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Expediente PES-431/2021

01_Forma y registra PES-431/2021

Chihuahua, Chihuahua; quince de julio de dos mil veintiuno.

Vista la constancia y cuenta que remite el Secretario General al Magistrado Presidente de este Tribunal, de las que se advierte el informe circunstanciado formulado con motivo del procedimiento especial sancionador incoado por Héctor Manuel López Coss, representante del Partido Morena, en contra de María Eugenia Campos Galván, candidata a la Gubernatura por el Partido Acción Nacional y de la Revolución Democrática, por la presunta comisión de conductas que, desde su óptica, pudieran ser violaciones a la normativa electoral que regula la propaganda electoral establecida en el artículo 126 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; con fundamento en los artículos 295 numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso c); 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción XIX, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; y punto PRIMERO de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

ACUERDA:

PRIMERO. Fórmese expediente y regístrese con la clave PES-431/2021 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

SEGUNDO. Previo a turnar el expediente para la revisión y resolución del procedimiento especial sancionador al Magistrado César Lorenzo Wong Meraz, remítanse a la Secretaría General los autos del procedimiento especial sancionador en que se actúa, a fin de que se verifique la correcta integración e instrucción del mismo.

TERCERO. Una vez realizada la verificación, dese cuenta de la misma mediante informe a la presidencia de este Tribunal, para los efectos legales a que haya lugar.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez, ante el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Turno PES-431/2021

Chihuahua, Chihuahua; veinte de julio de dos mil veintiuno.

 

Visto el informe suscrito por el Secretario General de este Tribunal, en relación con la verificación realizada al expediente en que se actúa; con fundamento en los artículos 292, 295, numerales 1, inciso a) y 3, inciso c); 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 25, 26, fracción II, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; y los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Informe. Téngase a la Secretaría General dando cumplimiento a lo ordenado en el proveído de quince de julio de dos mil veintiuno. Asimismo, anéxese el informe remitido a los autos del expediente en que se actúa.

SEGUNDO. Turno. Conforme a lo señalado en el proveído de quince de julio de la presente anualidad, se turna el expediente al Magistrado César Lorenzo Wong Meraz, a quien por razón de orden alfabético corresponde la sustanciación y resolución del mismo, para que en el momento procesal oportuno se determine lo que conforme a derecho corresponda.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez, ante el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

03_Recepción PES-431/2021

 Chihuahua, Chihuahua, a veinte de julio de dos mil veintiuno.

VISTOS: 1. La constancia de recepción y cuenta emitida por el Secretario General de este Tribunal, el pasado catorce de julio de mil veintiuno, en relación al expediente IEE-PES-183/2021 del índice del Instituto Estatal Electoral; 2. El acuerdo del quince de julio, por el que el magistrado presidente de este órgano jurisdiccional, registra y forma el expediente en que se actúa, con la clave PES-368/2021; 3. El informe rendido por el Secretario General, el veinte de julio en el que hace constar el resultado de la verificación realizada al expediente relatado en el numeral 1 de este acuerdo; y 4. El acuerdo de la misma fecha, dictado por el Magistrado Presidente, por el que se turna a esta ponencia el expediente en que se actúa. Con fundamento en los artículos 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 292, 295, numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso b), 297, numeral 1, inciso m) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, párrafo primero, fracción I, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; y punto QUINTO de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

ACUERDA:

PRIMERORecepción. Se tiene por recibido el expediente identificado con la clave PES-431/2021 y se acepta el mismo para los efectos procesales conducentes.

 

SEGUNDO. Estado de resolución. Se declara abierto el periodo de instrucción para los efectos legales conducentes.

 

NOTIFÍQUESE conforme a derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor César Lorenzo Wong Meraz, ante el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

04_Cierre y circula PES-431/2021

Chihuahua, Chihuahua; veinte de julio de dos mil veintiuno.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave PES-431/2021, con fundamento en los artículos 297, numeral 1, incisos d) y m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18; 19, fracción I; 32, fracciones XVI y XVII; y 113, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. En virtud de que no existe diligencia alguna por desahogar, ni requerimiento por formular, y dado que el expediente en que se actúa se encuentra debidamente sustanciado, SE DECLARA CERRADA LA ETAPA DE INSTRUCCIÓN, y se deja en estado de resolución el expediente en que se actúa.

SEGUNDO. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal proyecto de resolución elaborado en el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de resolución a los magistrados que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quién realiza la propuesta.

TERCERO. Se solicita al Magistrado Presidente que, en el término de ley, convoque al Pleno a sesión pública para la resolución del procedimiento en que se actúa.

NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.

Así lo acordó y firma el magistrado instructor César Lorenzo Wong Meraz ante el secretario general Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

05_Convoca PES-431/2021

Chihuahua, Chihuahua; veinte de julio de dos mil veintiuno.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave PES-431/2021, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, y 32 del Reglamento Interior de este Tribunal, así como el acuerdo de veintiuno de abril de 2020, en donde se aprobó la implementación de videoconferencias para la resolución de los medios de impugnación, con motivo de la contingencia sanitaria por el virus del COVID-19, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse a las dieciocho horas del miércoles veintiuno de julio del presente año, a través del sistema de videoconferencia, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Entrega orden del día. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la magistrada y magistrados que integran este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez, ante en el Secretario General, Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

06_Sentencia PES-431/2021