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Expediente JIN-347/2021

01_Forma registra y turna JIN-347/2021

Chihuahua, Chihuahua; veinticuatro de junio de dos mil veintiuno.

Vista la constancia y cuenta que remite el Secretario General al Magistrado Presidente de este Tribunal, de las cuales se advierte el informe circunstanciado relativo al juicio inconformidad promovido por Hever Quezada Flores, en su carácter de representante propietario del Partido Verde Ecologista de México, ante el Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral, en contra de la elección de Diputado por el Principio de Mayoría Relativa del Distrito Electoral Local 15; con fundamento en los artículos 295, numeral 1, inciso a), numeral 3, inciso b) y 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 96, numeral 1, fracción II, 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Fórmese expediente y regístrese con la clave JIN-347/2021 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

SEGUNDO. Se turna el expediente en que se actúa al Magistrado Hugo Molina Martínez, para la sustanciación y resolución de este, al tener relación con el diverso expediente JIN-332/2021 que le fue turnado para los mismos efectos a su ponencia.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el magistrado presidente Julio César Merino Enríquez, ante el secretario general Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Admisión JIN-347/2021
03_Requerimiento JIN-347/2021

JUICIO DE INCONFORMIDAD

 

EXPEDIENTE: JIN-347/2021

 

ACTOR: PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

 

AUTORIDAD RESPONSABLE: ASAMBLEA MUNICIPAL DE CHIHUAHUA DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL

 

MAGISTRADO INSTRUCTOR: HUGO MOLINA MARTÍNEZ

 

Chihuahua, Chihuahua, a quince de julio de dos mil veintiuno.[1]

 

VISTOS, el estado que guardan los presentes autos, y estando dentro del periodo de instrucción, con fundamento en los artículos 330, numeral 1, y 331 de la Ley Electoral del Estado, y 27, párrafo primero, fracción I, y 109, numeral 1, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Requerimiento. Por ser necesario para la resolución del presente asunto, para mejor proveer, se requiere a los partidos Verde Ecologista de México; Nueva Alianza Chihuahua; Encuentro Solidario, y del Trabajo, a efecto de que, dentro del término de veinticuatro horas, contadas a partir de la notificación del presente, proporcionen a este Tribunal Electoral, lo siguiente:

 

  1. Actas de la jornada electoral de las casillas; 897 Contigua 1; 906 Básica; 3183 Básica; y 3212 Básica.

 

 Lo anterior, bajo el apercibimiento en el sentido de que, de no proporcionar lo solicitado, se resolverá con las constancias que obren en autos.

 

 

NOTIFÍQUESE, en términos de ley.

 

Así lo acordó y firma, el magistrado Hugo Molina Martínez, ante Arturo Muñoz Aguirre, Secretario General, con quien actúa y da fe. DOY FE.

 

 

 

 

[1] Las fechas a las que se hace referencia en el presente acuerdo corresponden al año dos mil veintiuno, salvo se especifique lo contrario.

Acumulado