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Expediente PES-406/2021

01_Forma y registra PES-406/2021

Chihuahua, Chihuahua; dos de julio de dos mil veintiuno.

Vista la constancia y cuenta que remite el Secretario General al Magistrado Presidente de este Tribunal, de las que se advierte el informe circunstanciado formulado con motivo del procedimiento especial sancionador incoado por José Alonso Ríos Sotelo, en su carácter de representante propietario del Partido Acción Nacional ante la Asamblea de Ignacio Zaragoza, en contra de Lauro Orozco Gómez, en su carácter de candidato a Presidente Municipal de Ignacio Zaragoza por el partido Movimiento Ciudadano, así como en contra del miso partido, el medio de comunicación “foto-noticias” y/o quien resulte responsable, por la presunta comisión de conductas que, desde su óptica, constituyen actos anticipados de campaña, promoción personalizada y/o contravienen las normas sobre propaganda gubernamental, así como lo contenido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la legislación electoral vigente; con fundamento en los artículos 295 numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso c); 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción XIX y 32 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; y punto PRIMERO de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

ACUERDA:

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave PES-406/2021 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

SEGUNDO. Verificación. Previo a turnar el expediente para la revisión y resolución del procedimiento especial sancionador al Magistrado Jacques Adrián Jácquez Flores, remítanse a la Secretaría General los autos del procedimiento especial sancionador en que se actúa, a fin de que se verifique la correcta integración e instrucción del mismo.

TERCERO. Informe. Una vez realizada la verificación, dese cuenta de la misma mediante informe a la presidencia de este Tribunal, para los efectos legales a que haya lugar.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez, ante el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Agréguese documentación PES-406/2021

Chihuahua, Chihuahua; trece de julio de dos mil veintiuno.

 

Vista la cuenta remitida por el Secretario General de este Tribunal al suscrito Magistrado Presidente, mediante la cual se hace constar la presentación del oficio IEE-DJ-OA-2528/2021, signado por José Luis Medina Corral, Funcionario Habilitado con Fe Pública del Instituto Estatal Electoral, mediante el cual remite la documentación descrita en el oficio en mención; con fundamento en el artículo 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, fracción III, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se

ACUERDA:

 

ÚNICO. Agréguese. Agréguese la documentación de cuenta a los autos del expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes.

 

NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez ante el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

 

03_Agregar documentación PES-406/2021

Chihuahua, Chihuahua; quince de julio de dos mil veintiuno.

 

Vista la cuenta remitida por el Secretario General de este Tribunal al suscrito Magistrado Presidente, mediante la cual se hace constar la presentación del oficio IEE-SE-1516/2021, signado por Carlos Alberto Morales Medina, Encargado de Despacho de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Estatal Electoral, mediante el cual remite la documentación descrita en el oficio en mención; con fundamento en el artículo 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, fracción III, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se

ACUERDA:

 

ÚNICO. Agréguese. Agréguese la documentación de cuenta a los autos del expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes.

 

NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez ante el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

04_Verificación y turno PES-406/2021

Chihuahua, Chihuahua; veintidós de julio de dos mil veintiuno.

 

Visto el informe suscrito por el Secretario General de este Tribunal, en relación con la verificación realizada al expediente en que se actúa; con fundamento en los artículos 292, 295, numeral 1, inciso a) y 3, inciso c); 299, numeral 2, inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 25, 26, fracción II del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; y los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Informe. Téngase a la Secretaría General dando cumplimiento a lo ordenado en el proveído de dos  de julio de la presente anualidad. Asimismo, anéxese el informe remitido a los autos del expediente en que se actúa.

SEGUNDO. Turno. Conforme a lo señalado en el proveído de fecha dos de julio del presente año, se turna el presente expediente al Magistrado Jacques Adrián Jácquez Flores, a quien por razón de orden alfabético corresponde la sustanciación y resolución del mismo, para que en el momento procesal oportuno se determina lo que conforme a derecho corresponda.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez, ante el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

05_Radicación PES-406/2021

Chihuahua, Chihuahua, a veintidós de julio de dos mil veintiuno.

Vistos: 1. La constancia de recepción y cuenta respectiva emitida por el Secretario General del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, el pasado primero de julio del presente año, en relación al expediente IEE-PES-115/2021. 2. El acuerdo del pasado dos de julio del presente año, emitido por el Magistrado Presidente, Julio César Merino Enríquez, por el que se forma el expediente en que se actúa, con la clave PES-406/2021. 3. El informe circunstanciado IEE-SE-1458/2021 por medio del cual el Instituto Estatal Electoral de Chihuahua remite documentación relevante al Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua. 4. La cuenta de la documentación electoral recibida el cuatro de julio del presente año por el Magistrado Presidente, Julio César Merino Enríquez. 5. El oficio IEE-DJ-OA-2528/2021 del pasado doce de julio del presente año, del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, por el que se remite al Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, el cumplimiento de acuerdo solicitado por la Secretaria Ejecutiva de mencionado Instituto. 6.La cuenta de la documentación electoral recibida el trece de julio del presente año por el Magistrado Presidente, Julio César Merino Enríquez. 7. El oficio del pasado nueve de julio del presente año, por el que el Instituto Estatal Electoral de Chihuahua remite documentación electoral al Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua. 8. La cuenta de la documentación electoral recibida el quince de julio del presente año por el Magistrado Presidente, Julio César Merino Enríquez. 9. La verificación emitida por el Secretario General del veintidós de julio de dos mil veintiuno del presente año.

Lo anterior, con fundamento en los artículos 37 de la Constitución Política del Estado; 292, 295, numeral 1 inciso a) y numeral 3 inciso b), 297 numeral 1, inciso m) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27 párrafo primero, fracción I, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; y punto QUINTO de los Lineamientos para el Trámite Interno que se debe seguir para la sustantación del procedimiento especial sancionador, se

ACUERDA:

PRIMERO. Radicación. Se tiene por recibido el expediente identificado con la clave PES-406/2021 y se acepta el mismo para los efectos procesales conducentes.

SEGUNDO. Estado de resolución. Se declara abierto el periodo de instrucción para los efectos legales conducentes.

NOTÍFIQUESE conforme a derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor Jacques Adrián Jácquez Flores, ante el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

06_Circula y convoque PES-406/2021

Chihuahua, Chihuahua; a veintidós de julio de dos mil veintiuno.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave PES-406/2021, con fundamento en los artículos 297, numeral 1, inciso d) y m) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 17, fracción XXIV, 18; 19, fracción I, 32, fracciones XVI y XVII; del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal el proyecto de sentencia elaborado en el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto a los magistrados que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quién realiza la propuesta.

SEGUNDO. Se solicita al Magistrado Presidente que convoque al Pleno a sesión pública para la discusión y en su caso, aprobación del proyecto de sentencia.

NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.

Así lo acordó y firma el magistrado instructor Jacques Adrián Jácquez Flores ante el secretario general Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

 

 

07_Convoca PES-406/2021

Chihuahua, Chihuahua; veintidós de julio de dos mil veintiuno.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave PES-406/2021, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, así como el acuerdo de veintiuno de abril, en donde se aprobó la implementación de videoconferencias para la resolución de los medios de impugnación, con motivo de la contingencia sanitaria por el virus del COVID-19, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria Sesión Pública. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse a las dieciséis horas con treinta minutos del viernes veintitrés de julio del presente año, a través del sistema de videoconferencia, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la Magistrada y Magistrados que integran este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez, ante en el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre. DOY FE.

08_Sentencia PES-406/2021
09_Agréguese documentación PES-406/2021

Chihuahua, Chihuahua; veintiocho de julio de dos mil veintiuno.

 

Vista la cuenta remitida por el Secretario General de este Tribunal al suscrito Magistrado Presidente, mediante la cual se hace constar la presentación del oficio IEE-DJ-375/2021, signado por Luis Eduardo Gutiérrez Ruíz, Encargado del Despacho de la Dirección Jurídica, mediante el cual remite la documentación descrita en el oficio en mención; con fundamento en el artículo 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, fracción III, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se

 

ACUERDA:

 

ÚNICO. Agréguese. Agréguese la documentación de cuenta a los autos del expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes.

 

NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.

 

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez ante el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

 

10_Presentación JRC PES-406/2021

Chihuahua, Chihuahua; treinta de junio de dos mil veintiuno.

Visto el escrito presentado por Lauro Orozco Gómez, en su carácter de denunciado, mediante el cual interpone juicio de revisión constitucional en contra de la sentencia dictada por este Órgano Jurisdiccional en el expediente identificado con la clave PES-406/2021; con fundamento en los artículos 17, 18 y 90 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; y 26, fracción VIII y 31 del reglamento interior de este órgano jurisdiccional electoral del reglamento interior de este órgano jurisdiccional electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Téngase por recibido el escrito y agréguese copia certificada del mismo a los autos del expediente en que se actúa.

SEGUNDO. Se ordena dar aviso vía electrónica a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la presentación del juicio referido; en su oportunidad agréguese a los autos del presente expediente el acuse correspondiente.

TERCERO. Hágase del conocimiento público la presentación del escrito por el que se interpone el juicio en comento, adjuntando un ejemplar del medio de impugnación a la cédula que se fije en los estrados de este Tribunal por el término de setenta y dos horas, con la finalidad de que los interesados comparezcan en dicho plazo y aleguen lo que a su interés convenga.

CUARTO. Se instruye a la Secretaria General de este órgano jurisdiccional para que rinda el informe circunstanciado en los términos de lo dispuesto por los artículos 18, numeral 2 y 90, numeral 1, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

QUINTO. Remítase de inmediato a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, demanda de juicio de antecedentes, el informe circunstanciado señalado, así como el expediente que contiene la resolución impugnada, previa copia certificada que autorice la Secretaria General de este Tribunal de dicho expediente y con este, fórmese y regístrese cuadernillo en el libro de gobierno respectivo.

SEXTO. Una vez transcurrido el plazo de setenta y dos horas que prescribe el artículo 17, numeral 1, inciso b), de la ley antes citada, remítase por la vía más expedita, si es el caso, los escritos que se hubieran recibido con relación a este asunto o en su defecto la certificación que expida la Secretaria General si en dicho término no fue presentado escrito alguno. Infórmese lo anterior vía correo electrónico a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el magistrado presidente Julio César Merino Enríquez ante el secretario general, Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

11_Presentación JRC PES-406/2021

Chihuahua, Chihuahua; treinta de junio de dos mil veintiuno.

Visto el escrito presentado por Javier Alejandro Gómez Vidal, en su carácter de representante ante el Instituto Estatal Electoral de Chihuahua del partido Movimiento Ciudadano, mediante el cual interpone juicio de revisión constitucional en contra de la sentencia dictada por este Órgano Jurisdiccional en el expediente identificado con la clave PES-406/2021; con fundamento en los artículos 17, 18 y 90 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; y 26, fracción VIII y 31 del reglamento interior de este órgano jurisdiccional electoral del reglamento interior de este órgano jurisdiccional electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Téngase por recibido el escrito y agréguese copia certificada del mismo a los autos del expediente en que se actúa.

SEGUNDO. Se ordena dar aviso vía electrónica a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la presentación del juicio referido; en su oportunidad agréguese a los autos del presente expediente el acuse correspondiente.

TERCERO. Hágase del conocimiento público la presentación del escrito por el que se interpone el juicio en comento, adjuntando un ejemplar del medio de impugnación a la cédula que se fije en los estrados de este Tribunal por el término de setenta y dos horas, con la finalidad de que los interesados comparezcan en dicho plazo y aleguen lo que a su interés convenga.

CUARTO. Se instruye a la Secretaria General de este órgano jurisdiccional para que rinda el informe circunstanciado en los términos de lo dispuesto por los artículos 18, numeral 2 y 90, numeral 1, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

QUINTO. Remítase de inmediato a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, demanda de juicio de antecedentes, el informe circunstanciado señalado, así como el expediente que contiene la resolución impugnada, previa copia certificada que autorice la Secretaria General de este Tribunal de dicho expediente y con este, fórmese y regístrese cuadernillo en el libro de gobierno respectivo.

SEXTO. Una vez transcurrido el plazo de setenta y dos horas que prescribe el artículo 17, numeral 1, inciso b), de la ley antes citada, remítase por la vía más expedita, si es el caso, los escritos que se hubieran recibido con relación a este asunto o en su defecto la certificación que expida la Secretaria General si en dicho término no fue presentado escrito alguno. Infórmese lo anterior vía correo electrónico a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el magistrado presidente Julio César Merino Enríquez ante el secretario general, Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

12_Recepción y archívese PES-406/2021

Chihuahua, Chihuahua; catorce de diciembre de dos mil veintiuno.

Vista la cuenta que remite el encargado de la Secretaría General al suscrito Magistrado Presidente, de la cual se advierte la NOTIFICACIÓN POR OFICIO MEDIANTE MENSAJERÍA ESPECIALIZADA remitida por Alfredo Gallegos Gutiérrez, Actuario Regional de Sala Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, mediante la cual notifica a este Tribunal, en calidad de autoridad responsable, el acuerdo dictado el veinticinco de noviembre de la presente anualidad por el Magistrado Jorge Sánchez Morales, Presidente de la Sala Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el expediente identificado con la clave SG-JE-109/2021 y SG-JE-110/2021, vinculados con el expediente PES-406/2021, del índice de este órgano jurisdiccional; con fundamento en los artículos 297, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracciones XIV y XIX; y 27 fracciones I y III, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

 

ÚNICO. Se tiene por recibida la notificación a la que se hace referencia, por tanto, téngase como devuelto el expediente en que se actúa, archívese como asunto total y definitivamente concluido. Lo anterior para los efectos legales conducentes.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el magistrado presidente Julio César Merino Enríquez, ante el encargado de la secretaría general Luis Ramón Ramos Valenzuela, con quien actúa y da fe. DOY FE.