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Expediente JIN-320/2021

01_Forma registra y turno JIN-320/2021

Chihuahua, Chihuahua; veintitrés de junio de dos mil veintiuno.

Vista la constancia y cuenta que remite el Secretario General al Magistrado Presidente de este Tribunal, de las cuales se advierte el informe circunstanciado relativo al juicio inconformidad promovido por Greycy Marian Durán Alarcón, en su carácter de representante de Morena, en contra del cómputo distrital y la declaración de validez correspondiente al distrito 14; con fundamento en el artículo 295, numeral 1, inciso a), numeral 3, inciso b) y 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 96, numeral 1, fracción II, 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese expediente con la clave JIN-320/2021 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

SEGUNDO. Turno. Se turna el expediente en que se actúa para la sustanciación y resolución al Magistrado Jacques Adrián Jácquez Flores, al guardar relación con el diverso JIN-298/2021, el cual fue turnado para los mismos efectos a su ponencia.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez, ante el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Reserva de admisión JIN-320/2021

Chihuahua, Chihuahua; a veinticinco de junio de dos mil veintiuno.

Visto el acuerdo dictado por el Magistrado Presidente de este Tribunal, por medio del cual se turna a esta ponencia el juicio de inconformidad de clave JIN-320/2021, promovido por la representación del Partido MORENA, ante la Asamblea Municipal de Cuauhtémoc del Instituto Estatal Electoral, y toda vez que de un análisis preliminar, del mismo se advierten deficiencias que deben ser subsanadas, lo procedente es requerir diversa documentación, a efecto de complementar la información ofrecida por el denunciante para su sustanciación y resolución, así como para el cumplimiento de los requisitos especiales de procedencia del medio de impugnación promovido.

En virtud de lo anterior, con fundamento en los artículos 297, numeral 1), inciso m), 308, numeral 1), inciso c) y e), 331, numeral 3 y 377 numerales 1) y 2) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como el relativo 27, fracciones III, V y XIX del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA

 

PRIMERO. Reserva de admisión. Toda vez que del oficio presentado, se advierten deficiencias que deben ser subsanadas, este Tribunal se reserva la admisión de la misma.

 

SEGUNDO. Emisión de copias certificadas. Por ser un hecho notorio para este Magistrado instructor los autos y constancias del expediente identificado con clave JIN-298/2021 promovido por el partido Nueva Alianza Chihuahua, se requiere a la Secretaría General de este órgano jurisdiccional, emita copias certificadas de los autos (fojas 36 a la 79) que obran en el expediente mencionado, de los cuales constan lo siguiente:

  • Acta de Computo Distrital de la Elección para las Diputaciones Locales de Mayoría Relativa del Distrito 14.
  • Constancia de Mayoría y Validez de la Elección para las Diputaciones Locales del Distrito 14.
  • Declaratoria de Validez de la Elección de Diputaciones Locales de Mayoría Relativa del Distrito Electoral Local 14, identificada con la clave IEE/AM017/289/2021.
  • Acta Circunstanciada de la Sesión de Cómputo Municipal de la Asamblea Municipal de Cuauhtémoc para el Proceso Electoral 2020-2021, y sus anexos.

TERCERO. Domicilio para oir y recibir notificaciones. De acuerdo con el escrito inicial de demanda se tiene a la impugnante señalando domicilio para oir y recibir notificaciones el ubicado en calle Lerdo, numero 410 entre calle cuarta y sexta, colonia Barrio Viejo, en la ciudad de Cuauhtémoc, Chih.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el magistrado instructor Jacques Adrián Jácquez Flores, ante el secretario general Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

03_Circula y convoque JIN-320/2021

Chihuahua, Chihuahua, a veintiocho de junio de dos mil veintiuno.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave JIN-320/2021, con fundamento en los artículos 297, numeral 1, incisos d) y m) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua y 18; 19, fracción I; 32, fracciones XVI y XVII; y 113 del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. En virtud de que no existe diligencia alguna por desahogar, ni requerimiento por formular, y dado que el expediente en que se actúa se encuentra debidamente sustanciado SE DECLARA CERRADA LA ETAPA DE INSTRUCCIÓN, y se deja en estado de resolución el expediente en que se actúa.

SEGUNDO. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal proyecto de resolución elaborado en el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de resolución a la magistrada y a los magistrados que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quién realiza la propuesta.

TERCERO. Se solicita al Magistrado Presidente que, en el término de ley, convoque al Pleno a sesión pública para la resolución del juicio en que se actúa.

NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.

Así lo acordó y firma el magistrado instructor Jacques Adrián Jácquez Flores ante el secretario general Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

04_Convoca JIN-320/2021

Chihuahua, Chihuahua; veintiocho de junio de dos mil veintiuno.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave JIN-320/2021, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, así como el acuerdo de veintiuno de abril, en donde se aprobó la implementación de videoconferencias para la resolución de los medios de impugnación, con motivo de la contingencia sanitaria por el virus del COVID-19, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria Sesión Pública. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse a las catorce horas del veintinueve de junio del presente año, a través del sistema de videoconferencia, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la Magistrada y Magistrados que integran este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez, ante en el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre. DOY FE.

05_Sentencia JIN-320/2021
06_Agréguese documentación JIN-320/2021

Chihuahua, Chihuahua; tres de julio de dos mil veintiuno.

 

Vista la cuenta remitida por el Secretario General de este Tribunal al suscrito Magistrado Presidente, mediante la cual se hace constar la presentación del oficio IEE-DJ-240-2021, signado por Luis Eduardo Gutiérrez Ruíz, Encargado del Despacho de la Dirección Jurídica del Instituto Estatal Electoral, mediante el cual remite la documentación descrita en el oficio en mención; con fundamento en el artículo 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, fracción III, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se

ACUERDA:

 

ÚNICO. Agréguese. Agréguese la documentación de cuenta a los autos del expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes.

 

NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez ante el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.