Chihuahua, Chihuahua; veinticuatro de junio de dos mil veintiuno.
Vista la constancia y cuenta que remite el Secretario General al Magistrado Presidente de este Tribunal, de las que se advierte el informe circunstanciado formulado con motivo del procedimiento especial sancionador incoado por Yoana Suárez Villalobos, en su carácter de representante propietaria del partido MORENA ante la Asamblea Municipal de Madera, en contra de Jaime Torres Amaya, presidente municipal de Madera, Marcelino Prieto Carreón, candidato a la presidencia municipal de Madera y Elsa Socorro Campos Torres, candidata a síndica de Madera, ambos, por la coalición “Nos Une Chihuahua”, conformada por los partidos Acción Nacional y de la Revolución Democrática, por la presunta comisión de diversas conductas que, desde su óptica, pudieran constituir violaciones a los principios de imparcialidad de los servidores públicos y equidad en la contienda; con fundamento en los artículos 295 numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso c); 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción XIX, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, punto PRIMERO de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador; se
ACUERDA:
PRIMERO. Fórmese y Regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave PES-331/2021 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.
SEGUNDO. Previo. Previo a turnar el expediente para la revisión y resolución del procedimiento especial sancionador por la Magistrada Socorro Roxana García Moreno, remítanse a la Secretaría General los autos del procedimiento especial sancionador en que se actúa, a fin de que se verifique la correcta integración e instrucción del mismo.
TERCERO. Informe. Una vez realizada la verificación, dese cuenta de la misma mediante informe a la presidencia de este Tribunal, para los efectos legales a que haya lugar.
NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.
Así lo acordó y firma el magistrado presidente Julio César Merino Enríquez, ante el secretario general Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.
En Chihuahua, Chihuahua a veintiséis de junio de dos mil veintiuno, en cumplimiento al proveído dictado el veinticuatro de los corrientes por el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez, respecto al acuerdo, por el que se determina formar y registrar y previo a turnar se remita a la Secretaria General los autos del procedimiento especial sancionador a fin de que se verifique la correcta integración e instrucción del mismo, se emite la siguiente:
FE DE ERRATAS
En el apartado segundo del acuerdo de veinticuatro de junio de dos mil veintiuno DICE:
SEGUNDO. Previo. Previo a turnar el expediente para la revisión y resolución del procedimiento especial sancionador por la Magistrada Socorro Roxana García Moreno, remítanse a la Secretaría General los autos del procedimiento especial sancionador en que se actúa, a fin de que se verifique la correcta integración e instrucción del mismo.
DEBE DECIR:
SEGUNDO. Previo. Previo a turnar el expediente para la revisión y resolución del procedimiento especial sancionador por el Magistrado Jacques Adrián Jácquez Flores, remítanse a la Secretaría General los autos del procedimiento especial sancionador en que se actúa, a fin de que se verifique la correcta integración e instrucción del mismo.
Notifíquese en los estrados de este Tribunal Estatal Electoral, y agréguese al acuerdo la presente al expediente PES-331/2021, como parte integral del mismo. Quedan hechas las salvedades de ley.
| Julio César Merino Enríquez
Magistrado presidente
|
Arturo Muñoz Aguirre
Secretario General
|
Chihuahua, Chihuahua; cinco de julio de dos mil veintiuno.
Visto el informe suscrito por el Secretario General de este Tribunal, en relación con la verificación realizada al expediente en que se actúa; con fundamento en los artículos 292, 295, numeral 1, inciso a) y 3, inciso c); 299, numeral 2, inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 25, 26, fracción II del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; y los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se
ACUERDA:
PRIMERO. Informe. Téngase a la Secretaría General dando cumplimiento a lo ordenado en el proveído de veintiséis de junio de la presente anualidad. Asimismo, anéxese el informe remitido a los autos del expediente en que se actúa.
SEGUNDO. Turno. Conforme a lo señalado en el proveído de fecha veintiséis de junio del presente año, se turna el presente expediente al Magistrado Jacques Adrián Jácquez Flores, a quien por razón de orden alfabético corresponde la sustanciación y resolución del mismo, para que en el momento procesal oportuno se determina lo que conforme a derecho corresponda.
NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.
Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez, ante el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.
PES-331/2021
Chihuahua, Chihuahua; a cinco de julio del dos mil veintiuno.
VISTOS: 1. La constancia de recepción y cuenta emitida por el Secretario General de este Tribunal, el veintitrés de junio de dos mil veintiuno, en relación al expediente IEE-PES-247/2021 del índice del Instituto Estatal Electoral; 2. El acuerdo del veinticuatro de junio por el que el Magistrado Presidente de este órgano jurisdiccional, registra y forma el expediente en que se actúa, con la clave PES-331/2021; 3. El informe rendido por el Secretario General, el cinco de julio en el que hace constar el resultado de la verificación realizada al expediente relatado en el numeral 1 de este acuerdo; y 4. El acuerdo de misma fecha, dictado por el Magistrado Presidente, por el que se turna a esta ponencia el expediente en que se actúa. Con fundamento en los artículos 297, numeral 1, inciso m), 299, numeral 2, inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 17, fracción XXIV, 18; 19, fracción I, 32, fracciones XVI y XVII; del Reglamento Interior de este Tribunal, se
ACUERDA
PRIMERO. Téngase por recibido el expediente remitido por el Encargado del Despacho de la Secretaria Ejecutiva del Instituto Estatal Electoral.
SEGUNDO. Remítase a Secretaria General de este Tribunal el proyecto de sentencia elaborado en el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto a los Magistrados que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quién realiza su propuesta.
TERCERO. Se solicita al Magistrado Presidente que convoque al Pleno a sesión pública para la discusión y en su caso, aprobación del proyecto de sentencia.
NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.
Así lo acordó y firma el magistrado instructor Jacques Adrián Jácquez Flores ante el secretario general Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.
Chihuahua, Chihuahua; cinco de julio de dos mil veintiuno.
Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave PES-331/2021, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, así como el acuerdo de veintiuno de abril, en donde se aprobó la implementación de videoconferencias para la resolución de los medios de impugnación, con motivo de la contingencia sanitaria por el virus del COVID-19, se
ACUERDA:
PRIMERO. Convocatoria Sesión Pública. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse a las diecisiete horas del miércoles siete de julio del presente año, a través del sistema de videoconferencia, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.
SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la Magistrada y Magistrados que integran este Tribunal.
NOTIFÍQUESE en términos de ley.
Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez, ante en el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre. DOY FE.
.