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Expediente JIN-365/2021

01_Forma registra y turno JIN-365/2021

Chihuahua, Chihuahua; veintiséis de junio de dos mil veintiuno.

Vista la constancia y cuenta que remite el Secretario General al Magistrado Presidente de este Tribunal, de las cuales se advierte el informe circunstanciado relativo al juicio inconformidad promovido por Miguel Ángel Villa Acosta, en su carácter de representante propietario del Partido Encuentro Solidario, en contra de la legalidad del cómputo, la declaración de validez, así como el otorgamiento de la constancia de mayoría y validez de la elección para las Diputaciones Locales del Distrito 10; con fundamento en el artículo 295, numeral 1, inciso a), numeral 3, inciso b) y 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 96, numeral 1, fracción II, 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese expediente con la clave JIN-365/2021 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

SEGUNDO. Turno. Por razón de orden alfabético se turna el expediente en que se actúa al Magistrado Jacques Adrián Jácquez Flores, para la sustanciación y resolución del mismo.

TERCERO. Cuadernillos accesorios. Derivado del volumen de las constancias del expediente en que se actúa, fórmense los cuadernillos accesorios necesarios a fin de integrar debidamente la documentación del expediente electoral objeto del presente medio de impugnación.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez, ante el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Admisión JIN-365/2021
03_Acumulación JIN-365/2021

JUICIO DE INCONFORMIDAD

EXPEDIENTE: JIN-365/2021

ACTOR: PARTIDO ENCUENTRO SOLIDARIO, PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

AUTORIDAD RESPONSABLE: ASAMBLEA MUNICIPAL ELECTORAL DE JUÁREZ DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE CHIHUAHUA

MAGISTRADO INSTRUCTOR: JACQUES ADRIÁN JÁCQUEZ FLORES

Chihuahua, Chihuahua, a seis de julio de dos mil veintiuno.

VISTOS: Del JIN 365, la documentación descrita en la constancias emitidas por el Secretario General, por medio de las cuales se da cuenta de; a) La recepción del expediente en que se actúa, y b) El oficio correspondiente al informe circunstanciado IEE-AM037-1234BIS/2021  del pasado veinte de junio de dos mil veintiuno. Se acompaña la información siguiente: 1. Escrito de Juicio de Inconformidad, presentado por Miguel Ángel Villa Acosta en su carácter de representante propietario del Partido Encuentro Social ante la Asamblea Municipal de Juárez del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua. 2. Cédula de publicación por estrados medio de impugnación del veinte de junio del presente año, signada por Alvar Guadalupe López Bojórquez, Secretario de la Asamblea Municipal de Juárez. 3. Constancia de retiro de publicación de medio de impugnación del veintitrés de los corrientes con firma autógrafa de Yamilex Gutiérrez Valenzuela, Jefa del Departamento Jurídico de la Asamblea Municipal de Juárez, mediante la cual se hace constar que feneció el plazo para que comparecieran terceros interesados al medio de impugnación de mérito. 4. Constancia de mayoría y validez de la elección para las diputaciones locales. 5.Declaratoria de validez de la elección de diputaciones locales de mayoría relativa del distrito electoral local 10 del estado de Chihuahua. 6. Diversa documentación original expedida por la autoridad. Del JIN 379, la documentación descrita en la constancias emitidas por el Secretario General, por medio de las cuales se da cuenta de; a) La recepción del expediente en que se actúa, y b) El oficio correspondiente al informe circunstanciado IEE-AM037-1290/2021 del pasado veinticuatro de junio de dos mil veintiuno. Se acompaña la información siguiente: 1. Escrito de Juicio de Inconformidad, presentado por Hever Quezada Flores en su carácter de representante propietario del Partido Verde Ecologista de México ante la Asamblea Municipal de Juárez del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua. 2. Cédula de publicación por estrados medio de impugnación del veintiuno de junio del presente año, signada por Alvar Guadalupe López Bojórquez, Secretario de la Asamblea Municipal de Juárez. 3. Constancia de retiro de publicación de medio de impugnación del veinticuatro de junio del presente año con firma autógrafa de Alvar Guadalupe López Bojórquez, Secretario de la Asamblea Municipal de Juárez, mediante la cual se hace constar que feneció el plazo para que comparecieran terceros interesados.

Con fundamento en los artículos 343, numeral 2; 344, numeral 1; y 345 numeral 1 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, se

ACUERDA:

 

  1. ÚNICO. Toda vez que guardan relación los escritos de los medios de impugnación identificados con las claves JIN-365/2021, y JIN-379/2021, SE ACUMULAN, ya que los juicios son en contra de la misma elección y, con la finalidad de no correr el riesgo de emitir fallos contradictorios por juzgarse por separado los juicios de inconformidad de referencia, se considera acumular los expedientes de referencia.

Para tal efecto, se instruye a la Secretaría General, expida copia certificada del presente acuerdo y se anexe a los expedientes JIN- 365/2021 y JIN-379/2021, de la misma manera se instruye que se emitan copia certificada de los acuerdos de admisión de los expedientes anteriormente mencionados, al presente expediente principal con clave de identificación JIN-365/2021.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el magistrado instructor Jacques Adrián Jácquez Flores ante el Secretario General, Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

04_Requerimiento JIN-365/2021 y acumulado

Chihuahua, Chihuahua a ocho de julio de dos mil veintiuno.

 

Vistos: 1. El acuerdo de acumulación de los Juicios de Inconformidad JIN-365/2021 y JIN-379/2021, asignándose el expediente JIN-365/2021 como expediente principal, del pasado seis de julio de dos mil veintiuno del presente año.

Con fundamento en los artículos en los artículos 36, párrafo tercero; así como el 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 293, numerales 1 y 2; 295, numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso b); 303, numeral 1, inciso c); 308, numeral 1, 331, numeral 1 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 27, párrafo primero, fracción V y 103, numeral 5 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA

 

  1. ÚNICO. Requiérase a la Asamblea Municipal de Chihuahua del Instituto Estatal de Chihuahua, para que en un término de 24 horas, a partir de la notificación del presente acuerdo, remita al Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua la documentación referente a las Actas de Escrutinio y Cómputo, Acta de Clausura de Casilla, Acta de Jornada Electoral y Acta de Incidentes de las Casillas 1942 Contigua 2 y 2781 Básica pertenecientes al distrito local diez del municipio de Juárez, Chihuahua.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el magistrado instructor Jacques Adrián Jácquez Flores ante el Secretario General, Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

06_Cumplimiento cierre circula y convoque JIN-365/2021 y acumulado

Chihuahua, Chihuahua, a doce de julio de dos mil veintiuno.

 

Vistos: 1. El acuerdo de requerimiento de ocho de julio, dictado por el Magistrado Instructor dentro de los autos del expediente en que se actúa. 2. La cuenta de once de julio, emitida por el Secretario General del Tribunal, a través de la cual se remite diversa documentación por parte de la Asamblea Municipal de Juárez, mediante oficio de clave IEE-AM037-1402/2021. 3. El estado que guardan los autos del expediente en que se actúa; con fundamento en los artículos 297, numeral 1, incisos d) y m) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua y 27, párrafo primero, fracciones I y III del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se

ACUERDA:

PRIMERO. En virtud de la documentación remitida por la Asamblea Municipal de Juárez, agréguese a los autos del expediente la documentación descrita y téngase dando cumplimiento a dicha Asamblea del requerimiento realizado por este Tribunal en fecha ocho de julio.

SEGUNDO. En virtud de que no existe diligencia alguna por desahogar, ni requerimiento por formular y, dado que el expediente en que se actúa se encuentra debidamente sustanciado, SE DECLARA CERRADA LA ETAPA DE INSTRUCCIÓN y se deja en estado de resolución el expediente en que se actúa.

TERCERO. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal proyecto de resolución elaborado en el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de resolución a la magistrada y los magistrados que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.

 

 

CUARTO. Se solicita al Magistrado Presidente que, en el término de ley, convoque al Pleno a sesión pública para la resolución del juicio en que se actúa.

NOTIFÍQUESE en términos de Ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor Jacques Adrián Jácquez Flores ante el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

07_Convoca JIN-365/2021 y acumulado

Chihuahua, Chihuahua; doce de julio de dos mil veintiuno.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave JIN-365/2021 y su acumulado JIN-379/2021, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, así como el acuerdo de veintiuno de abril, en donde se aprobó la implementación de videoconferencias para la resolución de los medios de impugnación, con motivo de la contingencia sanitaria por el virus del COVID-19, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria Sesión Pública. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse a las dieciocho horas del miércoles catorce de julio del presente año, a través del sistema de videoconferencia, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la Magistrada y Magistrados que integran este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez, ante en el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre. DOY FE.

08_Sentencia JIN-365/2021 y acumulado
09_Agréguese documentación JIN-365/2021 y acumulado

Chihuahua, Chihuahua; veinte de junio de dos mil veintiuno.

 

Vista la cuenta remitida por el Secretario General de este Tribunal al suscrito Magistrado Presidente, mediante la cual se hace constar la presentación del oficio IEE-DJ-354-2021, signado por Luis Eduardo Gutiérrez Ruíz, Encargado del Despacho de la Dirección Jurídica del Instituto Estatal Electoral, mediante el cual remite la documentación descrita en el oficio en mención; con fundamento en el artículo 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, fracción III, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se

ACUERDA:

 

ÚNICO. Agréguese. Agréguese la documentación de cuenta a los autos del expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes.

 

NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez ante el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

 

10_Presentación JRC JIN-365/2021

Chihuahua, Chihuahua; diecinueve de julio de dos mil veintiuno.

Visto el escrito presentado por Hever Quezada Flores, en su carácter de Representante del Partido Verde Ecologista ante el Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral del Estado de Chihuahua, mediante el cual interpone juicio de revisión constitucional en contra de la sentencia dictada por este Órgano Jurisdiccional en el expediente identificado con la clave JIN-365/2021 y su acumulado JIN-379/2021; con fundamento en los artículos 17, 18 y 90 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; y 26, fracción VIII y 31 del reglamento interior de este órgano jurisdiccional electoral del reglamento interior de este órgano jurisdiccional electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Téngase por recibido el escrito y agréguese copia certificada del mismo a los autos del expediente en que se actúa.

SEGUNDO. Se ordena dar aviso vía electrónica a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la presentación del juicio referido; en su oportunidad agréguese a los autos del presente expediente el acuse correspondiente.

TERCERO. Hágase del conocimiento público la presentación del escrito por el que se interpone el juicio en comento, adjuntando un ejemplar del medio de impugnación a la cédula que se fije en los estrados de este Tribunal por el término de setenta y dos horas, con la finalidad de que los interesados comparezcan en dicho plazo y aleguen lo que a su interés convenga.

CUARTO. Se instruye a la Secretaria General de este órgano jurisdiccional para que rinda el informe circunstanciado en los términos de lo dispuesto por los artículos 18, numeral 2 y 90, numeral 1, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

QUINTO. Remítase de inmediato a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, demanda de juicio de antecedentes, el informe circunstanciado señalado, así como el expediente y su acumulado que contiene la resolución impugnada, previa copia certificada que autorice la Secretaria General de este Tribunal de dicho expediente y con este, fórmese y regístrese cuadernillo en el libro de gobierno respectivo.

SEXTO. Una vez transcurrido el plazo de setenta y dos horas que prescribe el artículo 17, numeral 1, inciso b), de la ley antes citada, remítase por la vía más expedita, si es el caso, los escritos que se hubieran recibido con relación a este asunto o en su defecto la certificación que expida la Secretaria General si en dicho término no fue presentado escrito alguno. Infórmese lo anterior vía correo electrónico a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el magistrado presidente Julio César Merino Enríquez ante el secretario general, Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

11_Acuerdo Plenario JIN-365/2021 y acumulado
12_Recepción y archívese JIN-365/2021 y acumulado

Chihuahua, Chihuahua; catorce de diciembre de dos mil veintiuno.

Vista la cuenta que remite el encargado de la Secretaría General al suscrito Magistrado Presidente, de la cual se advierte la NOTIFICACIÓN POR OFICIO MEDIANTE MENSAJERÍA ESPECIALIZADA remitida por Manuel Mendoza Peña Loza, Actuario Regional de Sala Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, mediante la cual notifica a este Tribunal, en calidad de autoridad responsable, el acuerdo dictado el veintinueve de noviembre de la presente anualidad por el Magistrado Jorge Sánchez Morales, Presidente de la Sala Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el expediente identificado con la clave SG-JRC-194/2021, vinculado a los expedientes JIN-365/2021 y JIN-379/2021, del índice de este órgano jurisdiccional; con fundamento en los artículos 297, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracciones XIV y XIX; y 27 fracciones I y III, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

 

ÚNICO. Se tiene por recibida la notificación a la que se hace referencia, por tanto, ténganse como devueltos los expedientes en que se actúa, archívense como asuntos total y definitivamente concluidos. Lo anterior para los efectos legales conducentes.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el magistrado presidente Julio César Merino Enríquez, ante el encargado de la secretaría general Luis Ramón Ramos Valenzuela, con quien actúa y da fe. DOY FE.