01_Forma y registra REP-193/2024

 

Chihuahua, Chihuahua; quince de mayo de dos mil veinticuatro.

 

Vista la constancia y cuenta remitida por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, mediante la cual se hace constar la presentación del recurso de revisión del procedimiento especial sancionador, promovido por Cristian Alejandra López Arroyo, en su carácter de ciudadana mexicana y mujer trans, en contra del acuerdo de fecha siete de mayo de dos mil veinticuatro dictado por el Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral en el expediente de clave IEE-PES-113/2024, mediante el cual se desechó la denuncia interpuesta por la recurrente; con fundamento en el artículo 17 párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 299, numeral 2) inciso u) y 325, numeral 3 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26 fracciones XIV y XIX y 102 del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave REP-193/2024, en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

 

SEGUNDO. Se asume el expediente en que actúa por la Magistrada Socorro Roxana García Moreno, para la sustanciación y resolución de este.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Cierre circula y convoca REP-193/2024

RECURSO DE REVISIÓN DE PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR

 

EXPEDIENTE: REP-193/2024

PARTE ACTORA: CRISTIAN ALEJANDRA LÓPEZ ARROYO

AUTORIDAD RESPONSABLE: SECRETARÍA EJECUTIVA DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL

MAGISTRADA PONENTE: SOCORRO ROXANA GARCÍA MORENO

Chihuahua, Chihuahua, a diecinueve de mayo de dos mil veinticuatro[1].

VISTA la cuenta por la cual la Secretaria General en Funciones remite a la Ponencia el expediente relativo el recurso de revisión de procedimiento especial sancionador REP-193/2024 y, su respectivo acuerdo de turno por el cual, la Magistrada Presidenta asume dicho asunto para sustanciarlo y resolverlo.

Con fundamento en los artículos 36 y 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 297, numeral 1, inciso m), 300, párrafo 1, inciso d), 343, 344, 345, de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, párrafo primero, fracciones I y V; 32 fracción III y 103, numeral 1 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, se

ACUERDA:

  1. 1. Recepción.Se tienen por recibido el expediente identificado con la clave REP-193/2024, para los efectos legales a que haya lugar.
  1. Domicilio procesal. Se tiene a la parte actora señalando domicilio para oír y recibir notificaciones. Además, se tienen por autorizadas a las personas mencionadas en su escrito.
  1. Autoridad responsable. Se tiene al Instituto Estatal Electoral como autoridad responsable, mismo que rinde su informe circunstanciado en términos de la Ley Estatal Electoral.
  1. Admisión. En virtud de que el escrito de impugnación cumple con los requisitos generales que establece la Ley Electoral del Estado de Chihuahua para tal efecto, se admite el Recurso de revisión de procedimiento especial sancionador.
  1. Instrucción. En vista de lo anterior, se declara abierto el periodo de instrucción para los efectos legales conducentes.
  1. Pruebas ofrecidas por la parte actora. Con vista en el escrito de impugnación, se tiene ofreciendo:
  2. a) copia simple de su credencial para votar.
  3. b) presunción legal y humana.
  4. c) instrumental de actuaciones.

Las pruebas ofrecidas por la actora se admiten y desahogan dada su naturaleza, de conformidad con los numerales 318 y 323 de la Ley Electoral.

  1. Cierre de instrucción. En virtud de que no existen diligencias por desahogar, y el expediente se encuentra debidamente sustanciado, se declara cerrada la instrucción.
  1. Circulación. Remítase a la Secretaria General de este H. Tribunal, el proyecto de sentencia elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de sentencia a las Magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.
  1. Convocatoria. Se convoca a sesión pública de Pleno, que habrá de celebrarse a las catorce horas con treinta minutos del veinte de mayo, con el objetivo de analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda del presente asunto.

Asimismo, se ordena a la Secretaría General de este Tribunal hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a las Magistraturas que integran este Tribunal.

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Las fechas a las que se hace referencia en el presente acuerdo corresponden al año dos mil veinticuatro, salvo que se especifique lo contrario.

05_Recepción circula y convoca REP-193/2024

Chihuahua, Chihuahua, a cuatro de junio de dos mil veinticuatro[1].

VISTA la cuenta por la cual la Secretaria General en Funciones remite a la Ponencia el expediente relativa al REP-193/2024 así como copia de la sentencia de la Sala Guadalajara SG-JDC-413/2024, por la cual se revocó la dictada por este Tribunal, y en consecuencia se ordenó dictar una nueva. Con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

  1. 1. Recepción.Se tienen por recibido el expediente identificado con la clave REP-193/2024, para los efectos legales a que haya lugar.
  1. Domicilio procesal. Se tiene a la parte actora señalando domicilio para oír y recibir notificaciones. Además, se tienen por autorizadas a las personas mencionadas en su escrito.
  1. Circulación. Remítase a la Secretaria General de este H. Tribunal, el proyecto de sentencia elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de sentencia a las Magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.
  1. Convocatoria. Se convoca a sesión pública de Pleno, que habrá de celebrarse a las catorce horas del cinco de junio, con el objetivo de analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda del presente asunto.

Asimismo, se ordena a la Secretaría General de este Tribunal hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a las Magistraturas que integran este Tribunal.

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Las fechas a las que se hace referencia en el presente acuerdo corresponden al año dos mil veinticuatro, salvo que se especifique lo contrario.

Chihuahua, Chihuahua, a cuatro de junio de dos mil veinticuatro[1].

VISTA la cuenta por la cual la Secretaria General en Funciones remite a la Ponencia el expediente relativa al REP-193/2024 así como copia de la sentencia de la Sala Guadalajara SG-JDC-413/2024, por la cual se revocó la dictada por este Tribunal, y en consecuencia se ordenó dictar una nueva. Con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

  1. 1. Recepción.Se tienen por recibido el expediente identificado con la clave REP-193/2024, para los efectos legales a que haya lugar.
  1. Domicilio procesal. Se tiene a la parte actora señalando domicilio para oír y recibir notificaciones. Además, se tienen por autorizadas a las personas mencionadas en su escrito.
  1. Circulación. Remítase a la Secretaria General de este H. Tribunal, el proyecto de sentencia elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de sentencia a las Magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.
  1. Convocatoria. Se convoca a sesión pública de Pleno, que habrá de celebrarse a las catorce horas del cinco de junio, con el objetivo de analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda del presente asunto.

Asimismo, se ordena a la Secretaría General de este Tribunal hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a las Magistraturas que integran este Tribunal.

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Las fechas a las que se hace referencia en el presente acuerdo corresponden al año dos mil veinticuatro, salvo que se especifique lo contrario.

Chihuahua, Chihuahua, a cuatro de junio de dos mil veinticuatro[1].

VISTA la cuenta por la cual la Secretaria General en Funciones remite a la Ponencia el expediente relativa al REP-193/2024 así como copia de la sentencia de la Sala Guadalajara SG-JDC-413/2024, por la cual se revocó la dictada por este Tribunal, y en consecuencia se ordenó dictar una nueva. Con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

  1. 1. Recepción.Se tienen por recibido el expediente identificado con la clave REP-193/2024, para los efectos legales a que haya lugar.
  1. Domicilio procesal. Se tiene a la parte actora señalando domicilio para oír y recibir notificaciones. Además, se tienen por autorizadas a las personas mencionadas en su escrito.
  1. Circulación. Remítase a la Secretaria General de este H. Tribunal, el proyecto de sentencia elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de sentencia a las Magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.
  1. Convocatoria. Se convoca a sesión pública de Pleno, que habrá de celebrarse a las catorce horas del cinco de junio, con el objetivo de analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda del presente asunto.

Asimismo, se ordena a la Secretaría General de este Tribunal hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a las Magistraturas que integran este Tribunal.

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Las fechas a las que se hace referencia en el presente acuerdo corresponden al año dos mil veinticuatro, salvo que se especifique lo contrario.

Chihuahua, Chihuahua, a cuatro de junio de dos mil veinticuatro[1].

VISTA la cuenta por la cual la Secretaria General en Funciones remite a la Ponencia el expediente relativa al REP-193/2024 así como copia de la sentencia de la Sala Guadalajara SG-JDC-413/2024, por la cual se revocó la dictada por este Tribunal, y en consecuencia se ordenó dictar una nueva. Con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

  1. 1. Recepción.Se tienen por recibido el expediente identificado con la clave REP-193/2024, para los efectos legales a que haya lugar.
  1. Domicilio procesal. Se tiene a la parte actora señalando domicilio para oír y recibir notificaciones. Además, se tienen por autorizadas a las personas mencionadas en su escrito.
  1. Circulación. Remítase a la Secretaria General de este H. Tribunal, el proyecto de sentencia elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de sentencia a las Magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.
  1. Convocatoria. Se convoca a sesión pública de Pleno, que habrá de celebrarse a las catorce horas del cinco de junio, con el objetivo de analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda del presente asunto.

Asimismo, se ordena a la Secretaría General de este Tribunal hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a las Magistraturas que integran este Tribunal.

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Las fechas a las que se hace referencia en el presente acuerdo corresponden al año dos mil veinticuatro, salvo que se especifique lo contrario.

Chihuahua, Chihuahua, a cuatro de junio de dos mil veinticuatro[1].

VISTA la cuenta por la cual la Secretaria General en Funciones remite a la Ponencia el expediente relativa al REP-193/2024 así como copia de la sentencia de la Sala Guadalajara SG-JDC-413/2024, por la cual se revocó la dictada por este Tribunal, y en consecuencia se ordenó dictar una nueva. Con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

  1. 1. Recepción.Se tienen por recibido el expediente identificado con la clave REP-193/2024, para los efectos legales a que haya lugar.
  1. Domicilio procesal. Se tiene a la parte actora señalando domicilio para oír y recibir notificaciones. Además, se tienen por autorizadas a las personas mencionadas en su escrito.
  1. Circulación. Remítase a la Secretaria General de este H. Tribunal, el proyecto de sentencia elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de sentencia a las Magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.
  1. Convocatoria. Se convoca a sesión pública de Pleno, que habrá de celebrarse a las catorce horas del cinco de junio, con el objetivo de analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda del presente asunto.

Asimismo, se ordena a la Secretaría General de este Tribunal hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a las Magistraturas que integran este Tribunal.

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Las fechas a las que se hace referencia en el presente acuerdo corresponden al año dos mil veinticuatro, salvo que se especifique lo contrario.

Chihuahua, Chihuahua, a cuatro de junio de dos mil veinticuatro[1].

VISTA la cuenta por la cual la Secretaria General en Funciones remite a la Ponencia el expediente relativa al REP-193/2024 así como copia de la sentencia de la Sala Guadalajara SG-JDC-413/2024, por la cual se revocó la dictada por este Tribunal, y en consecuencia se ordenó dictar una nueva. Con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

  1. 1. Recepción.Se tienen por recibido el expediente identificado con la clave REP-193/2024, para los efectos legales a que haya lugar.
  1. Domicilio procesal. Se tiene a la parte actora señalando domicilio para oír y recibir notificaciones. Además, se tienen por autorizadas a las personas mencionadas en su escrito.
  1. Circulación. Remítase a la Secretaria General de este H. Tribunal, el proyecto de sentencia elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de sentencia a las Magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.
  1. Convocatoria. Se convoca a sesión pública de Pleno, que habrá de celebrarse a las catorce horas del cinco de junio, con el objetivo de analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda del presente asunto.

Asimismo, se ordena a la Secretaría General de este Tribunal hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a las Magistraturas que integran este Tribunal.

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Las fechas a las que se hace referencia en el presente acuerdo corresponden al año dos mil veinticuatro, salvo que se especifique lo contrario.

Chihuahua, Chihuahua, a cuatro de junio de dos mil veinticuatro[1].

VISTA la cuenta por la cual la Secretaria General en Funciones remite a la Ponencia el expediente relativa al REP-193/2024 así como copia de la sentencia de la Sala Guadalajara SG-JDC-413/2024, por la cual se revocó la dictada por este Tribunal, y en consecuencia se ordenó dictar una nueva. Con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

  1. 1. Recepción.Se tienen por recibido el expediente identificado con la clave REP-193/2024, para los efectos legales a que haya lugar.
  1. Domicilio procesal. Se tiene a la parte actora señalando domicilio para oír y recibir notificaciones. Además, se tienen por autorizadas a las personas mencionadas en su escrito.
  1. Circulación. Remítase a la Secretaria General de este H. Tribunal, el proyecto de sentencia elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de sentencia a las Magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.
  1. Convocatoria. Se convoca a sesión pública de Pleno, que habrá de celebrarse a las catorce horas del cinco de junio, con el objetivo de analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda del presente asunto.

Asimismo, se ordena a la Secretaría General de este Tribunal hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a las Magistraturas que integran este Tribunal.

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Las fechas a las que se hace referencia en el presente acuerdo corresponden al año dos mil veinticuatro, salvo que se especifique lo contrario.

Chihuahua, Chihuahua, a cuatro de junio de dos mil veinticuatro[1].

VISTA la cuenta por la cual la Secretaria General en Funciones remite a la Ponencia el expediente relativa al REP-193/2024 así como copia de la sentencia de la Sala Guadalajara SG-JDC-413/2024, por la cual se revocó la dictada por este Tribunal, y en consecuencia se ordenó dictar una nueva. Con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

  1. 1. Recepción.Se tienen por recibido el expediente identificado con la clave REP-193/2024, para los efectos legales a que haya lugar.
  1. Domicilio procesal. Se tiene a la parte actora señalando domicilio para oír y recibir notificaciones. Además, se tienen por autorizadas a las personas mencionadas en su escrito.
  1. Circulación. Remítase a la Secretaria General de este H. Tribunal, el proyecto de sentencia elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de sentencia a las Magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.
  1. Convocatoria. Se convoca a sesión pública de Pleno, que habrá de celebrarse a las catorce horas del cinco de junio, con el objetivo de analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda del presente asunto.

Asimismo, se ordena a la Secretaría General de este Tribunal hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a las Magistraturas que integran este Tribunal.

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Las fechas a las que se hace referencia en el presente acuerdo corresponden al año dos mil veinticuatro, salvo que se especifique lo contrario.

Chihuahua, Chihuahua, a cuatro de junio de dos mil veinticuatro[1].

VISTA la cuenta por la cual la Secretaria General en Funciones remite a la Ponencia el expediente relativa al REP-193/2024 así como copia de la sentencia de la Sala Guadalajara SG-JDC-413/2024, por la cual se revocó la dictada por este Tribunal, y en consecuencia se ordenó dictar una nueva. Con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

  1. 1. Recepción.Se tienen por recibido el expediente identificado con la clave REP-193/2024, para los efectos legales a que haya lugar.
  1. Domicilio procesal. Se tiene a la parte actora señalando domicilio para oír y recibir notificaciones. Además, se tienen por autorizadas a las personas mencionadas en su escrito.
  1. Circulación. Remítase a la Secretaria General de este H. Tribunal, el proyecto de sentencia elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de sentencia a las Magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.
  1. Convocatoria. Se convoca a sesión pública de Pleno, que habrá de celebrarse a las catorce horas del cinco de junio, con el objetivo de analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda del presente asunto.

Asimismo, se ordena a la Secretaría General de este Tribunal hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a las Magistraturas que integran este Tribunal.

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Las fechas a las que se hace referencia en el presente acuerdo corresponden al año dos mil veinticuatro, salvo que se especifique lo contrario.

Chihuahua, Chihuahua, a cuatro de junio de dos mil veinticuatro[1].

VISTA la cuenta por la cual la Secretaria General en Funciones remite a la Ponencia el expediente relativa al REP-193/2024 así como copia de la sentencia de la Sala Guadalajara SG-JDC-413/2024, por la cual se revocó la dictada por este Tribunal, y en consecuencia se ordenó dictar una nueva. Con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

  1. 1. Recepción.Se tienen por recibido el expediente identificado con la clave REP-193/2024, para los efectos legales a que haya lugar.
  1. Domicilio procesal. Se tiene a la parte actora señalando domicilio para oír y recibir notificaciones. Además, se tienen por autorizadas a las personas mencionadas en su escrito.
  1. Circulación. Remítase a la Secretaria General de este H. Tribunal, el proyecto de sentencia elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de sentencia a las Magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.
  1. Convocatoria. Se convoca a sesión pública de Pleno, que habrá de celebrarse a las catorce horas del cinco de junio, con el objetivo de analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda del presente asunto.

Asimismo, se ordena a la Secretaría General de este Tribunal hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a las Magistraturas que integran este Tribunal.

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Las fechas a las que se hace referencia en el presente acuerdo corresponden al año dos mil veinticuatro, salvo que se especifique lo contrario.

06_Recepción documentos REP-193/2024

Chihuahua, Chihuahua; a seis de junio de dos mil veinticuatro.

Vista la cuenta que remite la Secretaría General a la suscrita Magistrada Presidenta, de la que se advierte la notificación efectuada por Juan Emmanuel González Martínez, Actuario de Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, mediante la cual notifica a este Tribunal el oficio SG-SGA-OA-920/2024, el tres de junio de dos mil veinticuatro, relativo al expediente identificado con la clave SG-JDC-413/2024,vinculado con el diverso REP-193/2024 del índice de este órgano jurisdiccional; con fundamento en los artículos 299,  numeral 2) inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracciones XIV y XIX, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Recepción de documentos. Se tiene por recibida la documentación a la que se hace referencia, por tanto, se ordena agregar la misma al expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes.

SEGUNDO. Cuadernillo. Agréguense las constancias originales que integran el C-254/2024, formado con motivo de la impugnación del presente expediente; previa copia certificada que se anexe al mismo.

 

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

08_Agréguese REP-193/2024

Chihuahua, Chihuahua; siete de junio de dos mil veinticuatro.

 

 

Vista la cuenta remitida por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, mediante las cual se hace constar la recepción del oficio IEE-DJ-OA-2120/2024, signado por Jesús Armando Hernández Gameros, funcionario habilitada con fe pública del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, quien notifica copia simple del acuerdo de fecha cuatro de junio de esta anualidad, recaído al expediente de clave IEE-PES-113/2024, relativo al cumplimiento de lo ordenado en la sentencia dictada en el expediente al expediente REP-193/2024 del índice de este tribunal relacionado con el expediente SG-JDC-413/2024; con fundamento en el artículo 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción XIV, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Se tiene por recibido el oficio de la cuenta y su anexo en copia simple.

 

SEGUNDO. Agréguese la documentación de cuenta al expediente REP-193/2024, para los efectos legales conducentes.

 

NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

09_Agréguese REP-193/2024

Chihuahua, Chihuahua; a doce de junio de dos mil veinticuatro.

Vista la cuenta y constancia que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de la cual se advierte el Oficio No. IEE-DJ-OA-2197/2024, signado por Funcionario Habilitado con Fe Pública del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua; mediante el cual, anexa copia simple del Acuerdo de fecha siete de junio de dos mil veinticuatro, dictado dentro del Exp. IEE-PES-113-2024; así como, copia simple del Acuerdo de fecha cuatro de junio de dos mil veinticuatro dictado dentro del mismo expediente y documentación diversa; con fundamento en los artículos 299, numeral 2), inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como el 26, fracción XIV del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibido el escrito de cuenta y sus Anexos.

 

SEGUNDO. Agréguese, al expediente de cuenta para los efectos legales conducentes.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrada Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

10_Agréguese REP-193/2024

Chihuahua, Chihuahua; a veinte de junio de dos mil veinticuatro.

Vista la cuenta y constancia que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal; de las cuales, se advierte el Oficio No. IEE-DJ-OA-2388/2024, signado por Funcionaria Habilitada con Fe Pública del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua; mediante el cual, anexa copia simple del Acuerdo de fecha dieciséis de junio de dos mil veinticuatro, dictado dentro del Exp. IEE-PES-113-2024; con fundamento en los artículos 299, numeral 2), inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como el 26, fracción XIV del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibido el escrito de cuenta y sus Anexos.

 

SEGUNDO. Agréguese, al expediente de cuenta para los efectos legales conducentes.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrada Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

formulado con motivo
promovido por Cristian Alejandra López Arroyo, en su carácter de ciudadana mexicana y mujer trans, en contra del acuerdo de fecha siete de mayo de dos mil veinticuatro dictado por el Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral en el expediente de clave IEE-PES-113/2024, mediante el cual se desechó la denuncia interpuesta por la recurrente
03_Sentencia REP-193/202407_Sentencia REP-193/2024