Chihuahua, Chihuahua; a veintisiete de julio de dos mil veintiuno.
Vista la cuenta que remite el Secretario General al Magistrado Presidente de este Tribunal, de la cual se advierte la notificación por oficio mediante mensajeria especializada SG-SGA-OA-1138/2021, que remite Manuel Mendoza Peña Loza, actuario regional de la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, relativo al medio de impugnación cuyo expediente se identifica con la clave SG-AG-30/2021, en cumplimiento a lo ordenado mediante acuerdo plenario, de veinte de julio del presente año, dictado por la Magistrada y los Magistrados, integrantes de la Sala Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el expediente señalado; con fundamento en los artículos 295, numeral 1, inciso a), numeral 3, inciso b) y 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 96, 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se
ACUERDA:
PRIMERO. Se tiene por recibida la notificación por oficio a la que se hace referencia, así como copia certificada del acuerdo en mención y la diversa documentación que integra el expediente SG-AG-30/2021.
SEGUNDO. Fórmese expediente y regístrese con la clave JIN-453/2021 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.
TERCERO. Se asume el expediente en que se actúa por el suscrito Magistrado Presidente, para la sustanciación y resolución de este, al tener relación con el diverso expediente JIN-380/2021 que le fue turnado para los mismos efectos a su ponencia.
NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.
Así lo acordó y firma el magistrado presidente Julio César Merino Enríquez, ante el secretario general Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.
JUICIO DE INCONFORMIDAD
EXPEDIENTE: JIN-453/2021
ACTOR: PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
AUTORIDAD RESPONSABLE: ASAMBLEA MUNICIPAL DE IGNACIO ZARAGOZA DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE CHIHUAHUA
MAGISTRADO PRESIDENTE: JULIO CÉSAR MERINO ENRÍQUEZ
Chihuahua, Chihuahua, a veintinueve de julio de dos mil veintiuno.[1]
VISTOS los autos que obran en el expediente de mérito, de conformidad en los artículos 36, párrafo tercero, así como 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 295, numeral 1, inciso a); 297, numeral 1, inciso d) y m), 303, numeral 1, inciso c); 331, numeral 8; 375 y 378, de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 27, párrafo primero, fracciones III, V y XX; 32, fracciones I, II, III, XIV y XXIX; 103, numeral 5, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se:
ACUERDA
ÚNICO. Requerimiento. Se requiere, por medio de oficio, al Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, para que, en el término de dos horas contadas a partir de la notificación correspondiente, remita a este Tribunal una constancia en donde especifique lo siguiente:
- Fecha en la que concluyó el cómputo de la elección de la Gubernatura del Estado de Chihuahua.
- Fecha en la que concluyó el cómputo de la elección de las Diputaciones locales del Distrito 01.
- Fecha en la que concluyó el cómputo de la elección de integrantes del Ayuntamiento del municipio de Ignacio Zaragoza.
- Fecha en la que concluyó el cómputo de la elección de la Sindicatura del municipio de Ignacio Zaragoza.
NOTIFÍQUESE en términos de ley.
Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez ante el Secretario General, Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.
[1] Todas las fechas en el presente proveído corresponden al año de dos mil veintiuno.
JUICIO DE INCONFORMIDAD
EXPEDIENTE: JIN-453/2021
ACTOR: PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
AUTORIDAD RESPONSABLE: ASAMBLEA MUNICIPAL DE IGNACIO ZARAGOZA DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE CHIHUAHUA
MAGISTRADO PRESIDENTE: JULIO CÉSAR MERINO ENRÍQUEZ
Chihuahua, Chihuahua; a veintinueve de julio de dos mil veintiuno.[1]
Visto el estado que guardan los autos del expediente JIN-453/2021 con fundamento en los artículos 297, numeral 1, incisos d) y m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18, 19 fracción I; 27 fracciones I, IX, X y XX; y 32, fracciones I, II, III, XVI y XVII; y 113 del Reglamento Interior de este Tribunal, se
ACUERDA:
- Recepción. Se tiene por recibido el expediente identificado con la clave JIN-453/2021,para los efectos legales a los que haya lugar.
- Domicilio procesal. Se tiene al actor señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en Avenida Francisco I. Madero número 3504 (tres mil quinientos cuatro) de la colonia Obrera de esta ciudad.[2]
- Circulación de proyecto. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de acuerdo elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto del acuerdo a la Magistrada y los Magistrados que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.
- Convocatoria Se convoca a sesión pública de Pleno a través del sistema de videoconferencia, que para tal efecto dispone la coordinación de sistemas del Tribunal, que habrá de celebrarse a las veinte horas del treinta de julio, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda al presente asunto.
Se ordena a la Secretaría General hacer entrega de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la Magistrada y los Magistrados que integran este Tribunal.
NOTIFÍQUESE en términos de ley.
Así lo acordó y firma el magistrado Julio César Merino Enríquez ante el secretario general Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.
[1] Todas las fechas corresponden al año dos mil veintiuno, salvo mención en contrario.
[2] Visible en foja 14 del expediente.
JUICIO DE INCONFORMIDAD
EXPEDIENTE: JIN-453/2021
ACTOR: PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
AUTORIDAD RESPONSABLE: ASAMBLEA MUNICIPAL DE IGNACIO ZARAGOZA DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE CHIHUAHUA
MAGISTRADO PRESIDENTE: JULIO CÉSAR MERINO ENRÍQUEZ
Chihuahua, Chihuahua, a treinta de julio de dos mil veintiuno.
VISTA: La cuenta emitida por el Secretario General de este Tribunal, de veintinueve de julio de dos mil veintiuno, por medio de la cual hace llegar a esta Ponencia, lo siguiente:
- Oficio IEE-DJ-380/2021 emitido por la Dirección Jurídica del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, mediante el cual da contestación al requerimiento efectuado por la Ponencia instructora el veintinueve de julio del presente año.
Con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero, así como 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 295, numeral 1, inciso a); y 297, numeral 1, inciso m); 300, numeral 1, incisos d),y h) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como el 27, fracción I, III, V y XX; y 32, fracciones III, XIV y XXIX del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se
ACUERDA:
- Agregar constancias. Agréguese la documentación de cuenta a los autos del expediente en que se actúa.
- Contestación al requerimiento. Se tiene al Instituto Estatal Electoral de Chihuahua dando contestación al requerimiento realizado mediante proveído de veintinueve de julio del presente año.
NOTIFÍQUESE en términos de ley.
Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez ante el Secretario General, Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.
Chihuahua, Chihuahua; cuatro de agosto de dos mil veintiuno.
Vista la cuenta remitida por el Secretario General de este Tribunal, mediante la cual se hace constar la presentación del oficio IEE-DJ-387/2021, signado por Luis Eduardo Gutiérrez Ruiz encargado del despacho de la Dirección Jurídica del Instituto Estatal Electoral, mediante el cual remite la documentación descrita en el oficio en mención; con fundamento en el artículo 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, fracción III, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se
ACUERDA:
ÚNICO. Agréguese la documentación de cuenta a los autos del expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes.
NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.
Así lo acordó y firma el magistrado presidente Julio César Merino Enríquez ante el secretario general Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE. Rúbricas
Chihuahua, Chihuahua; diez de agosto de dos mil veintiuno.
Vista la cuenta remitida por el Secretario General de este Tribunal, mediante la cual se hace constar la presentación del oficio IEE-DJ-397/2021, signado por Luis Eduardo Gutiérrez Ruiz, Encargado del Despacho de la Dirección Jurídica del Instituto Estatal Electoral, mediante el cual remite la documentación descrita en el oficio en mención; con fundamento en el artículo 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, fracción III, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se
ACUERDA:
ÚNICO. Agréguese la documentación de cuenta a los autos del expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes.
NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.
Así lo acordó y firma el magistrado presidente Julio César Merino Enríquez ante el secretario general Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.
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