Chihuahua, Chihuahua; veintiséis de junio de dos mil veintiuno.
Vista la constancia y cuenta que remite el Secretario General al Magistrado Presidente de este Tribunal, de la cual se advierte el informe circunstanciado relativo al juicio inconformidad promovido por Miguel Ángel Villa Acosta, en su carácter de representante propietario del Partido Encuentro Solidario ante el Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral, en contra de la elección para las Diputaciones Locales de Mayoría Relativa del Distrito 04; con fundamento en el artículo 295, numeral 1, inciso a), numeral 3, inciso b) y 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 96, numeral 1, fracción II y 97 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se
ACUERDA:
PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese expediente con la clave JIN-366/2021 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.
SEGUNDO. Turno. Se turna el expediente en que se actúa a la Magistrada Socorro Roxana García Moreno, para la sustanciación y resolución del mismo, toda vez que guarda relación con el diverso JIN-361/2021, el cual fue turnado para los mismos efectos a su ponencia
NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.
Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez, ante el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.
JUICIO DE INCONFORMIDAD
EXPEDIENTE: JIN-366/2021
ACTOR: PARTIDO ENCUENTRO SOLIDARIO
AUTORIDAD RESPONSABLE: ASAMBLEA MUNICIPAL DE JUÁREZ DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL
MAGISTRADA INSTRUCTORA: SOCORRO ROXANA GARCÍA MORENO
Chihuahua, Chihuahua; dos de julio de dos mil veintiuno.[1]
VISTOS: 1. La documentación descrita en la constancia emitida el veintiséis de junio por el Secretario General de este Tribunal, por medio de la cual se da cuenta de la recepción del expediente en que se actúa; y 2. El acuerdo de veintiséis del mismo mes y año, a través del cual se ordenó formar, registrar y turnar a esta ponencia el expediente identificado con la clave JIN-366/2021, integrado con motivo del Juicio de Inconformidad interpuesto por la representación del Partido Encuentro Solidario, en contra de los resultados del cómputo de la diputación por mayoría relativa correspondiente al distrito cuatro, así como la declaración de validez y la entrega de constancia respectiva emitidos por la Asamblea Municipal de Juárez del Instituto Estatal Electoral, con fundamento en los artículos 36, párrafos tercero y cuarto, así como 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 295, numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso b); 303, numeral 1, inciso c); 324, numeral 1; 330, numeral 1, inciso b); 375, numeral 1 y 376, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 27, párrafo primero, fracciones I y III del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se
ACUERDA:
PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibido el expediente identificado con la clave JIN-366/2021, por lo que procédase al estudio del cumplimiento de los requisitos legales para su admisión.
SEGUNDO. Requerimiento a la Asamblea Municipal de Juárez. Por considerarse necesario para la debida sustanciación del presente expediente, y a fin de contar con todos los elementos necesarios para arribar a una determinación apegada a Derecho, se requiere a la Asamblea Municipal de Juárez del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua para que, en un término de veinticuatro horas contadas a partir de su notificación, remita a este Tribunal la documentación siguiente respecto de la casilla 1568 Básica.
- Copia Certificada del acta de escrutinio y cómputo de la elección de la diputación por el distrito cuatro.
- Copia Certificada del acta de la jornada.
- Copia Certificada del acta de incidentes.
- A su vez, requiera al Partido Encuentro Solidario, por medio de su representante, para que, en un término de cuarenta y ocho horas contadas a partir de su notificación, remitan a este Tribunal las copias al carbón de las actas solicitadas.
En caso de no contar con las mismas, se ordena a la Asamblea hacer del conocimiento de este Tribunal tal circunstancia, en el término previsto para el cumplimiento al presente requerimiento, sin que sea necesaria la apertura de paquetes electorales hasta en tanto exista orden expresa de esta autoridad.
TERCERO. Solicitud de auxilio al Instituto. Se solicita el auxilio al Instituto Estatal Electoral de Chihuahua para que notifique a la Asamblea Municipal referida y remita a este Tribunal la notificación correspondiente, dentro del término de veinticuatro horas.
CUARTO. Emisión de copia certificada. Se instruye a la Secretaría General que emita copia certificada y la agregue a los autos del presente juicio, del acta de escrutinio y cómputo de la casilla 1616 Básica, y 1534 Básica contenida en el expediente JIN-388/2021.
Notifíquese en términos de la Ley.
Así lo acordó y firma la Magistrada Instructora Socorro Roxana García Moreno ante el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre, con quién actúa y da fe. DOY FE
Notifíquese en términos de Ley.
Así lo acordó y firma la Magistrada Instructora Socorro Roxana García Moreno ante el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre, con quién actúa y da fe. DOY FE
SRGM/ngg
[1] Todas las fechas que se mencionan se refieren al año dos mil veintiuno, salvo precisión en contrario.
JUICIO DE INCONFORMIDAD
EXPEDIENTE: JIN-366/2021
ACTOR: PARTIDO ENCUENTRO SOLIDARIO
AUTORIDAD RESPONSABLE: ASAMBLEA MUNICIPAL DE JUÁREZ DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL
MAGISTRADA INSTRUCTORA: SOCORRO ROXANA GARCÍA MORENO
Chihuahua, Chihuahua; tres de julio de dos mil veintiuno.[1]
VISTOS los autos que guarda el expediente de mérito; con fundamento en los artículos 36, párrafos tercero y cuarto, así como 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 103, numeral 5; 295, numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso b); 303, numeral 1, inciso c); 308, numeral 1, inciso c); 324, numeral 1; 375, numeral 1, inciso c); y 376, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua;[2] y 27, párrafo primero, fracciones I y III del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se
ACUERDA:
PRIMERO. Requerimiento a la Asamblea Municipal de Juárez. Por considerarse necesario para la debida sustanciación del presente expediente, y a fin de contar con todos los elementos necesarios para arribar a una determinación apegada a Derecho, se requierea la Asamblea Municipal de Juárez del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua para que, en un término de veinticuatro horas contadas a partir de su notificación, remita a este Tribunal la documentación siguiente:
- Respecto de la casilla 2024 Básica:
- Copia Certificada del acta de escrutinio y cómputo de la elección de la diputación por el distrito cuatro.
- Copia Certificada del acta de incidentes de la elección de la diputación por el distrito cuatro.
- Copia Certificada de la constancia de clausura de casilla de la elección de la diputación por el distrito cuatro.
II.Respecto de la casilla1534 Básica:
- Copia Certificada del acta de escrutinio y cómputo de la elección para la Gubernatura utilizada para el Programa de Resultados Electorales Preliminares.
- Copia Certificada del acta de incidentes de la elección de la diputación por el distrito cuatro.
- Copia Certificada de la constancia de clausura de casilla de la elección de la diputación por el distrito cuatro.
A su vez, requiera al Partido Encuentro Solidario, por medio de su representante, para que, en un término de cuarenta y ocho horas contadas a partir de su notificación, remitan a este Tribunal las copias al carbón de las actas solicitadas
En caso de no contar con las mismas, se ordena a la Asamblea hacer del conocimiento de este Tribunal tal circunstancia, en el término previsto para el cumplimiento al presente requerimiento, sin que sea necesaria la apertura de paquetes electorales hasta en tanto exista orden expresa de esta autoridad.
SEGUNDO. Solicitud de auxilio al Instituto. Se solicita el auxilio al Instituto Estatal Electoral de Chihuahua para que notifique a la Asamblea Municipal referida y remita a este Tribunal la notificación correspondiente, dentro del término de veinticuatro horas.
Notifíquese en términos de la Ley.
Así lo acordó y firma la Magistrada Instructora Socorro Roxana García Moreno ante el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre, con quién actúa y da fe. DOY FE
Notifíquese en términos de Ley.
Así lo acordó y firma la Magistrada Instructora Socorro Roxana García Moreno ante el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre, con quién actúa y da fe. DOY FE
SRGM/ngg
[1] Todas las fechas que se mencionan se refieren al año dos mil veintiuno, salvo precisión en contrario.
[2] En adelante Ley.
JUICIO DE INCONFORMIDAD
EXPEDIENTE: JIN-366/2021
ACTOR: PARTIDO ENCUENTRO SOLIDARIO
AUTORIDAD RESPONSABLE: ASAMBLEA MUNICIPAL DE JUÁREZ DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL
MAGISTRADA INSTRUCTORA: SOCORRO ROXANA GARCÍA MORENO
Chihuahua, Chihuahua; seis de julio de dos mil veintiuno.[1]
VISTOS los autos que guarda el expediente de mérito; con fundamento en los artículos 36, párrafos tercero y cuarto, así como 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 103, numeral 5; 295, numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso b); 303, numeral 1, inciso c); 308, numeral 1, inciso c); 324, numeral 1; 375, numeral 1, inciso c); y 376, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua;[2] y 27, párrafo primero, fracciones I y III del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se
ACUERDA:
PRIMERO. Requerimiento a la Asamblea Municipal de Juárez. Por considerarse necesario para la debida sustanciación del presente expediente, y a fin de contar con todos los elementos necesarios para arribar a una determinación apegada a Derecho, se requiere a la Asamblea Municipal de Juárez del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua para que, en un término de veinticuatro horas contadas a partir de su notificación, remita a este Tribunal la documentación siguiente:
- Respecto de la casilla 1616 Básica:
- Copia Certificada del acta de escrutinio y cómputo de la elección de la diputación por el distrito cuatro.
- Copia Certificada del acta de jornada de la elección de la diputación por el distrito cuatro.
- Copia Certificada del acta de incidentes de la elección de la diputación por el distrito cuatro.
- Copia Certificada de la constancia de clausura de casilla de la elección de la diputación por el distrito cuatro.
- Copia Certificada del acta de escrutinio y cómputo de la elección para la Gubernatura utilizada para el Programa de Resultados Electorales Preliminares.
A su vez, requiera al Partido Encuentro Solidario, por medio de su representante, para que, en un término de veinticuatro horas contadas a partir de su notificación, remitan a este Tribunal las copias al carbón de las actas solicitadas
En caso de no contar con las mismas, se ordena a la Asamblea hacer del conocimiento de este Tribunal tal circunstancia, en el término previsto para el cumplimiento al presente requerimiento, sin que sea necesaria la apertura de paquetes electorales hasta en tanto exista orden expresa de esta autoridad.
TERCERO. Solicitud de auxilio al Instituto. Se solicita el auxilio al Instituto Estatal Electoral de Chihuahua para que notifique a la Asamblea Municipal referida y remita a este Tribunal la notificación correspondiente, dentro del término de veinticuatro horas.
Notifíquese en términos de la Ley.
Así lo acordó y firma la Magistrada Instructora Socorro Roxana García Moreno ante el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre, con quién actúa y da fe. DOY FE
SRGM/ngg
[1] Todas las fechas que se mencionan se refieren al año dos mil veintiuno, salvo precisión en contrario.
[2] En adelante Ley.
JUICIO DE INCONFORMIDAD
EXPEDIENTE: JIN-366/2021
ACTOR: PARTIDO ENCUENTRO SOLIDARIO
AUTORIDAD RESPONSABLE: ASAMBLEA MUNICIPAL DE JUÁREZ DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL
MAGISTRADA INSTRUCTORA: SOCORRO ROXANA GARCÍA MORENO
Chihuahua, Chihuahua; ocho de julio de dos mil veintiuno.[1]
VISTO: 1. La cuenta del tres de julio por medio de la cual el Secretario General de este Tribunal remite a esta Ponencia el oficio de clave IEE-DJ-249/2021 suscrito por Luis Eduardo Gutiérrez Ruíz, en su carácter de Encargado del Despacho de la Dirección Jurídica del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua quien en atención al requerimiento de dos de julio, hace llegar oficio signado por el Secretario de la Asamblea Municipal Juárez; 2. La cuenta del cuatro de julio por la cual el Secretario General del Tribunal remite a esta ponencia el oficio de clave IEE-DJ-253/2021, signado también por el Despacho de la Dirección Jurídica del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua quien en atención al requerimiento de tres de julio hace llegar información relativa a tres casillas; 3. La cuenta del seis de julio por la cual el Secretario General del Tribunal por medio de la cual remite a esta ponencia el oficio de clave IEE-DJ-260/2021, signado por el Despacho de la Dirección Jurídica del Instituto quien remite copia certificada de las razones de imposibilidad de notificación al Partido Encuentro Solidario; 4. La cuenta del siete de julio por la cual el Secretario General del Tribunal remite a esta ponencia el oficio de clave IEE-DJ-268/2021, signado también por el Despacho de la Dirección Jurídica del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua quien en atención al requerimiento de seis de julio hace llegar información relativa una casilla; 5. La cuenta de ocho de julio por la cual el Secretario General del Tribunal remite documentación sobre la comparecencia de representante del Partido Encuentro Solidario ante el Consejo Estatal del Instituto a fin de recibir una notificación; 6.La cuenta de ocho de julio por la cual el Secretario General del Tribunal remite el oficio PES/CHIH/PR/145/2, signado por el Representante Propietario del Partido Encuentro Solidario.
Así, con fundamento en los artículos 36, párrafos tercero y cuarto, así como 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 103, numeral 5; 295, numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso b); 303, numeral 1, inciso c); 308, numeral 1, inciso c); 324, numeral 1; 375, numeral 1, inciso c); y 376, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua;[2] y 27, fracciones I, V, y XX y 32 fracción XIV del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se
ACUERDA:
PRIMERO. Agréguese a los autos la documentación arriba descrita y téngase a la Asamblea Municipal de Juárez dando cumplimiento a los requerimientos de los acuerdos de fechas dos, tres y seis de julio hechos por esta autoridad.
SEGUNDO. Se tiene al representante del Partido Encuentro Solidario, compareciendo a fin de tenerse por notificado del acuerdo de tres de los corrientes.
TERCERO. Se tiene al Representante del Partido Encuentro Solidario, presentando copia simple del Acta de Escrutinio y Cómputo de la elección de Gubernatura de la casilla 1616 Básica.
CUARTO. Requerimiento al Instituto Estatal Electoral. Por considerarse necesario para la debida sustanciación del presente expediente, y a fin de contar con todos los elementos necesarios para arribar a una determinación apegada a Derecho, se le solicita al Instituto, a fin de que en un término de veinticuatro horas, requiera al PartidoEncuentro Solidario, por medio de su representante, para que, en un término de veinticuatro horas contadas a partir de su notificación, remita a este Tribunal de las casillas 2024-B y 1534-B las copias al carbón de la siguiente documentación:
- Acta de escrutinio y cómputo de la elección de la diputación por el distrito cuatro.
- Acta de la jornada de la elección de la diputación por el distrito cuatro.
- Acta de incidentes de la elección de la diputación por el distrito cuatro.
- Constancia de clausura de casilla de la elección de la diputación por el distrito cuatro.
QUINTO. En virtud de la recepción de la documentación antes descrita, se ordena agregarla al expediente en que se actúa, así como las cuentas correspondientes, lo anterior para los efectos legales a que haya lugar.
Así lo acordó y firma la Magistrada Instructora Socorro Roxana García Moreno ante el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre, con quién actúa y da fe. DOY FE
SRGM/ngg
[1] Todas las fechas que se mencionan se refieren al año dos mil veintiuno, salvo precisión en contrario.
[2] En adelante Ley.
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