01_Forma registra e informe PES-030/2024

Chihuahua, Chihuahua; dieciséis de febrero de dos mil veinticuatro.

Vista la constancia y cuenta que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de las cuales se advierte el informe circunstanciado signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, relativo al procedimiento especial sancionador promovido por el Partido de la Revolución Democrática, en contra de Carlos Edmundo Jáquez Álvarez, así como de Jorge Antonio Hernández Chaparro y el Partido Movimiento Ciudadano, por conductas que pudieran constituir actos anticipados de precampaña y/o campaña, promoción personalizada así como difusión de propaganda electoral con aparición de personas menores de edad; con fundamento en los artículos 295, numeral 1), inciso a), y 299, numeral 2), inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, así como el punto PRIMERO de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

ACUERDA:

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave PES-030/2024 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

 

SEGUNDO. Previo a turnar el expediente para la revisión y resolución del mismo por el Magistrado Hugo Molina Martínez, remítanse a la Secretaría General los autos del procedimiento especial sancionador en que se actúa, a fin de que se verifique la correcta integración e instrucción del mismo.

 

TERCERO. Informe. Una vez realizada la verificación, dese cuenta de la misma mediante informe a la presidencia de este Tribunal, para los efectos legales a qué haya lugar.

 

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Agréguese PES-030/2024

Chihuahua, Chihuahua, a diecinueve de febrero de dos mil veinticuatro.

 

VISTA: Vista la constancia y cuenta remitidas por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, mediante la cual se hace constar el oficio IEE-DJ-OA-338/2024; signado por Daniel Salgado Ibarra, Funcionario Habiltado con Fe Pública del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, a través del que, remite documentación relativa al expediente de clave IEE-PES-008/2024 del índice del Instituto Estatal Electoral. Con fundamento en los artículos 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, así como 27, fracciones I, III y XX del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

 

ACUERDA:

UNICO. Agréguese. Agréguese la documentación descrita en el presente proveído al expediente PES-030/2024, de este órgano jurisdiccional.

NOTIFÍQUESE conforme a derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la magistrada presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la secretaria general provisional Nohemí Gómez Gutíerrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

03_Turno PES-030/2024

Chihuahua, Chihuahua; veintisiete de febrero de dos mil veinticuatro. 

 

Visto el informe suscrito por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, en relación con la verificación realizada al expediente en que se actúa; con fundamento en los artículos 295, numeral 1, inciso d), 299, numeral 2, inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción II del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; y los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

 

ACUERDA:

 

UNICO. Turno. Conforme a lo señalado en el proveído de fecha dieciseis de febrero del presente año, se turna el presente expediente al Magistrado Hugo Molina Martínez, a quien por razón de orden alfabético corresponde la sustanciación y resolución del mismo, para que en el momento procesal oportuno se determine lo que conforme a derecho corresponda.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

04_Circula PES-030/2024

Chihuahua, Chihuahua, a veintisiete de febrero de dos mil veinticuatro.[1]

Visto el acuerdo de fecha veintisiete de febrero, dictado por la Magistrada Presidenta de este Tribunal, por el que se turna el presente expediente a esta Ponencia; con fundamento en los artículos 297, numeral 1, incisos b), d) y m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18; 19; fracción I; 27, fracciones I, IX y XX y 32, fracciones XVI y XVII,  del Reglamento Interior de este Tribunal; y numeral Quinto, inciso b); y numeral Décimo de los Lineamientos para el Trámite Interno del Procedimiento Especial Sancionador,[2] se

 

ACUERDA:

PRIMERO. Se tiene por recibido en esta Ponencia, el expediente identificado con la clave PES-030/2024.

SEGUNDO. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal proyecto de acuerdo plenario, formulado en relación al presente asunto, así como el expediente en que se actúa, para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le instruye al referido funcionario, entregar copia del citado proyecto a la Magistrada y Magistrados que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional, con excepción de quién realiza la propuesta.

TERCERO. Se solicita a la Magistrada Presidenta que, en el término de ley, convoque al Pleno de este Tribunal, a sesión privada para efecto de que se pronuncie sobre el proyecto de acuerdo plenario presentado.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor, Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Las fechas a las que se hace referencia en el presente acuerdo corresponden al año dos mil veinticuatro, salvo precisión en contrario.

[2] Aprobados por el Pleno del Tribunal Estatal Electoral, mediante Acuerdo General del veinticuatro de febrero de dos mil dieciséis.

05_Convoca privada PES-030/2024

Chihuahua, Chihuahua; veintiocho de febrero de dos mil veinticuatro.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave PES-030/2024, con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 18 del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria. Se convoca a sesión privada de Pleno que habrá de celebrarse a las doce horas del jueves veintinueve de febrero del presente para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la integración del Pleno de este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la magistrada presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la secretaria general Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

07_Agréguese PES-030/2024

Chihuahua, Chihuahua, a dieciocho de marzo de dos mil veinticuatro.

 

VISTA: La cuenta emitida por la Secretaría General de este Tribunal, del cuatro de diciembre del presente año, por medio de la cual hace llegar a esta Presidencia, oficio número IEE-DJ-OA-530/2024, signado por Sara Alejandra Anchondo Lagos, Funcionaria Habilitada con Fe Pública, del Instituto Estatal Electoral por medio del cual remite acuerdo de trece de diciembre del presente año, dentro del expediente identificado con la clave PES-030/2024.

Con fundamento en los artículos 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, así como 27, fracciones I, III y XX del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

 

ACUERDA:

PRIMERO. Agréguese. Agréguese la documentación descrita en el presente proveído al expediente PES-30/2023, de este órgano jurisdiccional.

SEGUNDO. En virtud de que el expediente PES-030/2023, se remitió previamente al Instituto Estatal Electoral, se creó el cuadernillo de clave C-074/2024, por lo que se le instruye a la Secretaria General de este Tribunal, a fin de que remita los documentos originales que se encuentren en el cuadernillo aducido, al expediente en cuestión, previa copia certificada de los documentos originales para que obren en el cuadernillo.

NOTIFÍQUESE conforme a derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la magistrada presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la secretaria general provisional Nohemí Gómez Gutíerrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

08_Turno y verificación PES-030/2024

Chihuahua, Chihuahua, a veintidós de marzo de dos mil veinticuatro[1].

 

Vistos:

 

  1. El acuerdo del Pleno dictado el veintinueve de febrero, en el cual, se hizo la devolución del expediente en que se actúa al Instituto Estatal Electoral[2], a fin de regularizar el procedimiento; y
  1. La cuenta dada el doce de marzo por la Secretaría General de este Tribunal, respecto al envío que hace el Instituto del expediente, después de la regularización del procedimiento ordenada con acuerdo del Pleno de fecha veintinueve de febrero.

Con fundamento en los artículos 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 292, 295, numeral 3, incisos a) y c); 297, numeral 1, inciso m); de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, párrafo primero, fracción I, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; así como con los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

ACUERDA

 

PRIMERO. Verificación. Toda vez que en términos de lo ordenado en el acuerdo del Pleno de fecha veintinueve de febrero, en la sustanciación del asunto se llevaron a cabo nuevas diligencias, que no formaron parte de la verificación realizada en la primera remisión del expediente a este Tribunal; para efectos de estar en posibilidad de emitir la resolución que en derecho proceda, remítanse los autos a la Secretaría General de este Tribunal, instruyéndole que efectúe la verificación del expediente, debiendo constatar su debida integración, si el mismo efectivamente se encuentra completo y, por ello, en estado de resolución.

Lo anterior, con apoyo en lo dispuesto por el Segundo y Tercero de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador; en relación con los artículos 291, numeral 1), y 292, de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua.

NOTIFÍQUESE conforme a derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el Magistrado, Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, quien da fe. DOY FE.

[1] Las fechas que se mencionan a continuación son del dos mil veinticuatro, salvo mención de diferente anualidad.

[2] En adelante: Instituto

09_Circula PES-030/2024

Chihuahua, Chihuahua, a veinticinco de marzo de dos mil veinticuatro[1].

 

Visto:

 

  1. El informe rendido por la Secretaría General de este Tribunal, emitido el veintidós de marzo, mediante el cual comunica el resultado de la verificación del presente expediente, que fue remitido por el Instituto Estatal Electoral.

 

Con fundamento en los artículos 297, numeral 1, incisos b), d) y m) y 299, numeral 2), inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y, 18, 19, fracción I, 27, fracciones I, IX, X y XX y 3,2, fracciones XVI y XVII, del Reglamento Interior de este Tribunal; y numeral Quinto, inciso a); y numeral Décimo de los Lineamientos para el Trámite Interno del Procedimiento Especial Sancionador[2], se

ACUERDA

 

PRIMERO. Estado de resolución. Conforme al resultado de la verificación realizada por la Secretaría General de este Tribunal, en virtud de que el expediente en que se actúa se encuentra en estado de resolución, se procede a elaborar el proyecto de sentencia correspondiente.

SEGUNDO. Circulación del proyecto. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa, para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto del acuerdo a la Magistrada y los Magistrados que, junto con el suscrito, integran el Pleno de este órgano jurisdiccional, para su estudio.

TERCERO. Convocatoria a sesión del pleno. Solicítese a la Magistrada Presidenta que, en el término de ley, se convoque a sesión del Pleno, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

NOTIFÍQUESE, en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor, Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Las fechas a las que se hace referencia en el presente acuerdo corresponden al año dos mil veinticuatro, salvo precisión en contrario.

[2] Aprobados por el Pleno del Tribunal Estatal Electoral, mediante Acuerdo General del veinticuatro de febrero de dos mil dieciséis.

10_Convoca PES-030/2024

Chihuahua, Chihuahua, a veinticinco de marzo de dos mil veinticuatro[1].

Visto:

  1. El informe rendido por la Secretaría General de este Tribunal, emitido el veintidós de marzo, mediante el cual comunica el resultado de la verificación del presente expediente, que fue remitido por el Instituto Estatal Electoral.

Con fundamento en los artículos 297, numeral 1, incisos b), d) y m) y 299, numeral 2), inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y, 18, 19, fracción I, 27, fracciones I, IX, X y XX y 3,2, fracciones XVI y XVII, del Reglamento Interior de este Tribunal; y numeral Quinto, inciso a); y numeral Décimo de los Lineamientos para el Trámite Interno del Procedimiento Especial Sancionador[2], se

ACUERDA

PRIMERO. Estado de resolución. Conforme al resultado de la verificación realizada por la Secretaría General de este Tribunal, en virtud de que el expediente en que se actúa se encuentra en estado de resolución, se procede a elaborar el proyecto de sentencia correspondiente.

SEGUNDO. Circulación del proyecto. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa, para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto del acuerdo a la Magistrada y los Magistrados que, junto con el suscrito, integran el Pleno de este órgano jurisdiccional, para su estudio.

TERCERO. Convocatoria a sesión del pleno. Solicítese a la Magistrada Presidenta que, en el término de ley, se convoque a sesión del Pleno, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

NOTIFÍQUESE, en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor, Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Las fechas a las que se hace referencia en el presente acuerdo corresponden al año dos mil veinticuatro, salvo precisión en contrario.

[2] Aprobados por el Pleno del Tribunal Estatal Electoral, mediante Acuerdo General del veinticuatro de febrero de dos mil dieciséis.

12_Remisión PES-030/2024

 

Chihuahua, Chihuahua; veintinueve de marzo de dos mil veinticuatro.

 

 

Vista la constancia y cuenta remitidas por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, mediante la cual se hace constar el oficio IEE-SE-487/2024; signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua a través del que, remite documentación relativa al expediente de clave PES-030/2024; con fundamento en el artículo 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, fracción III, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se:

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Se tiene por recibida la documentación de la cuenta.

 

SEGUNDO. Remítase el expediente en que se actúa, junto con la documentación de cuenta a la ponencia del Magistrado Hugo Molina Martínez, toda vez que fue el Instructor del presente asunto, para los efectos legales conducentes.

 

NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.

 

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

formulado con motivo

promovido por el Partido de la Revolución Democrática , en contra de Carlos Edmundo Jáquez Álvarez,  así como de Jorge Antonio Hernández Chaparro y el Partido Movimiento Ciudadano, por conductas que pudieran constituir actos anticipados de precampaña y/o campaña, promoción personalizada así como difusión de propaganda electoral con aparición de personas menores de edad