Chihuahua, Chihuahua; a veintiséis de octubre de dos mil veintiuno.
Vista la constancia y cuenta que remite el Secretario General en funciones al Magistrado Presidente de este Tribunal, de las cuales se advierte el informe circunstanciado relativo al medio de impugnación promovido por Ricardo Jesús de la Rosa Córdova, Sergio Edmundo Cisneros, Javier Arvizo, Mónica Reyes G. Y Rafael Ortíz S., por medio del cual promueven juicio electoral en contra del acuerdo de dieciocho de octubre de dos mil veintiuno, dictado por la Consejera Presidenta de la Comisión de Seguimiento a las Actividades de Cívica y Participación Ciudadana del Instituto Estatal Electoral; con fundamento en los artículos 295, numeral 1, inciso a), numeral 3, inciso b) y 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 31, 96 y 97 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se
ACUERDA:
ÚNICO. Fórmese expediente y regístrese con la clave JE-487/2021 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.
NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.
Así lo acordó y firma el magistrado presidente Julio César Merino Enríquez, ante el secretario general en funciones Luis Ramón Ramos Valenzuela, con quien actúa y da fe. DOY FE
JUICIO ELECTORAL
EXPEDIENTE: JE-487/2021
ACTORES: RICARDO JESÚS DE LA ROSA CÓRDOVA Y OTROS
AUTORIDAD RESPONSABLE: COMISIÓN DE SEGUIMIENTO EN LAS ACTIVIDADES DE EDUCACIÓN CÍVICA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE CHIHUAHUA
MAGISTRADO PRESIDENTE: JULIO CÉSAR MERINO ENRÍQUEZ
Chihuahua, Chihuahua, veintiocho de octubre de dos mil veintiuno.[1]
VISTO: El estado que guardan los autos del expediente en que se actúa, con fundamento en los artículos 297, numeral 1, incisos a) y b); 299, inciso u); de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18; 26, fracción XIX; 27, fracciones I, III, XX; 31; 32, fracciones II, III, XVII y XXIX; así como 113 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se
ACUERDA:
- Recepción. Se tiene por recibido el expediente identificado con la clave JE-487/2021, para los efectos legales a los que haya lugar.
- Circulación de proyecto. Remítase a la Secretaria General de este Tribunal, el proyecto de acuerdo elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto del acuerdo a la Magistrada y los Magistrados que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.
- Convocatoria Se convoca a sesión privada de pleno a través del sistema de videoconferencia, que para tal efecto dispone la coordinación de sistemas del Tribunal, que habrá de celebrarse para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda al presente asunto.
Se ordena a la Secretaría General hacer entrega de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la Magistrada y los Magistrados que integran este tribunal.
- Domicilio Procesal. Se autorizan como domicilios para oír y recibir notificaciones los señalados en el escrito inicial. [2]
NOTIFÍQUESE en términos de ley.
Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez ante el Secretario General en funciones, Luis Ramón Ramos Valenzuela, con quien actúa y da fe. DOY FE.
[1] Las fechas del presente fallo corresponden al año dos mil veintiuno.
[2] Visible en foja 8 del expediente.
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