Chihuahua, Chihuahua; a treinta y uno de enero de dos mil veintitrés.
Vista la constancia y cuenta que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de las cuales se advierte la solicitud de implementación de acciones afirmativas para garantizar a las personas pertenecientes a grupos y comunidades indígenas el acceso a contender para un cargo de elección popular mediante la figura de candidatura independiente en el proceso electoral 2023-2024, presentada por Antonio Flores Suarez, por su propio derecho; con fundamento en los artículos 295, numeral 1, inciso a), numeral 3, inciso x) y 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracciones XIV y XIX y 97 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; así como los numerales V y VI, y los puntos de acuerdo PRIMERO, SEGUNDO y TERCERO delACUERDO GENERAL DE PLENO DEL TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL POR EL QUE SE ESTABLECE EL JUICIO ELECTORAL COMO EL MEDIO DE IMPUGNACIÓN DE ASUNTOS GENERALES QUE NO ESTÁN ESTABLECIDOS COMO MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN EL ARTÍCULO 303, DE LA LEY ELECTORAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA; se
ACUERDA:
ÚNICO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente, y regístrese con la clave JE-007/2023en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.
NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.
Así lo acordó y firma la magistrada presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la secretaria general provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.