01_Forma registra y turno JDC-039/2024

Chihuahua, Chihuahua; primero de marzo de dos mil veinticuatro.

 

Vista la constancia y cuenta remitida por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, mediante la cual se hace constar la presentación del Juicio para la Protección de los Derechos Políticos y Electorales de la Ciudadanía, promovido por Erika Fátima Arellanes Villa, por su propio derecho, en su calidad de militante del partido Político Morena y aspirante al cargo de Presidencia Municipal de Allende, en contra de diversos actos relativos al proceso interno de selección de candidaturas de Morena 2023-2024; con fundamento en el artículo 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 17 párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 299, numeral 2) inciso u) y 325, numeral 3 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua[1]; 26 fracciones XIV y XIX y 102 del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave JDC-039/2024 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

 

SEGUNDO. Turno. Por razón de orden alfabético, se turna el expediente en que se actúa a la ponencia del Magistrado en funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, procédase a dar cumplimiento al artículo 325 de la Ley Electoral.

TERCERO. Remítase junto con sus anexos copia certificada del medio de impugnación así como del presente acuerdo al Comité Directivo Estatal del partido político Morena, a efecto de que en auxilio de las labores de este Tribunal Estatal Electoral, notifique al Comité Ejecutivo Nacional, a la Comisión Nacional de Elecciones, a la Comisión Nacional de Encuestas, todos del partido político Morena, para que hagan del conocimiento público dicho medio de impugnación mediante cédula que se fije en los estrados durante el plazo de setenta y dos horas y de manera inmediata den aviso de su presentación correspondiente. Así mismo, para que, remitan el informe circunstanciado con las formalidades que marca la ley de la materia.

Así mismo, una vez realizada la notificación, remítanse las constancias respectivas de manera electrónica a la cuenta  secretariageneral@techihuahua.org.mx así como de manera física a la Oficialía de Partes del Tribunal Estatal electoral de Chihuahua.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

 

 

 

 

[1] En adelante, Ley Electoral

02_Agréguese JDC-039/2024

Chihuahua, Chihuahua; cuatro de marzo de dos mil veinticuatro.

 

 

Vista la cuenta remitida por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, mediante la cual se advierte el correo electrónico recibido en la cuenta de correo de la Secretaría General, mediante el cual Román Alcantar Alvídrez, representante propietario del partido Morena informa que fueron remitidos los autos a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia a fin de dar cumplimiento al acuerdo de fecha primero de marzo de dos mil veinticuatro; con fundamento en el artículo 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción XIV, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Agréguese la documentación recibida vía electrónica por medio del correo secretariageneral@techihuahua.org.mx, así como sus archivos adjuntos, al expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes, los cuales, fueron certificados por la Secretaria General Provisional.

SEGUNDO.  Téngase al Comité Directivo Estatal del partido político de Morena haciendo las manifestaciones relativas al correo electrónico de mérito respecto al cumplimiento del auxilio de notificación ordenado en el acuerdo de fecha primero de marzo de dos mil veinticuatro.

 

NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

03_Recepción cierre circula convoca JDC-039/2024

En la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, siendo las doce horas con dieciséis minutos del cuatro de marzo de dos mil veinticuatro, la suscrita hago del conocimiento público que en el expediente identificado con la clave JDC-039/2024 del índice de este Tribunal, formulado con motivo del juicio para la protección de los derechos políticos y electorales de la ciudadanía promovido por Erika Fátima Arellanes Villa, en su calidad de militante del partido Político Morena y aspirante al cargo de Presidencia Municipal de Allende, en contra de diversos actos relativos al proceso interno de selección de candidaturas de Morena 2023-2024; se dictó en esta fecha el acuerdo siguiente:

Chihuahua, Chihuahua; cuatro de marzo de dos mil veinticuatro.

VISTO El acuerdo de primero de marzo, emitido por la presidencia de este Tribunal, mediante el cual ordena:

  1. 1. Se forme y registre el expediente de clave JDC-039/2024, referente al medio de impugnación presentado por Erika Fátima Arellanes Villa, en contra de la convocatoria al proceso de selección de MORENA para candidaturas al ayuntamiento y diputado en las entidades locales señaladas dentro del proceso electoral local 2023-2024.
  2. 2. El turno a esta ponencia del medio de impugnación aludido, para efectos de la correspondiente sustanciación y resolución. 

Con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero; así como el 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 293, numerales 1 y 2; 295, numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso b); 297, numeral 1, incisos b), d) y m); 303, numeral 1, inciso d); 308, numeral 1, incisos a) al h); 317, inciso d); 370 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18, 27, párrafo primero, fracciones I, IX, y XX; y 32 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua , se

ACUERDA:

  1. 1. Recepción. Se tiene por recibido en esta ponencia el expediente de clave JDC-039/2024, para los efectos legales conducentes.
  1. 2. Parte actora. Se tiene a Erika Fátima Arellanes Villa compareciendo en su carácter de militante del partido político MORENA. 
  1. 3. Domicilio procesal y personas autorizadas. Se le tiene a la parte actora señalando para oír y recibir notificaciones, el domicilio plasmado en su escrito inicial de demanda, así como el correo electrónico para los mismos efectos.  A su vez, se le tiene autorizando en términos amplios establecidos en el artículo 64 del párrafo del Código de Procedimientos Civiles del Estado de aplicación supletoria en materia electoral a la profesionista ahí referida .

4. Circulación del proyecto de acuerdo plenario. Toda vez que, del análisis del escrito del medio impugnación, se advierte la necesidad de determinar cuál es el órgano competente para conocer y resolver el medio de impugnación; remítase a la Secretaría General, junto con el expediente, el proyecto de acuerdo plenario elaborado por esta Ponencia, con propuesta de reencauzamiento a la autoridad competente, para los efectos legales correspondientes; asimismo, se le instruye entregar copia del citado proyecto a las magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional, para su estudio, con excepción de la que realiza la propuesta.

 

5. Convocatoria a sesión privada del pleno. Se solicita a la presidencia de este Tribunal, que se convoque al Pleno a sesión privada, para efectos de que éste se pronuncie sobre el proyecto de acuerdo de Pleno presentado.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado en funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE. Rúbricas.

 

Lo que se hace del conocimiento público, en vía de notificación mediante la fijación en los estrados de la presente cédula y en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 336, incisos 1) y 2), y 339 de la Ley Electoral del Estado y 132 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral. Conste.

       Nohemí Gómez Gutiérrez

    Secretaria General Provisional

04_Convoca JDC-039/2024

Chihuahua, Chihuahua; cuatro de marzo de dos mil veinticuatro.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave JDC-039/2024, con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18, 26, fracciones XIV y XIX del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria. Se convoca a Sesión Privada de Pleno que habrá de celebrarse a las quince horas del lunes cuatro de marzo de la presente anualidad para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a los magistrados que integran este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

06_Agréguese JDC-039/2024

Chihuahua, Chihuahua; a tres de mayo de dos mil veinticuatro.

Vista las constancias y cuentas que remite la Secretaría General a la suscrita Magistrada Presidenta, de la que se advierte oficio de clave CNHJ-SP-551/2024, signado por América Enith Pérez Garduño, Intengrante del Equipo Técnico Jurídico de la Ponencia 4 de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, mediante el cual informa sobre el cumplimiento de Acuerdo de Pleno dictado en el expediente JDC-039/2024 del índice de este órgano jurisdiccional; con fundamento en el artículo 299, numeral 2) inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracciones XIV y XIX y 32, fracción XIV, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

 

ACUERDA:

PRIMERO. Agréguese. Se tiene por recibido el escrito de cuenta, agréguese al expediente de clave JDC-039/2024, de este órgano jurisdiccional.

SEGUNDO. Manifestación de cumplimiento. Se tiene a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, manifestandose respecto al proceso de cumplimiento del Acuerdo de Pleno dictado el cuatro de marzo de la presente anualidad, relativo al expediente de clave JDC-039/2024.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

 

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

formulado con motivo
promovido por Erika Fátima Arellanes Villa, por su propio derecho, en su calidad de militante del partido Político Morena y aspirante al cargo de Presidencia Municipal de Allende, en contra de diversos actos relativos al proceso interno de selección de candidaturas de Morena 2023-2024; con fundamento en el artículo 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos