01_Forma registra RAP-039/2022

 

Chihuahua, Chihuahua; diecienueve de octubre de dos mil veintidós.

Vista la constancia y cuenta del Secretario General que remite a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de las cuales se advierte el informe circunstanciado relativo al recurso de apelación promovido por Hugo Obed Salas Holguin  en su carácter de representante suplente del partido MORENA ante el Instituto Estatal Electoral, en contra del acuerdo recaído al expediente identificado con la clave IEE-CS-04/2022 de fecha seis de octubre del dos mil veintidós; con fundamento en los artículos 295, numeral 1, inciso a), numeral 3, inciso b) y 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 32, 95, 96, 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

 

UNICO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave RAP-039/2022 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

 

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante el Secretario General Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Circula y convoca RAP-039/2022

Chihuahua, Chihuahua, veintiocho de octubre de dos mil veintidós.[1]

VISTO: El estado que guardan los autos del expediente en que se actúa, con fundamento en los artículos 297, numeral 1, incisos a), b), y m), 299, numeral 2, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción l; 26, fracción, IX, XIX; 27 fracciones l, XX; 32, fracciones ll, lll, XVI, XVll, XVIII y XXlX; así como 113 del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. CIRCULACIÓN DEL PROYECTO. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de resolución elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de resolución a los Magistrados que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.

SEGUNDO. CONVOCATORIA. Se convoca a sesión pública de pleno a través del sistema de videoconferencia, que para tal efecto dispone la coordinación de sistemas del Tribunal, que habrá de celebrarse el martes primero de noviembre del presente año, a las doce horas con treinta minutos, con el objeto de analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda al presente asunto.

Se ordena a la Secretaría General hacer entrega de la convocatoria con el orden del día correspondiente a los Magistrados que integran este Tribunal, con excepción de quien realiza la propuesta.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante el Secretario General, Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez , con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Las fechas del presente fallo corresponden al año dos mil veintidós.

03_Se difiere RAP-039/2022

Chihuahua, Chihuahua, treinta y uno de octubre de dos mil veintidós.[1]

VISTO: El estado que guardan los autos del expediente en que se actúa, con fundamento en los artículos 297, numeral 1, incisos a), b), y m), 299, numeral 2, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción l; 26, fracción, IX, XIX; 27 fracciones l, XX; 32, fracciones ll, lll, XVI, XVll, XVIII y XXlX; así como 113 del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. DIFERIMIENTO Y NUEVA CONVOCATORIA. En virtud de la agenda que ocupa a este órgano jurisdiccional se difiere la sesión pública de pleno que estaba agendada para celebrarse el martes primero de noviembre, a las doce horas con treinta minutos, por lo que se convoca nuevamente para que ésta tenga verificativo el próximo jueves tres de noviembre, a las doce horas con treinta minutos.

Se ordena a la Secretaría General hacer entrega de la nueva convocatoria con el orden del día correspondiente a los Magistrados que integran este Tribunal, con excepción de quien realiza la propuesta.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante el Secretario General, Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez , con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Las fechas del presente fallo corresponden al año dos mil veintidós.

formulado con motivo
recurso de apelación promovido por Hugo Obed Salas Holguin  en su carácter de representante suplente del partido MORENA ante el Instituto Estatal Electoral, en contra del acuerdo recaído al expediente identificado con la clave IEE-CS-04/2022 de fecha seis de octubre del dos mil veintidós