01_Formese y registrese PES-050/2024

Chihuahua, Chihuahua; seis de marzo de dos mil veinticuatro.

Vista la constancia y cuenta que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de las cuales se advierte el informe circunstanciado signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, relativo al procedimiento especial sancionador promovido por el partido político Miguel Méndez Blanquel, en su carácter de representante propietario del Partido Acción Nacional ante la asamblea municipal de Guadalupe e Israel Lugo Treviño, en su carácter de representante propietario del Partido Revolucionario Institucional ante la Asamblea municipal de Guadalupe, en contra del Partido Político del Pueblo, así como Lorenzo Tarango Venegas; con fundamento en los artículos 295, numeral 1), inciso a), y 299, numeral 2), inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, así como el punto PRIMERO de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

ACUERDA:

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave PES-050/2024 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

 

SEGUNDO. Previo a turnar el expediente para la revisión y resolución del mismo al Magistrado Hugo Molina Martínez, remítanse a la Secretaría General los autos del procedimiento especial sancionador en que se actúa, a fin de que se verifique la correcta integración e instrucción del mismo.

 

TERCERO. Informe. Una vez realizada la verificación, dese cuenta de la misma mediante informe a la presidencia de este Tribunal, para los efectos legales a qué haya lugar.

 

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Turno y verificación PES-050/2024

Chihuahua, Chihuahua; veintidos de marzo de dos mil veinticuatro. 

 

Visto el informe suscrito por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, en relación con la verificación realizada al expediente en que se actúa; con fundamento en los artículos 295, numeral 1, inciso d), 299, numeral 2, inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción II del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; y los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Informe. Téngase a la Secretaría General Provisional dando cumplimiento a lo dispuesto en a lo dispuesto en acuerdo emitido en fecha de seis de marzo de la presente anualidad. Asimismo, anéxese el informe remitido a los autos del expediente en que se actúa.

SEGUNDO. Turno. Conforme a lo señalado en el proveído de fecha seis de marzo de dos mil veinticuatro, se remite el presente expediente al Magistrado Hugo Molina Martínez, para la sustanciación y resolución del mismo, para que en el momento procesal oportuno se determine lo que conforme a derecho corresponda.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

03_Circula PES-050/2024

Chihuahua, Chihuahua, a veintiséis de marzo de dos mil veinticuatro[1].

Vistos: 1. La constancia del veintidós de marzo, por la que la Secretaria General Provisional de este Tribunal realiza la verificación en la integración del expediente; y 2. El acuerdo de la misma fecha emitido por la Magistrada Presidenta, por el que se turna a esta ponencia el expediente identificado con la clave PES-050/2024.

 

Con fundamento en los artículos 292; 295, numeral 3, inciso x); 297, numeral 1, inciso d), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 19, fracción I, 27, párrafo primero, fracción I y 113 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; y Quinto de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador; se:

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibido el expediente identificado con la clave PES-050/2024, y se radica en la presente ponencia.

SEGUNDO. Estado de resolución. Toda vez que, en el expediente en que se actúa no existen diligencias por realizar, el presente expediente se encuentra en estado de resolución.

 

TERCERO. Circulación del proyecto de resolución. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal el proyecto de resolución elaborado en el expediente en que se actúa, para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le instruye entregar copia del proyecto de resolución a la Magistrada y Magistrado en funciones que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional, para su estudio, con excepción del suscrito, quién realiza la propuesta.

 

CUARTO. Convocatoria a sesión del Pleno. Solicítese a la Magistrada Presidenta que, en el término de ley, se convoque a sesión del Pleno para analizar, discutir y, en su caso, resolver lo que corresponda en el presente asunto.

NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado instructor, Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Las fechas que a continuación se mencionan corresponden al año dos mil veinticuatro, salvo mención en contrario.

04_Convoca PES-050/2024

Chihuahua, Chihuahua; veintiséis de marzo de dos mil veinticuatro.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave PES-050/2024, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria Sesión Pública. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse a las once horas con cuarenta minutos del miércoles veintisiete de marzo del presente año, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la integración del Pleno de este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante en la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez. DOY FE.

06_Remisión PES-050/2024

 

Chihuahua, Chihuahua; veintinueve de marzo de dos mil veinticuatro.

 

 

Vista la constancia y cuenta remitidas por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, mediante la cual se hace constar el oficio IEE-SE-488/2024; signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua a través del que, remite documentación relativa al expediente de clave PES-050/2024; con fundamento en el artículo 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, fracción III, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se:

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Se tiene por recibida la documentación de la cuenta.

 

SEGUNDO. Remítase el expediente en que se actúa, junto con la documentación de cuenta a la ponencia del Magistrado Hugo Molina Martínez, toda vez que fue el Instructor del presente asunto, para los efectos legales conducentes.

 

NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.

 

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

 

 

formulado con motivo
promovido por el partido político Miguel Méndez Blanquel, en su carácter de representante propietario del Partido Acción Nacional ante la asamblea municipal de Guadalupe e Israel Lugo Treviño, en su carácter de representante propietario del Partido Revolucionario Institucional ante la Asamblea municipal de Guadalupe, en contra del Partido Político del Pueblo, así como Lorenzo Tarango Venegas