614 413 4903 614 413 6450 gabrielsepulveda@techihuahua.org.mx

Expediente PES-263/2021

01_Forma y registra PES-263/2021

Chihuahua, Chihuahua; dieciséis de junio de dos mil veintiuno.

Vista la constancia y cuenta que remite el Secretario General al Magistrado Presidente de este Tribunal, de las que se advierte el informe circunstanciado formulado con motivo del procedimiento especial sancionador incoado por Raudel Fernández Ramírez, en su carácter de ciudadano, en contra del Partido Acción Nacional, así como de Luis Abelardo Valenzuela Holguín, candidato a Síndico Municipal de Juárez, por el mismo partido; por presuntas violaciones en materia de propaganda electoral, consistentes en la colocación de una manta alusiva a la denunciada sobre equipamiento urbano de un parque público; con fundamento en los artículos 295 numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso c); 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción XIX, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; y punto PRIMERO de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

ACUERDA:

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave PES-263/2021 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

SEGUNDO. Verificación. Previo a asumir el expediente para la revisión y resolución del procedimiento especial sancionador por el suscrito Magistrado Presidente, remítanse a la Secretaría General los autos del procedimiento especial sancionador en que se actúa, a fin de que se verifique la correcta integración e instrucción del mismo.

TERCERO. Informe. Una vez realizada la verificación, dese cuenta de la misma mediante informe a la presidencia de este Tribunal, para los efectos legales a que haya lugar.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez, ante el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Turno PES-263/2021

PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR

 

EXPEDIENTE: PES-263/2021

 

DENUNCIANTE: RAUDEL FERNÁNDEZ RAMÍREZ

 

DENUNCIADOS:  LUIS ABELARDO VALENZUELA HOLGUÍN Y OTRO

MAGISTRADO PRESIDENTE: JULIO CÉSAR MERINO ENRÍQUEZ

 

Chihuahua, Chihuahua, a dieciocho de junio de dos mil veintiuno.

Visto el informe, suscrito por el Secretario General de este Tribunal, en relación con la verificación realizada al expediente en que se actúa; con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero; así como el 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 292; 293; 295, numeral 1, inciso a) y 3 inciso c); 299, numeral 2 inciso u), 300, numeral 1, incisos a) y d); de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como el 26; fracciones XIV y XIX y 102, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, se

ACUERDA:

Primero. Se tiene dando verificación a la Secretaría General de este Tribunal al acuerdo de fecha diecisiete de junio de la anualidad.

Segundo. Turno. Conforme a lo señalado en el proveído el dieciséis de junio, se asume el presente expediente por razón de orden alfabético para la sustanciación y resolución del mismo, para que en el momento procesal oportuno determine lo que conforme a derecho corresponda.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez ante el Secretario General, Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

03_Radica circula y convoca PES-263/2021

PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR

 

EXPEDIENTE: PES-263/2021

 

DENUNCIANTE: RAUDEL FERNÁNDEZ RAMÍREZ

 

DENUNCIADOS:  LUIS ABELARDO VALENZUELA HOLGUÍN Y OTRO

MAGISTRADO PONENTE: JULIO CÉSAR MERINO ENRÍQUEZ

 

Chihuahua, Chihuahua, a dieciocho de junio de dos mil veintiuno.[1]

 

VISTOS

 

  1. La documentación descrita en la constancia emitida por el Secretario General de este Tribunal, por medio de la que se da cuenta de la recepción del expediente al rubro indicado.

  1. El informe de verificación rendido por la Secretaría General, por medio del cual consideraque el presente expediente se encuentra integrado de forma debida.

  1. El acuerdo emitido por la Presidencia, por el que esta ponencia asume la sustanciación del expediente identificado con la clave PES-263/2021.

Con fundamento en los artículos 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 293; 295, numeral 1, inciso a); 297, numeral 1, inciso b); de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18; 19; 27, párrafo primero, fracciones I y IX; 32, fracciones XVI y XVII; y 113, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

  1. Radicación. Se tiene por recibido el expediente identificado con la clave PES-263/2021.

  1. Estado de resolución. Toda vez que no existen más diligencias por desahogar, se procede a elaborar el proyecto de resolución correspondiente.

  1. Circulación del proyecto. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de acuerdo elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto del acuerdo a la Magistrada y los Magistrados que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.

  1. Convocatoria. Se convoca a sesión pública de pleno a través del sistema de videoconferencia, que para tal efecto dispone la coordinación de sistemas del Tribunal, que habrá de celebrarse a las doce horas del diecinueve de junio de dos mil veintiuno para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda al presente asunto.

Se ordena a la Secretaría General hacer entrega de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la Magistrada y los Magistrados que integran este tribunal.

  1. Domicilio procesal.

 

Se le tiene a Raudel Fernández Ramírez señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en la calle Gral. Quintín González número 6533 de la Unidad Habitacional Emiliano Zapata de esta Ciudad Chihuahua.[2]

Por lo que respecta a Luis Abelardo Valenzuela Holguín y al Partido Acción Nacional, no comparecieron a la audiencia de pruebas y alegatos; por lo tanto se ordena a la Secretaría General del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua hacer la notificación respectiva por estrados.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Ponente Julio César Merino Enríquez ante el Secretario General, Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Salvo mención expresa, todas las fechas del presente proveído corresponden a dos mil veintiuno.

[2] Visible en foja 08 del expediente.

04_Sentencia PES-263/2021
05_CNP_Raudel Fernández Ramírez PES-263/2021
06_CNP_Luis Abelardo Valenzuela Holguín PES-263/2021