Chihuahua, Chihuahua; veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés.
Vista la constancia y cuenta que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de las cuales se advierte el informe circunstanciado remitido por el Manuela Aide López de Anda, en su carácter de Presidenta del H. Ayuntamiento del municipio de Saucillo, relativo al Juicio para la Protección de los Derechos Políticos y Electorales de la Ciudadanía promovido por Quirino Vázquez Sánchez, por la violación de su derecho humano a la participación polítca en su vertiente de participación ciudadana al negarle la posibilidad de ser parte en los asuntos públicos y vigilar la correcta distribución del Presupuesto Participativo dos mil veintitrés correspondiente al municipio de Saucillo mediante los mecanismos de participación ciudadana contemplados en la Ley para ello; con fundamento en los artículos 295, numeral 1, inciso a), y 299, numeral 2), inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 96, 97 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se
ACUERDA:
PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave JDC-029/2023 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.
SEGUNDO. Turno. Por razón de orden alfabético se turna el expediente en que se actúa al Magistrado Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez para la sustanciación y resolución del mismo.
TERCERO. Agreguése el escrito original de la demanda que obra en el cuadernillo 23/2023 del índice de este Tribunal al expediente en el que se actúa, previa copia certificada que se deje en el cuadernillo mencionado.
NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.