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Expediente RAP-006/2022

01_Forma registra y turno RAP-006/2022

 

Chihuahua, Chihuahua; cuatro de marzo de dos mil veintidós.

Vista la constancia y cuenta del Secretario General que remite a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de las cuales se advierte el informe circunstanciado relativo al recurso de apelación promovido por David Óscar Castrejón Rivas  en su carácter de promovente dentro del expediente IEE-IPC-02/2022, en contra de la resolución de clave IEE/CE12/2022 emitida por el Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, el veintidós de febrero de la presente anualidad; con fundamento en los artículos 295, numeral 1, inciso a), numeral 3, inciso b) y 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 32, 95, 96, 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave RAP-06/2022 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

SEGUNDO. Derivado del volumen de las constancias que integran el expediente, apertúrese el cuadernillo accesorio que corresponda de acuerdo con el tomo remitido por el Instituto Estatal Electoral, en los siguientes términos:

  • Cuadernillo Accesorio Tomo 1 de la foja 1 a la foja 497.

Sin perjuicio de lo anterior, las actuaciones que se realicen en la sustanciación del asunto en que se actúa serán integradas al expediente principal.

 

TERCERO. Turno. Por razón de orden alfabético se asume el expediente en que se actúa por la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, para la sustanciación y resolución del mismo.

 

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante el Secretario General Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Recepción y reserva de admisión RAP-06/2022

 

Chihuahua, Chihuahua, a catorce de marzo de dos mil veintidós.[1]

VISTOS: 1. La constancia de fecha cuatro de marzo, levantada por el Secretario General de este Tribunal, en la que se asienta la recepción del informe circunstanciado remitido por la autoridad responsable, el cual consta en tres fojas.

  1. 2. La cuenta rendida a la Magistrada Presidenta por la Secretaría General del Tribunal de cuatro de marzo.

  1. El acuerdo de la citada fecha, emitido por la Magistrada Presidenta Tribunal mediante el cual se forma, registra y se asume para su sustanciación y resolución a esta ponencia, el expediente identificado con la clave RAP-06/2022, interpuesto por David Óscar Castrejón Rivas, contra la resolución IEE/CE12/2022, emitida por el Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua.

Con fundamento en el artículo 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 293, numerales 1 y 2; 295, numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso d); 297, numeral 1, inciso d) y m), 303, numeral 1, de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua y 27, párrafo primero, fracción I y XX, 102, 103, numerales 1 y 2, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibido el expediente identificado con la clave RAP-6/2022, para los efectos que haya lugar.

SEGUNDO. Autoridad responsable. En atención al informe circunstanciado remitido por la Consejera Presidenta del Instituto Estatal Electoral cumple con los requisitos correspondientes, se tiene por cumplida la obligación que le impone la Ley Electoral del Estado de Chihuahua.

TERCERO. Reserva de admisión. Esta ponencia considera necesario reservar la admisión del medio de impugnación, con el fin de verificar si se actualiza alguna causal de improcedencia

 

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante el Secretario General, Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Las fechas a las que se hace referencia en el presente acuerdo corresponden al año dos mil veintiuno, salvo se especifique lo contrario

03_Circula proyecto y convoca sesión privada RAP-06/2022

 

Chihuahua, Chihuahua, a catorce de marzo de dos mil veintidós.

VISTO el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave RAP-06/2022.

Con fundamento en los artículos 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso f); 293, 295 numeral 1, inciso a); 297, numeral 1, inciso b), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18, 27, párrafo primero, fracciones I y IX; 32, fracciones XVII y 113, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

 

ACUERDA:

PRIMERO. Circulación del proyecto. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de acuerdo plenario elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena integrar copia del proyecto de mérito a los Magistrados que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza esta propuesta.

 

SEGUNDO. Se convoca a sesión privada de Pleno a través de videoconferencia, que para tal efecto dispone la Coordinación de Sistemas del Tribunal, que habrá de celebrarse a las doce horas del dieciséis de marzo de este año, para analizar, discutir y, en su caso, resolver lo que corresponda en el presente asunto.

 

TERCERO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a los magistrados que integran este Tribunal.

 

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante el Secretario General, Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

04_Acuerdo Plenario_RAP-006/2022