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Expediente JDC-016/2022

01_Forma registra y turna JDC-016/2022

Chihuahua, Chihuahua; a nueve de junio de dos mil vientidós.

Vista la constancia y cuenta que remite el Secretario General al Magistrado Presidente de este Tribunal, de las cuales se advierte el oficio de clave SG-SGA-OA-290/2022, por medio del cual se remite acuerdo plenario de fecha siete de junio de la presente anualidad dentro del expediente de clave SG-JDC-97/2022 emitido por la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación relativo al reencauzamiento del medio de impugnación promovido por María Ávila Serna; con fundamento en los artículos 295, numeral 1, inciso a), numeral 3, inciso b) y 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 96, 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave JDC-016/2022 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

SEGUNDO. Turno. Por razón de orden alfabético se turna el expediente en que se actúa al magistrado César Lorenzo Wong Meraz para la sustanciación y resolución del mismo.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante el Secretario General Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Recepción Requerimiento JDC-016/2022

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DE LA CIUDADANÍA

EXPEDIENTE: JDC-16/2022

ACTOR: MARÍA ÁVILA SERNA

 

RESPONSABLE: COMISIÓN NACIONAL DE HONOR Y JUSTICIA DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO.

MAGISTRADO INSTRUCTOR: CÉSAR LORENZO WONG MERAZ

Chihuahua, Chihuahua, a diecisiete de junio de dos mil veintidós.[1]

 

VISTOS:

 

  1. La documentación descrita en la constancia de nueve de junio, emitida por el Secretario General de este Tribunal, por medio de la cual señala la recepción del oficio de notificación signado por actuario de la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

  1. La cuenta de nueve de junio emitida por la Secretaría General de este Tribunal por la que se informa a la Magistrada Presidenta de la recepción de la documentación descrita en el numeral que antecede; y

  1. El acuerdo de nueve de junio, a través del cual se forma, registra y se turna a esta ponencia el expediente identificado con la clave JDC-16/2022.

Con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero, así como 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 295, numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso f); 297, numeral 1, inciso m); 303, numeral 1, inciso d); 324, numeral 1; 331, numeral 8; 365, numeral 1 y 366, numeral 1, inciso g), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 27, párrafo primero, fracción I, III, V y XX; 103, numeral 5, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se:

ACUERDA:

  1. Recepción. Se tiene por recibidoel expediente identificado con la clave JDC-16/2022, para los efectos que haya lugar.

  1. Reserva de Admisión. Este Tribunal estima necesario efectuar diverso requerimiento de información, por lo que se reserva el proveer con relación a la admisión del presente medio de impugnación.

  1. Requerimiento. En atención a que se considera necesario para la adecuada sustanciación del expediente en que se actúa, requiérase[2] a la Comisión Nacional de Procesos Internos del Partido Verde Ecologista de México para que, en un término no mayor a setenta y dos horas contadas a partir de la notificación del presente acuerdo, remita a este órgano jurisdiccional, la siguiente información:

 

  1. Copia certificada y/o certificación de las diversas documentales públicas generadas con motivo de la renovación del Consejo Político Estatal del Partido Verde Ecologista de México en el Estado de Chihuahua celebrado en el mes de diciembre de 2021.
  2. Copia certificada y/o certificación de convocatoria emitida con el motivo de la renovación del Consejo Político Estatal del Partido Verde Ecologista de México en el Estado de Chihuahua celebrado en el mes de diciembre de 2021. Así como copia certificada de notificación y/o cédula de publicación de dicha convocatoria que se haya realizado para tal efecto a los militantes y simpatizantes del mencionado partido político.
  3. Copia certificada y/o certificación del listado de asistencia a la sesión celebrada con motivo de la renovación del Consejo Político Estatal del Partido Verde Ecologista de México en el Estado de Chihuahua celebrado en el mes de diciembre de 2021.
  4. Copia certificada del acuerdo y/o documento análogo en el cual se aprobó la integración del Consejo Político Estatal del Partido Verde Ecologista de México en el Estado de Chihuahua, así como la notificación y/o cédula de publicación del mencionado acuerdo que se haya realizado para tal efecto a los militantes y simpatizantes del mencionado partido político.
  5. Copia certificada del acuerdo y/o documento análogo en el cual se aprobó la designación de Patricia Borunda Lara como Secretaria General y de Ricardo Colorado Seira como Secretario Técnico del Consejo Político Estatal del Partido Verde Ecologista de México en el Estado de Chihuahua, así como la notificación y/o cédula de publicación del mencionado acuerdo que se haya realizado para tal efecto a los militantes y simpatizantes del mencionado partido político.

Lo anterior, bajo apercibimiento de que, en caso de no cumplir con el requerimiento, será impuesto alguno de los medios de apremio previstos en el artículo 346 de la ley comicial local.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el magistrado instructor César Lorenzo Wong Meraz ante el Secretario General, Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Las fechas a las que se hace referencia en el presente acuerdo corresponden al año dos mil veintidós, salvo se especifique lo contrario.

[2] Por el medio que la Secretaría General de este Tribunal considere más oportuno.

03_Recepción Requerimiento JDC-016/2022

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO

 

EXPEDIENTE: JDC-16/2022

ACTOR: MARÍA ÁVILA SERNA

AUTORIDAD RESPONSABLE: COMISIÓN NACIONAL DE HONOR Y JUSTICA DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

MAGISTRADO INSTRUCTOR: CÉSAR LORENZO WONG MERAZ

Chihuahua, Chihuahua, a veintiocho de junio de dos mil veintidós.[1]

VISTOS:

 

  1. Informe circunstanciado del 25 de de mayo, emitido por la Presidenta de la Comisión Nacional de Honor y Justicia del Partido Verde Ecologista de México mediante el cual señala el acto impugnado el cual es la resolución recaída a la queja identificada con las claves CNHYJ/PVEM/R.Q.R./006/2022 y su acumulado CNHYJ/PVEM/R.Q.R./007/2022.

De conformidad en los artículos 36, párrafo tercero, así como 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 295, numeral 1, inciso a); 297, numeral 1, inciso d) y m), 303, numeral 1, inciso b); 324, numeral 1; 331, numeral 8; 365, y 370, de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 27, párrafo primero, fracción I, III, V y XX; 32, fracciones I, II, III, XIV y XXIX; 103, numeral 5, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se:

ACUERDA

  1. Requerimiento a la Comisión Nacional de Honor y Justicia del Partido Verde Ecologista de México. En virtud de que se considera necesario para la correcta sustanciación del expediente en que se actúa, se requiere a la Comisión Nacional de Honor y Justicia del Partido Verde Ecologista de México, para que, en un plazo no mayor a veinticuatro horas contadas a partir de la notificación del presente acuerdo:

 

  1. Remita a este Tribunal copia certificada de la resolución de clave CNHYJ/PVEM/R.Q./006/2022 y su acumulado CNHYJ/PVEM/R.Q./007/2022.

Lo anterior, bajo apercibimiento de que, en caso de no cumplir con el requerimiento, será impuesto alguno de los medios de apremio previstos en el artículo 346 de la ley comicial local.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el magistrado instructor César Lorenzo Wong Meraz ante el Secretario General, Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Todas las fechas en el presente proveído corresponden al año de dos mil veintidós.

04_Cumplimiento y circula JDC-016/2022

Chihuahua, Chihuahua, a cuatro de julio de dos mil veintidós.

VISTO: El estado que guardan los autos del expediente en que se actúa, con fundamento en los artículos 297, numeral 1, incisos d) y m), 299, numeral 2, inciso u); de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19; 26, fracciones IX y XIX; y 32, fracciones XVI y XVII del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

  1. Parte actora. Se reconoce legitimación, en su calidad de militante a María Ávila Serna.

Se les tiene a los actores señalando como domicilio procesal el ubicado en calle Periférico de la Juventud, número 5955, Edificio G·, Piso 1, interior O-02, Colonia Valle del Ángel de la ciudad de Chihuahua, y autorizando a Jorge Emilio Hernández Mata, David Faudoa Baeza, Jorge Octavio Corral Garza, Ana Karen Torres Muñiz, Ulises Molina Montes, Emilio Soto Gameros y Deymi Johana Pinedo Durán, para recibir notificaciones a su nombre.

  1. Autoridades Responsables. En atención a el informe circunstanciado y requerimientos realizados se tiene a la Comisión Nacional de Honor y Justicia y a la Comisión Nacional de Procedimientos Internos del Partido Verde Ecologista de México, por cumplidas las obligaciones que les impone la Ley.

 

  1. Circulación de proyecto. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de resolución elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de resolución a los magistrados que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta

4.. Solicitud de convocatoria. Se solicita a la Magistrada Presidenta que en el término de ley, convoque al Pleno a sesión pública para la resolución del asunto en que se actúa.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el magistrado instructor César Lorenzo Wong Meraz ante el Secretario General, Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

05_Convoca JDC-016/2022

Chihuahua, Chihuahua; cuatro de julio de dos mil veintidós.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave JDC-016/2022 con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, y 31 del Reglamento Interior de este Tribunal, así como el acuerdo de veintiuno de abril de 2020, en donde se aprobó la implementación de videoconferencias para la resolución de los medios de impugnación, con motivo de la contingencia sanitaria por el virus del COVID-19, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse a las trece horas del martes cinco de julio del presente año, a través del sistema de videoconferencia, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Entrega orden del día. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la magistrada y magistrados que integran este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante en el Secretario General, Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

06_Sentencia JDC-016/2022
07_Voto HMM JDC-016_2022
08_Presentación JDC-016/2022

Chihuahua, Chihuahua; doce de julio de dos mil veintidós.

Visto el escrito presentado por María Ávila Serna, en su carácter de ciudadana, mediante el cual interpone juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano en contra de la sentencia dictada por este Órgano Jurisdiccional en el expediente identificado con la clave JDC-016/2022; con fundamento en los artículos 17 y 18 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; y 26, fracción VIII del Reglamento Interior de este órgano jurisdiccional electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Téngase por recibido el escrito y agréguese copia certificada del mismo a los autos del expediente en que se actúa.

SEGUNDO. Se ordena dar aviso vía electrónica a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la presentación del juicio referido; en su oportunidad agréguese a los autos del presente expediente el acuse correspondiente.

TERCERO. Hágase del conocimiento público la presentación del escrito por el que se interpone el juicio en comento, adjuntando un ejemplar del medio de impugnación a la cédula que se fije en los estrados de este Tribunal por el término de setenta y dos horas, con la finalidad de que los interesados comparezcan en dicho plazo y aleguen lo que a su interés convenga.

CUARTO. Se instruye a la Secretaria General de este órgano jurisdiccional para que rinda el informe circunstanciado en los términos de lo dispuesto por el artículo 18, numeral 2 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

 

QUINTO. Remítase en términos del artículo 18, numeral 1 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, demanda de juicio de antecedentes, el informe circunstanciado señalado, así como el expediente y sus acumulados que contiene la resolución impugnada, previa copia certificada que autorice la Secretaria General de este Tribunal de dicho expediente y con este, fórmese y regístrese cuadernillo en el libro de gobierno respectivo.

SEXTO. Una vez transcurrido el plazo de setenta y dos horas que prescribe el artículo 17, numeral 1, inciso b), de la ley antes citada, remítase por la vía más expedita, si es el caso, los escritos que se hubieran recibido en relación a este asunto o en su defecto la certificación que expida la Secretaria General si en dicho término no fue presentado escrito alguno. Infórmese lo anterior vía correo electrónico a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante el secretario general, Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.