Chihuahua, Chihuahua; catorce de septiembre de dos mil veintidós.
VISTOS: a) La notificación por oficio de fecha nueve de septiembre del presente año, la cual remite certificación de acuerdo plenario de fecha seis de septiembre de dos mil veintidós, dictado por el Pleno de la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, mediante el cual reeencauzan el expediente de clave SG-JDC-149/2022, formado con motivo de la presentación del juicio para la protección de los derechos políticos y electorales de la ciudadanía promovido por diputadas y diputados del grupo parlamentario de Morena en contra de la emisión del decreto LXVII/ITMDT/0289/2022, mediante el cual, el Pleno del Congreso del Estado de Chihuahua, designó la integración de la Mesa Directiva que dirigirá los trabajos durante el segundo año del ejercicio constitucional, que durará en su encargo del primero de septiembre de dos mil veintidós al treinta y uno de agosto de dos mil veintitrés; lo anterior, para que este órgano jurisdiccional en plenitud de atribuciones resuelva lo que en derecho proceda. b) El informe ciurcunstanciado presentado por Everardo Rojas Soriano, en su carácter de Secretario Técnico de la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado de Chihuahua; con fundamento en los artículos 295, numeral 1, inciso a), numeral 3, inciso b) y 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 96, 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se
ACUERDA:
PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave JDC-037/2022 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.
SEGUNDO. Turno. Se asume el expediente en que se actúa a la Magistrada Socorro Roxana García Moreno para la sustanciación y resolución del mismo, por guardar relación con el diverso JDC-036/2022.
TERCERO. Cuestiones preliminares. Del análisis de las constancias remitidas dentro del expediente SG-JDC-149/2022, se advierten las precisiones siguientes:
a) En fecha uno de septiembre de dos mil veintidós, la Magistrada Presidenta Interina de la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación requirió al Pleno del Congreso del Estado de Chihuahua para que realizara la publicación del medio de impugnación y remitiera las constancias atinentes a la Sala Regional en comento; lo anterior, para dar cumplimiento a lo referido en los artículos 17 y 18 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
b) En fecha seis de septiembre del presente año, el Pleno de la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación emitió un acuerdo plenario mediante el cual se reencauzó el medio de impugnación para que el Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua en plenitud de atribuciones, resuelva lo que en derecho corresponda. En dicho proveído, se ordenó la remisión del expediente a este órgano jurisdiccional e instruyó a la autoridad señalada como responsable que, de no haber enviado a esa Sala Regional el informa circunstanciado, así como las constancias de trámite de publicitación, las remita a este Tribunal Estatal Electoral.
c) Así, de lo anterior se desprende que dicha publicación se llevó a cabo a las nueve horas del seis de septiembre de dos mil veintidós, otorgándosele un plazo de publicitación de 72 horas a efecto de la posibilidad de comparecencia de terceros interesados.
d) El nueve de septiembre de esta anualidad, se recibió en este Tribunal Estatal Electoral, el informe circunstanciado signado por Everardo Rojas Soriano, en su carácter de secretario Técnico de la Junta de Conciliación Política del Congreso del Estado de Chihuahua.
NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante el Secretario General Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.