 370, de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 27, párrafo primero, fracciones I y V; 103, numeral 1 y 5; y 106, numeral 1, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA

  1. RECEPCIÓN. Se tiene por recibido el expediente identificado con la clave JDC-294/2021.
  2. RESERVA DE ADMISIÓN. Este Tribunal estima necesario efectuar diverso requerimiento de información a la autoridad responsable, por lo que se reserva de proveer con relación a la admisión del presente medio de impugnación.
  3. REQUERIMIENTO. Se requiere al Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, para que, dentro de las veinticuatro horas contadas a partir de la notificación del presente proveído, informe la siguiente información:
  1. La fecha en que fue publicada en estrados o se hizo de conocimiento de la ciudadanía la declaración de validez de la elección de Sindicatura del municipio de Huejotitán Chihuahua, relativa al proceso electoral 2020-2021.

 

NOTIFÍQUESE en conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el magistrado instructor César Lorenzo Wong Meraz, ante el secretario general Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

03_Cumplimiento JDC-294/2021

 

Chihuahua, Chihuahua; a veinticinco de junio de dos mil veintiuno.

VISTAS la constancia y cuenta que remite la Secretaría General al suscrito Magistrado Instructor, de la que se recibe diversa documentación relativa al cumplimiento ordenado en requerimiento realizado por medio del acuerdo; con fundamento en los artículos 297, numeral 1, inciso m) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 27 fracciones I y III, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Recepción de documentos. Se tiene por recibida la diversa documentación a la que se hace referencia, por tanto, se ordena agregar la misma y los anexos descritos en la constancia remitida por el Secretario General al expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes.

SEGUNDO. Cumplimiento. Téngase al Instituto Estatal Electoral, dando cumplimiento a lo ordenado por acuerdo de diez de mayo de dos mil veintiuno.

NOTIFÍQUESE conforme a derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el magistrado instructor César Lorenzo Wong Meráz, ante el secretario general Arturo Muñoz Aguirre, con quién actúa y da fe.

04_Circula y convoque JDC-294/2021

Chihuahua, Chihuahua; a veinticinco de junio de dos mil veintiuno.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave JDC-294/2021, con fundamento en los artículos 297, numeral 1, incisos d) y m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 32, fracciones XVI y XVII, y 112 del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de resolución elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de resolución a los magistrados que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.

SEGUNDO. Se solicita al Magistrado Presidente que en el término de ley, convoque al Pleno a sesión pública para la resolución del asunto en que se actúa.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el magistrado instructor Cesár Lorenzo Wong Meraz, ante en el secretario general Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

05_Convoca JDC-294/2021

Chihuahua, Chihuahua; veintiocho de junio de dos mil veintiuno.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave JDC-294/2021, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, así como el acuerdo de veintiuno de abril, en donde se aprobó la implementación de videoconferencias para la resolución de los medios de impugnación, con motivo de la contingencia sanitaria por el virus del COVID-19, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria Sesión Pública. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse a las catorce horas del martes veintinueve de junio del presente año, a través del sistema de videoconferencia, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la Magistrada y Magistrados que integran este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez, ante en el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre. DOY FE.

06_Sentencia JDC-294/2021
07_Agréguese documentación JDC-294/2021

Chihuahua, Chihuahua; tres de julio de dos mil veintiuno.

Vista la cuenta remitida por el Secretario General de este Tribunal, mediante la cual se hace constar la presentación del oficio IEE-DJ-239/2021, signado por Luis Eduardo Gutierrez Ruiz, encargado del Despacho de la Dirección Juridica del Instituto Estatal Electoral; con fundamento en el artículo 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, fracción III, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se

 

ACUERDA:

 

ÚNICO. Se tiene por recibida la documentación descrita y agréguese a los autos del expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes.

NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.

Así lo acordó y firma el magistrado presidente Julio César Merino Enriquez ante el secretario general Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

08_Presentación JDC JDC-294/2021

Chihuahua, Chihuahua; veintiuno de julio de dos mil veintiuno.

Visto el escrito presentado por Emigdio Gutiérrez Armendáriz, en su carácter de candidato por el Partido Acción Nacional, para Síndico del Ayuntamiento del Municipio de Huejotitán, mediante el cual interpone juicio para la protección de los derechos políticos y electorales de la ciudadanía en contra de la sentencia dictada por este Órgano Jurisdiccional en el expediente identificado con la clave JDC-294/2021; con fundamento en los artículos 17 y 18 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; y 26, fracción VIII del Reglamento Interior de este órgano jurisdiccional electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Téngase por recibido el escrito y agréguese copia certificada del mismo a los autos del expediente en que se actúa.

SEGUNDO. Se ordena dar aviso vía electrónica a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la presentación del juicio referido; en su oportunidad agréguese a los autos del presente expediente el acuse correspondiente.

TERCERO. Hágase del conocimiento público la presentación del escrito por el que se interpone el juicio en comento, adjuntando un ejemplar del medio de impugnación a la cédula que se fije en los estrados de este Tribunal por el término de setenta y dos horas, con la finalidad de que los interesados comparezcan en dicho plazo y aleguen lo que a su interés convenga.

CUARTO. Se instruye a la Secretaria General de este órgano jurisdiccional para que rinda el informe circunstanciado en los términos de lo dispuesto por el artículo 18, numeral 2 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

QUINTO. Remítase en términos del artículo 18, numeral 1 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, demanda de juicio de antecedentes, el informe circunstanciado señalado, así como el expediente que contiene la resolución impugnada, previa copia certificada que autorice la Secretaria General de este Tribunal de dicho expediente y con este, fórmese y regístrese cuadernillo en el libro de gobierno respectivo.

SEXTO. Una vez transcurrido el plazo de setenta y dos horas que prescribe el artículo 17, numeral 1, inciso b), de la ley antes citada, remítase por la vía más expedita, si es el caso, los escritos que se hubieran recibido en relación a este asunto o en su defecto la certificación que expida la Secretaria General si en dicho término no fue presentado escrito alguno. Infórmese lo anterior vía correo electrónico a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el magistrado presidente Julio César Merino Enríquez ante el secretario general, Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

09_Agréguese y archivo JDC-294/2021

Chihuahua, Chihuahua; a treinta y uno de mayo de dos mil veintidós.

Vista la cuenta que remite la Secretaría General a la suscrita Magistrada Presidenta, de la que se advierte NOTIFICACIÓN POR OFICIO MEDIANTE MENSAJERÍA ESPECIALIZADA por Daniel Bailón Fonseca, Actuario Regional de Sala Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, mediante la cual notifica a este Tribunal, en calidad de autoridad responsable, el acuerdo dictado el veintiséis de mayo de dos mil veintidós por la Magistrada Gabriela Eugenia del Valle Pérez, Presidenta Interina de la Sala Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el expediente identificado con la clave SG-JDC-838/2021 y su acumulado SG-JDC-839/2021, vinculado con el expediente JDC-294/2021 del índice de este órgano jurisdiccional; con fundamento en los artículos 297, inciso m) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracciones XIV y XIX, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción de documentos. Se tiene por recibida la diversa documentación a la que se hace referencia, por tanto, se ordena agregar la misma y sus anexos al expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes.

SEGUNDO. Archivo. Derivado del acuerdo dictado por la Sala Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, así como la devolución de las constancias del expediente de referencia, archívese el presente como asunto total y definitivamente concluido.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante el Secretario General Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.